Norma Legal Oficial del día 10 de Marzo del año 2011 (10/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Informe de Emergencia Nº 066-25/02/2011/COEN-SINADECI/ 18:00 Horas, el distrito de Pangoa, en la provincia de Satipo, del departamento de MORDAZA, viene siendo severamente afectado por lluvias torrenciales, habiendose producido el incremento del caudal del rio Ene, ocasionando inundaciones en las viviendas de las Comunidades Nativas de Paquichari, Tununtuari, Yaviro, Miraflores, Coriri y Boca Mantaro, del distrito de Pangoa, provincia de Satipo, lo que ha originado en esta MORDAZA, una situacion de riesgo alto y de magnitud, como se indica en la Evaluacion de Danos Preliminar contenida en el mencionado Informe de Emergencia; Que, igualmente, segun el Informe de Emergencia Nº 079-04/03/2011/COEN-SINADECI/13:00 HORAS, la provincia de Ucayali en el departamento de MORDAZA viene siendo severamente afectada por lluvias torrenciales, que ha ocasionado el incremento del nivel del rio Ucayali, produciendo inundaciones que afectaron viviendas, areas de cultivo y animales, en varios distritos de la provincia de Ucayali, produciendose en esta MORDAZA una situacion de riesgo alto y de magnitud, como se indica en la Evaluacion de Danos Preliminar contenido en precitado Informe de Emergencia; Que, en efecto la magnitud de la situacion descrita demanda la adopcion de medidas urgentes que permitan a los sectores comprometidos, a los Gobiernos Regionales de MORDAZA y de MORDAZA, y a los Gobiernos Locales involucrados, segun corresponda, con el apoyo directo del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI y demas entidades publicas involucradas; ejecutar acciones inmediatas destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas, asi como la ejecucion de medidas de prevencion necesarias; Que, mediante el Oficio Nº 1022-2010-INDECI/5.0 de fecha 7 de marzo de 2011, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI ha remitido a la Presidencia del Consejo de Ministros, el Informe de Emergencia Nº 066-25/02/2011/ COEN-SINADECI/ 18:00 Horas, asi como el Informe de Emergencia Nº 079-04/03/2011/COEN-SINADECI/13:00 Horas, informando sobre las emergencias suscitadas en el distrito de Pangoa, de la provincia de Satipo, en el departamento de MORDAZA, asi como en la provincia de Ucayali en el departamento de MORDAZA, de acuerdo con lo establecido en el inciso a) del articulo 3º del Decreto Supremo Nº 074-2009-PCM; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 058-2001PCM senala que la Declaratoria del Estado de Emergencia, podra ser requerida por los titulares de los Ministerios y Organismos Publicos comprometidos por la emergencia, los que canalizaran su solicitud a traves del INDECI; y que, excepcionalmente la Presidencia del Consejo de Ministros presentara de oficio al Consejo de Ministros la declaratoria del Estado de Emergencia del area o areas afectadas por desastres de magnitud, proponiendo las medidas y/o acciones inmediatas que correspondan; En uso de las atribuciones que confiere el inciso 1) del articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Declaratoria del Estado de Emergencia Declarese el Estado de Emergencia en el distrito de Pangoa, de la provincia de Satipo, en el departamento de MORDAZA, asi como en la provincia de Ucayali en el departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para la ejecucion de acciones inmediatas destinadas a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes y a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas. Articulo 2º.- Acciones a ejecutar Los Gobiernos Regionales de MORDAZA y MORDAZA, los Gobiernos Locales involucrados, segun corresponda, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de

Agricultura, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Ministerio de Salud, y demas instituciones y organismos del Estado, dentro de su competencia, ejecutaran las acciones inmediatas destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas, y a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministro de Agricultura, la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social y el Ministro de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de marzo del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA BORRA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 612243-1

Autorizan viaje del Ministro de Economia y Finanzas a Canada y encargan su Despacho al Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion
RESOLUCION SUPREMA Nº 037-2011-PCM MORDAZA, 9 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ferreyros, Ministro de Economia y Finanzas, viajara a la MORDAZA de Calgary, MORDAZA, Canada, para asistir a la Reunion Anual de la Asamblea de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y de la Corporacion Internacional de Inversiones (CII) - 2011, a llevarse a cabo del 24 al 29 de marzo de 2011; Que, en tal sentido y por ser de interes para el MORDAZA, es necesario autorizar dicho viaje en mision oficial, debiendo el Ministerio de Economia y Finanzas asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por los conceptos de pasajes y de viaticos; Que, en tanto dure la ausencia del titular, es necesario encargar la Cartera de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27619, Ley Nº 29626 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, por excepcion, el viaje en mision oficial del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ferreyros,

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