Norma Legal Oficial del día 02 de Marzo del año 2011 (02/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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La renovacion podra solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado articulo 1º. Sin embargo, dicha solicitud tambien se entendera presentada si a la fecha del termino de la vigencia de la autorizacion la titular se encuentra operando y al dia en sus pagos o cuente con solicitud o con fraccionamiento vigente. La renovacion se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 9º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedira la resolucion que deje sin efecto la autorizacion respectiva, de conformidad con el articulo 38º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 10º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Articulo 11º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 605275-1

Renuevan autorizacion otorgada a Radio Panamericana S.A. para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en FM, en el distrito y provincia de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 152-2011-MTC/03 MORDAZA, 4 de febrero de 2011 VISTO, el Escrito con numero de registro Nº 2005-012841, presentado por la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., sobre renovacion de su autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito y provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 203-95MTC/15.17, del 09 de junio de 1995, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de junio de 1995, se autorizo a la EMPRESA DIFUSORA RADIO TELE S.A. ­ RADIO PANAMERICANA por el plazo de diez (10) anos contados desde el dia siguiente de su publicacion, el establecimiento de una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito y provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, con vencimiento al 15 de junio de 2005; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 687-96MTC/15.17, del 20 de diciembre de 1996, se autorizo la transferencia de las licencias, permisos y autorizaciones para la prestacion del servicio de radiodifusion que fueron otorgadas a la EMPRESA DIFUSORA RADIO TELE S.A. ­ RADIO PANAMERICANA, a favor de la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., reconociendo a esta MORDAZA como la titular de dichas autorizaciones; Que, con solicitud de registro Nº 2005-012841, del 16 de junio de 2005, la empresa RADIO PANAMERICANA S.A. solicito la renovacion de su autorizacion que le fuera otorgada para operar la estacion radiodifusora sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito y provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; Que, mediante Escrito de registro Nº 2006004702, del 17 de febrero de 2006, la empresa RADIO

PANAMERICANA S.A. interpone recurso de apelacion contra la Resolucion Directoral Nº 092-2006-MTC/17, la cual declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto contra la Resolucion Directoral Nº 2121-2005MTC/17, que a su vez denego la solicitud de renovacion de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 203-95-MTC/15.17, presentada con Escrito de registro Nº 2005-012841, del 16 de junio de 2005, por haber sido presentada extemporaneamente, es decir fuera del plazo de vigencia de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 203-95-MTC/15.17; Que, mediante Escrito de registro Nº 2006-018619, del 20 de MORDAZA de 2006 la empresa RADIO PANAMERICANA S.A. interpone recurso de reconsideracion contra la Resolucion Viceministerial Nº 347-2006-MTC/03, mediante la cual se resolvio declarar la extincion de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 203-95-MTC/15.17 de titularidad de la empresa RADIO PANAMERICANA S.A. para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito y provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, por vencimiento del plazo de vigencia, al haber solicitado la renovacion fuera del plazo establecido en las normas sobre la materia; Que, mediante Escrito de registro Nº 2005-028346, del 07 de diciembre de 2005, la empresa RADIO PANAMERICANA S.A. interpone recurso de apelacion contra el Oficio Nº 434-2005-MTC/17 mediante el cual denego su solicitud de acogimiento a los beneficios otorgados por la Ley Nº 28586, presentada mediante el Escrito de registro Nº 055766, del 08 de setiembre de 2005, a fin de que se restituya la autorizacion que le fue otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 203-95MTC/15.17; Que, mediante Escrito de registro Nº 029211, del 03 de MORDAZA de 2006, la empresa RADIO PANAMERICANA S.A. solicita su acogimiento a los beneficios otorgados por la Ley Nº 28692 a fin de que se restituya la autorizacion que le fue otorgada mediante Resolucion Ministerial 203-95-MTC/15.17;sin embargo, dicho pedido no resulto procedente; Que, mediante Escrito de registro Nº 056481, del 23 de agosto de 2006, la empresa RADIO PANAMERICANA S.A. solicita su acogimiento a los beneficios otorgados por la Ley Nº 28853 a fin de que se restituya la autorizacion que le fue otorgada mediante Resolucion Ministerial 20395-MTC/15.17; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 10892007-MTC/03, del 28 de diciembre de 2007, se resolvio restituir la vigencia de la Resolucion Ministerial Nº 203-95-MTC/15.17 que autorizo a la empresa RADIO PANAMERICANA S.A. por el plazo de diez (10) anos, el establecimiento de una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito y provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, en virtud a lo dispuesto en el articulo 4º de la Ley Nº 28853; Que, las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion se otorgan por el plazo MORDAZA de diez (10) anos, renovables por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos, de acuerdo a los dispuesto en el articulo 15º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, concordado con el articulo 67º del Reglamento de la Ley de Radio y Television ­ Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, el articulo 69º del mencionado Reglamento establece las condiciones a las cuales se sujeta la renovacion de las autorizaciones para la prestacion del servicio de radiodifusion; en tanto que el articulo 71º y la Cuarta Disposicion Final y Transitoria de dicho cuerpo legal consignan los requisitos necesarios para el otorgamiento de la renovacion solicitada; Que, el articulo 68º del citado Reglamento dispone que la solicitud pueda presentarse hasta el dia de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorizacion otorgada. En el presente caso, se ha regularizado la MORDAZA extemporanea de la solicitud de renovacion, en razon de la restitucion de la autorizacion otorgada, efectuada mediante Resolucion Viceministerial Nº 1089-2007-MTC/03, al MORDAZA del articulo 4º de la Ley Nº 28853;

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