Norma Legal Oficial del día 04 de Marzo del año 2011 (04/03/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

438364

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de marzo de 2011

Declaratorias de las Manifestaciones Culturales Vigentes como Patrimonio Cultural; Que, se ha visto por conveniente aprobar una nueva Directiva, sobre la Declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nacion y el otorgamiento de Reconocimientos; Estando a lo visado por el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, el Viceministro de Interculturalidad, el Secretario General, el Director de Registro y Estudio de la Cultura en el Peru Contemporaneo, la Directora de Fomento de las Artes y la Directora de la Oficina de Asuntos Juridicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; y, los Decretos Supremos Nros. 011-2006-ED, 001-2010-MC y 002-2010-MC; SE RESUELVE:

- Resolucion del procedimiento de declaracion de Patrimonio Cultural de la Nacion y otorgamiento de reconocimientos - Evaluacion y resolucion de las solicitudes para las otras declaratorias - Conformacion de una Comision Ad-hoc -De la publicidad DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

DIRECTIVA SOBRE LA DECLARATORIA DE LAS MANIFESTACIONES DEL PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL COMO PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION Y EL OTORGAMIENTO DE RECONOCIMIENTOS TITULO I OBJETO

Articulo 1º.- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral Nacional Nº 1207/INC de fecha 10 de noviembre de 2004, mediante la cual se aprobo la Directiva Nº 0022004-INC, sobre Reconocimiento y Declaratorias de las Manifestaciones Culturales Vigentes como Patrimonio Cultural. Articulo 2º.- Aprobar la Directiva Nº 01-2011/MC, sobre la Declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nacion y el otorgamiento de Reconocimientos, que como anexo forma parte de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo 1°.- Esta Directiva tiene por objeto establecer el procedimiento para la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial y la obra de MORDAZA maestros, sabios y creadores relacionada a estas ultimas, como Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como el procedimiento para el otorgamiento de reconocimientos y otras declaraciones, y su posterior registro. TITULO II DEL MORDAZA CONCEPTUAL CAPITULO I.- DEFINICIONES

MORDAZA OSSIO MORDAZA Ministro de Cultura

Bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion Articulo 2°.- Se entiende por bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion a toda manifestacion del quehacer humano - material o inmaterial - que por su importancia, valor y significado paleontologico, arqueologico, arquitectonico, historico, artistico, militar, social, antropologico, cientifico, tecnologico o intelectual, sea expresamente declarado como tal; sobre el que exista la presuncion legal de serlo; y/o que se encuentre comprendido en los tratados o convenciones sobre la materia de los que el Peru es parte. Dichos bienes tienen la condicion de propiedad publica o privada con las limitaciones que establece la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion1. Bienes inmateriales

ANEXO Directiva Nº 001-2011/MC INDICE TITULO I: OBJETO TITULO II: DEL MORDAZA CONCEPTUAL CAPITULO I: DEFINICIONES - Bien Integrante del Patrimonio CuItural de la Nacion - Bienes Inmateriales - Patrimonio Cultural Inmaterial CAPITULO II: DE LAS MANIFESTACIONES - Manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial - Propiedad de los bienes inmateriales TITULO III: DECLARATORIAS, RECONOCIMIENTO Y REGISTRO CAPITULO I: RECONOCIMIENTO DECLARATORIAS Y

-De la Declaratoria -Aspectos relevantes para la Declaratoria - De la Declaratoria de la obra de MORDAZA maestros, sabios y creadores -De otras Declaratorias -De los Reconocimientos y Distinciones CAPITULO II: DEL REGISTRO -Registro de bienes culturales inmateriales TITULO IV: DEL PROCEDIMIENTO PARA LAS DECLARATORIAS Y EL RECONOCIMIENTO - Declaratorias y Reconocimientos por iniciativa de parte - Contenido de las solicitudes - Evaluacion de las solicitudes para la declaracion de Patrimonio Cultural de la Nacion y otorgamiento de reconocimientos

Articulo 3°.- Son bienes inmateriales las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unitaria o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresion de identidad cultural y social, ademas de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autoctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya MORDAZA artisticos, gastronomicos, medicinales, tecnologicos, folcloricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural. Patrimonio Cultural Inmaterial Articulo 4º.- Se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial a los usos, las practicas, las representaciones, las expresiones, los conocimientos, las tecnicas y los saberes - asi como los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales asociados con ellos - que las comunidades, los grupos y los individuos, reconocen como parte de su Patrimonio Cultural.

1

Articulo II de la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nacion.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.