Norma Legal Oficial del día 24 de Junio del año 2011 (24/06/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 58

445274

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 24 de junio de 2011

Que, de conformidad con el articulo 39º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos internos, de interes publico, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, despues de un democratico debate y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N° 27902 y el Reglamento del Consejo Regional de Tumbes; SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Articulo Primero.- DECLARAR la situacion de emergencia en la region Tumbes por 120 dias, como consecuencia de la sequia que viene afectando la agricultura y ganaderia de la region. Articulo Segundo.- La Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional Tumbes, dispondra los recursos necesarios para atender esta situacion de emergencia. Articulo Tercero.- Los municipios afectados deberan presentar su Plan de Contingencia y sus Fichas Tecnicas para su atencion, para ello debera contar con el asesoramiento tecnico de la Oficina Regional de Defensa Civil e INDECI. Articulo Cuarto.- Las direcciones sectoriales involucradas en esta declaratoria son: Agricultura, Salud, Educacion, Transportes y Comunicaciones, Energia y Minas, asi como la Autoridad Local de Agua. Articulo Quinto.- RECOMENDAR al Presidente Regional coordinar con sus homologos de MORDAZA y MORDAZA para solicitar a la Presidencia del Consejo de Ministros declarar el estado de emergencia y de esta manera el gobierno nacional se involucre en la atencion de las zonas afectadas. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado

Que en este sentido resulta necesario designar al funcionario responsable del Libro de Reclamaciones de la Municipalidad Distrital de Brena. Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades establecidas por el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM y Articulo 20º. Inciso 6) de la Ley Nº 27972. SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR al Sr. MORDAZA MORDAZA JARAMA FERREYRA, Sub Gerente de Registro Civiles, encargado de la Sub Gerencia de Tramite Documentario y Archivo Central de la Municipalidad Distrital de Brena, como responsable del Libro de Reclamaciones de la Municipalidad Distrital de Brena, quien debera velar por el correcto uso y brindar respuesta oportuna a los reclamos que fuesen registrados en el referido Libro. Articulo Segundo.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de Brena www.munibrena.gob.pe a cargo de la Sub Gerencia de Estadistica e Informatica. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion y Finanzas la publicacion en el Diario Oficial El Peruano bajo responsabilidad . Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General notificar el presente Acuerdo a los miembros integrantes para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

656517-1

MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Aprueban Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo del distrito para el Ano Fiscal 2012
ORDENANZA Nº 488-MDEA
El MORDAZA, 21 de junio del 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE EL MORDAZA VISTO: En sesion extraordinaria de concejo de la fecha, el Informe Nº 133-2011-GP-GEMU-MDEA, del Gerente de Planificacion, proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento del MORDAZA de Formulacion del Presupuesto Participativo Distrital de El MORDAZA para el Ano Fiscal 2012, y; CONSIDERANDO: Que los articulos 197º y 199º de la Constitucion Politica del Peru modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo VI, senala que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus propuestas con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley; Que, el articulo 53º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia, y en coordinacion con los planes de desarrollo concertados de su jurisdiccion; Que, la Ley Nº 28056 "Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo" y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 1422009-EF, establece las disposiciones y lineamientos que permitan asegurar la efectiva participacion de la Sociedad

657040-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BRENA
Designan responsable del Libro de Reclamaciones de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA N° 473-2011-DA/MDB
Brena, 27 de MORDAZA del 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA VISTOS: Memorando Nº 195 -2011-ALC/MDB, Pase del Despacho de Alcaldia . CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM se establecio que las Entidades de la Administracion Publica senaladas en los numerales del 1 al 7 del Articulo 1 del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444 deben contar con un Libro de Reclamaciones en el cual los usuarios podran formular sus reclamos. Que conforme a lo dispuesto en el referido Decreto Supremo el Libro de Reclamaciones es un mecanismo de participacion ciudadana para lograr la eficiencia del Estado y salvaguardar los derechos de los usuarios frente a la atencion en los tramites y servicios que se les brinda. Que el Articulo 5º. Del Decreto Supremo Nº 0422011-PCM senala que mediante Resolucion del Titular de la Entidad, se designara al responsable del Libro de Reclamaciones de la Entidad.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.