Norma Legal Oficial del día 10 de Marzo del año 2011 (10/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de marzo de 2011

UNIVERSIDADES
Autorizan emision de duplicado de diploma de titulo profesional de Licenciado en Arqueologia de la Universidad Nacional de San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA RESOLUCION N° CU-016-2011-UNSAAC MORDAZA, 14 de enero de 2011 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MORDAZA MORDAZA DEL CUSCO: VISTO, el Expediente signado con Nro. 45326, presentado por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicitando emision de duplicado de diploma que le confiere el Titulo de Licenciado en Arqueologia, por motivo de perdida; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nro. 28626, faculta a las Universidades Publicas y Privadas del MORDAZA, expedir duplicado de diplomas de MORDAZA Academicos y Titulos Profesionales, por motivo de perdida, deterioro y mutilacion; Que, la Institucion regula el otorgamiento de duplicados de Diplomas de MORDAZA Academicos y Titulos Profesionales mediante Directiva, aprobada por Resolucion Nº CU-2242006-UNSAAC de 09 de noviembre de 2006; Que, el administrado por expediente del Visto, solicita la emision de duplicado de diploma que le confiere el Titulo Profesional de Licenciado en Arqueologia, por motivo de perdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su peticion los requisitos establecidos en el Art. 4º de la Directiva para el otorgamiento de Duplicado de Diplomas de MORDAZA y Titulos emitido por la UNSAAC, esto es 1) Recibo de MORDAZA por Derechos de Duplicado de Diploma; 2) MORDAZA de denuncia policial; 3) MORDAZA expedida por el Registro Nacional de MORDAZA y Titulos de la Asamblea Nacional de Rectores; 4) MORDAZA Certificada por la Secretaria General de la UNSAAC de la Resolucion del Consejo Universitario que confiere el Titulo Profesional de Licenciado en Arqueologia; 5) Publicacion de un diario de mayor circulacion de la MORDAZA, del aviso de la perdida del diploma; 6) Dos Fotografias tamano pasaporte; 7) Recibo de MORDAZA por Derechos de Rotulado de Diploma y; 8) Fotocopia autenticada de su Documento Nacional de Identidad; Que, obra en el expediente la conformidad de la Comision de MORDAZA y Titulos del Consejo Universitario, de fecha 07 de diciembre de 2010; Que, en Sesion Ordinaria del Consejo Universitario llevada a efecto el dia 11 de enero de 2011, se puso a consideracion del pleno la peticion presentada por el Licenciado Don: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicitando duplicado de Diploma que le confiere el Titulo de Licenciado en Arqueologia, siendo aprobado por unanimidad; Estando a lo referido en la Ley Nº 28626, Resolucion Nº CU-224-2006-UNSAAC, Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de MORDAZA y Titulos emitido por la UNSAAC y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitario; RESUELVE: Primero.- DECLARAR PROCEDENTE la peticion presentada por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre otorgamiento de Duplicado de Diploma que le confiere el Titulo de Licenciado en Arqueologia de la Facultad de Ciencias Sociales. Segundo.- AUTORIZAR a la Oficina de Secretaria General de la Institucion, proceda a la emision de

DUPLICADO DE DIPLOMA DE TITULO PROFESIONAL DE LICENCIADO EN ARQUEOLOGIA, POR MOTIVO DE PERDIDA a favor de Don: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, confiriendole el TITULO DE LICENCIADO EN ARQUEOLOGIA, por las razones expuestas en la considerativa de la presente resolucion. Tercero.- DEJAR ESTABLECIDO que en el diploma a que se refiere el numeral primero de la presente resolucion, debera consignar en el margen MORDAZA el sello de DUPLICADO. Cuarto.- DISPONER que la Oficina de Secretaria General a traves del Equipo de MORDAZA y Titulos, remita a la Asamblea Nacional de Rectores un ejemplar de la presente resolucion para su registro respectivo. Quinto.- DISPONER que el Area de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, proceda a la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, bajo responsabilidad. La Oficina de Secretaria General y el Area de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, deberan adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 605182-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Crean el Sistema Regional de Lucha contra la Corrupcion
ORDENANZA REGIONAL Nº 202-2011/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, de conformidad con lo previsto en la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralizacion ­ Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralizacion ­ Ley Nº 27783, Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867 y su modificatoria, Ley Nº 27902 y demas Normas Complementarias, Ley General de Turismo - Ley Nº 29408; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion y Ley Nº 28607, en su articulo 191° establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su articulo 192° inciso 1), dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales N° 27867, en el literal a) del articulo 15° establece que son atribuciones del Consejo Regional, el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, la lucha contra la corrupcion, es una politica de Estado que compromete a los tres niveles de gobierno a desarrollar esfuerzos conjuntos para propiciar politicas de gestion en los organismos publicos y privados, asi

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