Norma Legal Oficial del día 01 de Marzo del año 2011 (01/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, martes 1 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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requisitos aplicables a los procedimientos de solicitud de renovacion de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 330-2005MTC/03, modificada con Resolucion Viceministerial Nº 525-2007-MTC/03, ratificada con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificada con Resolucion Viceministerial Nº 122-2009-MTC/03, se aprobo el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de VHF para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad denominada La MORDAZA, incluyendose en esta al distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 0237-2010MTC/28, opina que corresponde renovar la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial Nº 456-2006MTC/03, a la empresa PANAMERICANA TELEVISION S.A., al haber cumplido con la MORDAZA de los requisitos previstos para tal efecto y verificar que ni la titular ni sus miembros han incurrido en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de una autorizacion contemplados en la Ley de Radio y Television y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, la Ley del Silencio Administrativo aprobado por Ley Nº 29060, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y el Decreto Supremo Nº 038-2003MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 456-2006MTC/03, a la empresa PANAMERICANA TELEVISION S.A., por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion por television comercial en VHF, en la localidad de La MORDAZA, departamento de Lima. Articulo 2º.- El plazo de la renovacion a que se refiere el articulo precedente se computa a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la Resolucion Viceministerial Nº 456-2006-MTC/03, en consecuencia, vencera el 8 de MORDAZA de 2020. Articulo 3º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedira la resolucion que deje sin efecto la autorizacion respectiva, de conformidad con el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 4º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones
605242-1

Renuevan autorizacion otorgada a Radio Panamericana S.A. para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en FM en la localidad de Sullana, departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 145-2011-MTC/03

MORDAZA, 2 de febrero de 2011 VISTO, el Escrito con numero de registro Nº 2005-012845, presentado por la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., sobre renovacion de su autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 168-95MTC/15.17, del 08 de MORDAZA de 1995, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 11 de MORDAZA de 1995, se autorizo a la EMPRESA DIFUSORA RADIO TELE S.A. ­ RADIO PANAMERICANA por el plazo de diez (10) anos contados desde el dia siguiente de su publicacion, el establecimiento de una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito y provincia de Sullana, departamento de MORDAZA, con vencimiento al 12 de MORDAZA de 2005; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 687-96MTC/15.17, del 20 de diciembre de 1996, se autorizo la transferencia de las licencias, permisos y autorizaciones para la prestacion del servicio de radiodifusion que fueron otorgadas a la EMPRESA DIFUSORA RADIO TELE S.A. ­ RADIO PANAMERICANA, a favor de la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., reconociendo a esta MORDAZA como la titular de dichas autorizaciones; Que, con solicitud de registro Nº 2005-012845, del 16 de junio de 2005, la empresa RADIO PANAMERICANA S.A. solicito la renovacion de su autorizacion que le fuera otorgada para operar la estacion radiodifusora sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 10622007-MTC/03 del 19 de diciembre de 2007, se restituyo la vigencia de la autorizacion otorgada por Resolucion Ministerial Nº 168-95-MTC/15.17, en virtud a lo dispuesto en el articulo 4º de la Ley Nº 28853, dejandose sin efecto la Resolucion Viceministerial Nº 627-2005-MTC/03 que declaro la extincion de la autorizacion otorgada por Resolucion Ministerial Nº 168-95-MTC/15.17; Que, las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion se otorgan por el plazo MORDAZA de diez (10) anos, renovables por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 15º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, concordado con el articulo 67º del Reglamento de la Ley de Radio y Television ­ Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, el articulo 69º del mencionado Reglamento establece las condiciones a las cuales se sujeta la renovacion de las autorizaciones para la prestacion del servicio de radiodifusion; en tanto que el articulo 71º y la Cuarta Disposicion Final y Transitoria de dicho cuerpo legal consignan los requisitos necesarios para el otorgamiento de la renovacion solicitada; Que, el articulo 68º del citado Reglamento dispone que la solicitud pueda presentarse hasta el dia de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorizacion otorgada. En el presente caso, se ha regularizado la MORDAZA extemporanea de la solicitud de renovacion, en razon de la restitucion de la autorizacion otorgada, efectuada mediante Resolucion Viceministerial Nº 1062-2007-MTC/03, al MORDAZA del articulo 4º de la Ley Nº 28853;

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