Norma Legal Oficial del día 10 de Marzo del año 2011 (10/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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6. Si producto de la auditoria externa anual a los Estados Financieros de las Empresas, la utilidad distribuible disminuyera con relacion a la informada por el Directorio, los accionistas deberan devolver a la Empresa el monto repartido en exceso como dividendos, considerando ademas intereses correspondientes calculados con la tasa legal efectiva publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFPs. Por el contrario, si producto de la auditoria externa anual a los Estados Financieros de las Empresas, la utilidad distribuible aumentara con relacion a la informada por el Directorio, la Empresa debera repartir el saldo de dividendos a los accionistas, considerando ademas intereses a una tasa equivalente a cinco (5) veces la tasa de interes legal efectiva publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFPs. 7. Para el caso especifico de las Empresas supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFPs, en concordancia con lo establecido por la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, se aplicara lo siguiente: · Deberan remitir a FONAFE los Estados Financieros de cada ejercicio economico, asi como el Acuerdo del Directorio u organo equivalente que los aprueba, como MORDAZA el ultimo dia util del mes de febrero del ano siguiente. · Las Juntas Obligatorias de Accionistas de las Empresas se deberan llevar a cabo como MORDAZA hasta el dia 22 de marzo de cada ano. · En el caso que alguna de las Empresas de dicho sector no cumplan con remitir a FONAFE en la fecha senalada, los documentos detallados en el presente articulo, FONAFE debera dar cuenta de ello a la Contraloria General de la Republica y al Ministerio de Economia y Finanzas, en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias habiles de ocurrido el incumplimiento. · Deberan transferir las utilidades generadas dentro de lo dos (2) dias habiles siguientes a contar con los estados financieros auditados notificados por la sociedad de auditoria externa designada por la Contraloria General de la Republica. · Pasado dicho plazo se deberan considerar intereses a una tasa equivalente a cinco (5) veces la tasa de interes legal efectiva publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFPs, al dia del incumplimiento. ANEXO N° 3 Plan Corporativo de Auditoria El Plan Corporativo de Auditoria de FONAFE correspondiente al ejercicio economico 2011, comprendera las siguientes actividades: 1. Agrupamiento de las empresas y entidades bajo el ambito de FONAFE, para efectos de la auditoria en los siguientes grupos: · Empresas de Generacion Electrica · Empresas de Distribucion Electrica · Empresas Financieras · Empresas de servicios portuarias, aeroportuarias y comunicaciones · Empresas de Servicios de Saneamiento · Empresas Diversas · Essalud y sus Empresas 2. MORDAZA de Seleccion de las Sociedades de Auditoria. El MORDAZA de seleccion de las Sociedades de Auditoria constara de las siguientes actividades: · Elaboracion de los criterios minimos de seleccion de las Sociedades de Auditoria que deberan llevar a cabo las auditorias agrupadas y aprobacion de los mismos en las respectivas Juntas Generales de Accionistas (JGA) u organos societarios maximos. · Las empresas sobre la base de los criterios aprobados en JGA u organos equivalentes, asi como a

las auditorias agrupadas a realizarse mencionadas en el numeral precedente, incorporaran a las bases los criterios aprobados por la JGA y deberan solicitar dentro de los tres primeros meses del ano a la Contraloria General de la Republica para el inicio del concurso publico de meritos para la designacion de seis (6) Sociedades de Auditoria encargadas de llevar a cabo a los examenes especiales de auditoria agrupados. 3. Las auditorias anuales del ejercicio economico 2011 deberan comprender las establecidas en los literales a y b del numeral 27.2 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1031 y las que se detallan a continuacion: · Auditorias de la Gestion de los Programas de Inversion. · Auditorias de los procesos de compras corporativas encargados. · Auditorias de la aplicacion de la NIC 12 en los anos 2008, 2009 y 2010. · Autorias tributarias. · Auditoria de Gestion de la linea principal del negocio. · Otras. 4. Los Estados Financieros auditados deberan ser remitidos a FONAFE hasta el ultimo dia util del mes de febrero del ano siguiente al ejercicio sujeto a Auditoria. En el caso de no tener estados auditados a dicha fecha se remitira los Estados Financieros sin dicho requisito. En ambos casos se debera adjuntar el Acuerdo de Directorio que los aprueba. 5. Dentro de un plazo que no exceda de los primeros cinco dias utiles del mes de marzo del ano siguiente, el Directorio de la Empresa debera solicitar la convocatoria de la Junta Obligatoria Anual, para la aprobacion de los EEFF, Memoria y el monto a repartir como Dividendos, los mismos que deberan estar aprobados por el Directorio de la empresa. 6. Publicacion de los Estados Financieros de las empresas en la pagina web de FONAFE www.fonafe.gob. pe ANEXO N° 4 Criterios Minimos que las empresas publicas deberan considerar e incorporar en las bases de sus procesos de seleccion de las sociedades de auditoria 1. Los criterios minimos que las empresas publicas deberan considerar e incorporar en las bases de sus procesos de seleccion de las sociedades de auditoria para llevar a cabo las auditorias del ejercicio economico 2011, seran los que se detallan a continuacion: 2. Las Sociedades de Auditoria en el desarrollo de sus tareas, deberan observar las normas de control vigente, las Normas Internacionales de informacion Financiera, las normas dictadas por la Direccion Nacional de Contabilidad Publica - DNCP, la Superintendencia de Banca y Seguros SBS, el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad empresarial del Estado ­ FONAFE, y todas aquellas normas aplicables a cada empresa. 3. Las Sociedades de Auditoria deberan acreditar un minimo de 5 anos de experiencia, en auditorias a empresas publicas o privadas del mismo rubro de la empresa publica a auditar. 4. Las Sociedades de Auditoria deberan acreditar haber auditado a un minimo de tres (3) empresas del mismo rubro con ventas netas equivalentes a por lo menos el 80% de las empresas publicas a auditar, en el lapso de los 5 ultimos anos. 5. Las Sociedades de Auditoria deberan contar con acreditacion de representacion internacional en los ultimos cinco anos. 6. El Equipo de la Sociedad de Auditoria debera acreditar a profesionales probos y contar con las siguientes minimas exigencias: · El Supervisor, debera tener la categoria de socio y contar con una experiencia minima de 10 anos

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