Norma Legal Oficial del día 30 de Junio del año 2011 (30/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

445647

del viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos; Que, dicha solicitud ha sido calificada y aprobada por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo senalado por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, segun se desprende de la respectiva Orden de Inspeccion y referida en los Informes Nº 351-2011MTC/12.04 y Nº 193-2011-MTC/12.04 de la Direccion General de Aeronautica Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, la Ley Nº 27619, la Ley Nº 29626, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Defilippi Brigneti, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuara del 09 al 12 de MORDAZA de 2011, a la MORDAZA de Atlanta, Estados Unidos de MORDAZA, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en los Informes Nº 351-2011-MTC/12.04 y Nº 193-2011-MTC/12.04.

Articulo 2º.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido integramente cubiertos por la empresa Aero Transporte S.A. ­ ATSA a traves de los Recibos de Acotacion que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignacion por concepto de viaticos. Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC) Codigo: F-DSA-P&C-002 Cuadro Resumen de Viajes RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 09 AL 12 DE MORDAZA DE 2011 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 193-2011-MTC/12.04 Y Nº 351-2011-MTC/12.04 ORDEN INSPECCION Nº RECIBOS DE ACOTACION Nºs. Revision: Original Fecha: 30.08.10

INICIO

FIN

VIATICOS (US$)

SOLICITANTE

INSPECTOR

MORDAZA

MORDAZA

DETALLE Chequeo tecnico Inicial en simulador de vuelo del equipo B-200 a su personal aeronautico

1531-2011-MTC/12.04 09-Jul

12-Jul

US$ 880.00

ATSA

Defilippi Brigneti, MORDAZA MORDAZA

Atlanta

EUA

12147-12148

659008-1 a realizarse en la MORDAZA de Seul, Republica de Corea, del 5 al 7 de MORDAZA de 2011; Que el objetivo principal de la negociacion del citado Convenio es el fortalecimiento de las relaciones bilaterales en los ambitos tributarios, comerciales y de inversiones entre ambos paises, asimismo permitira enfrentar el problema de la doble imposicion internacional en relacion al Impuesto a la Renta, posibilitara la colaboracion entre las Administraciones Tributarias con el fin de enfrentar la evasion fiscal, y permitira consolidar bilateralmente un MORDAZA normativo predecible y seguro, generando un ambiente mas favorable para los inversionistas; Que en la MORDAZA ronda de negociacion se discutiran los temas que quedaron pendientes, tales como las definiciones de establecimiento permanente y residencia, la distribucion de potestades tributarias para las rentas pasivas (dividendos, intereses y regalias), el tratamiento a las personas naturales, entre otros; Que a traves del Decreto Ley Nº 25883 se autorizo al Ministro de Economia y Finanzas a negociar y suscribir con terceros paises, en representacion del Gobierno Peruano convenios bilaterales para evitar la doble imposicion y prevenir la evasion tributaria; Que al MORDAZA de la mencionada MORDAZA legal, mediante Resolucion Ministerial Nº 426-2009-EF/10 de fecha 21 de setiembre de 2009, se designaron como representantes del Ministro de Economia y Finanzas a efectos de intervenir en las negociaciones, asi como en los asuntos relacionados con la suscripcion y aplicacion de los Convenios para Evitar la Doble Imposicion y Prevenir la Evasion Fiscal, entre otros, a dos (2) funcionarios de la SUNAT, designados por el Superintendente Nacional de Administracion Tributaria;

ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajadora de la SUNAT a Corea para participar en Ronda de Negociaciones para la suscripcion de Convenio
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 175-2011/SUNAT MORDAZA, 28 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que mediante Oficio Nº 193 -2011-EF/15.01 de fecha 17 de junio de 2011, el Viceministro de Economia del Ministerio de Economia y Finanzas, requiere la participacion de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT en la MORDAZA Ronda de Negociaciones para la suscripcion del Convenio para Evitar la Doble Imposicion Tributaria y Prevenir la Evasion Fiscal entre Peru y Corea,

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