Norma Legal Oficial del día 10 de Marzo del año 2011 (10/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de marzo de 2011

Articulo Sexto.- Encargar a la Gerencia General Regional la adecuacion de los documentos de gestion que permitan la implementacion y funcionamiento del Sistema y de la Unidad Anticorrupcion del Gobierno Regional. Articulo Septimo.- Encargar a la Secretaria Tecnica la elaboracion de la propuesta de Reglamento del Sistema Regional de Lucha Contra la Corrupcion, en un plazo no mayor de 60 dias. Articulo Octavo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los dos dias del mes de marzo del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los tres dias del mes de marzo del ano dos mil once. MORDAZA ATKINS LERGGIOS Presidente 611381-1

Aprueban modificacion de los MORDAZA para Asignacion de Personal de las Unidades Ejecutoras de Salud del Gobierno Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL N° 203-2011/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los Articulos 191° y 192° de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley N° 27680; la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley N° 27783; la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, sus modificatorias - Ley N° 27902; Ley N° 28013; Ley N° 28926; Ley N° 28961; Ley N° 28968 y Ley N° 29053, y demas normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion ­ Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su articulo 192º inciso 1) dispone que los gobiernos regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, el articulo 35º de la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales y Locales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y a las Leyes Anuales de Presupuesto; asimismo el articulo 10º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modificada por la Ley Nº 27902, establece en el numeral 1, literal c), que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar su organizacion interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley

de Gestion Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, aprobo los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del CAP de las Entidades de la Administracion Publica, conforme al articulo 6° de dicho texto legal la conduccion del MORDAZA de elaboracion y formulacion del CAP de las entidades es responsabilidad del organo encargado de racionalizacion o de quien haga sus veces; asimismo el articulo 16° establece regula las modificaciones del CAP estipulando que las Entidades de la Administracion Publica deberan modificar el CAP en los siguientes casos: a) cuando la entidad MORDAZA sufrido modificaciones en su ROF que conlleven cambios en sus funciones a) en su estructura organizacional o por motivo de una accion de racionalizacion o mejoramiento de procesos; b) por motivo de reestructuracion o reorganizacion; c) por motivo de un reordenamiento de cargos que conlleve a una afectacion de su presupuesto analitico de personal; Que, mediante la Ley Nº 28498 del 14 de MORDAZA de 2005, se autoriza al Ministerio de Salud a efectuar el nombramiento de los profesionales de la salud no medicos cirujanos a nivel nacional que, a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley, se encuentren prestando servicios en la condicion de contratados bajo cualquier modalidad; asimismo con Ley N° 28560 del 27 de junio del 2005, se autoriza al Ministerio de Salud a efectuar el nombramiento del personal tecnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial que, a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley, se encuentren prestando servicios en la condicion de contratados bajo cualquier modalidad; Que, con Decreto Supremo N° 005-2010-SA, del 16 de marzo de 2010, se aprueban los "Lineamientos para el MORDAZA de nombramiento del ano 2010 en el MORDAZA de las Leyes Nº 28498 y 28560, y Decreto de Urgencia Nº 094-2009, en las unidades ejecutoras del Ministerio de Salud, sus organismos publicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales"; Que, mediante Informe N° 2509-2010/GRP-460000 del 16 de diciembre de 2010, ratificado con Informe Nº 0362011/GRP-460000 del 14 de enero de 2011, e Informe N° 253-2011/GRP-460000, de fecha 14 de febrero del 2011, la Oficina Regional de Asesoria Juridica emite opinion legal sobre la procedencia de modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal de las diversas Unidades Ejecutoras que pertenecen a la Direccion Regional de Salud Piura; Que, con Informe N° 128-2010/GRP-410300 del 25 de noviembre de 2010; Informe N° 148-2010/GRP-410300 del 22 de diciembre de 2010; e Informe N° 07-2011/ GRP-410300 del 12 de enero de 2011, la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional brinda la conformidad tecnico normativa y recomienda su derivacion al Consejo Regional para la respectiva aprobacion mediante Ordenanza regional; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesion Extraordinaria Nº 05-2011, de fecha 02 de marzo del 2011, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION DE LOS MORDAZA PARA ASIGNACION DE PERSONAL DE LAS UNIDADES EJECUTORAS DE SALUD DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA Articulo Primero.- Aprobar la modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de la Sede Administrativa de la Direccion Regional de Salud MORDAZA y sus Redes de Salud de MORDAZA MORDAZA, Bajo MORDAZA, Huancabamba y Huarmaca, que consta de Mil seiscientos treinta y tres (1633) cargos necesarios, de los cuales Mil doscientos cuarenta y nueve (1249) cargos son ocupados y Trecientos ochenta y cuatro (384) cargos son previstos, de acuerdo a los MORDAZA anexos que forman parte de la presente Ordenanza Regional.

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