Norma Legal Oficial del día 13 de Marzo del año 2011 (13/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 13 de marzo de 2011

regulacion de la actividad turistica, con el fin de impulsar su desarrollo sostenible; Que, la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, prohibe los viajes al exterior con cargo a recursos publicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley senala, entre ellos, los viajes que se efectuen en el MORDAZA de las acciones de promocion de importancia para el Peru, los que deben realizarse en categoria economica y ser autorizados por Resolucion del titular de la entidad; De conformidad con la referida Ley Nº 29626, la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27790, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senorita Amora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Schumacher, Directora Nacional de Turismo, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Ecuador, del 16 al 18 de marzo de 2011, para que en representacion del MINCETUR, participe en las reuniones a las que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion estaran a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : Viaticos (US$ 200,00 x 3 dias) : 1 349,06 600,00

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, la senorita Amora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Schumacher presentara al Titular del MINCETUR un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la reunion a la que asistira; asimismo, debera presentar la rendicion de cuentas de acuerdo a ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERREYROS KUPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo

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TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban renovacion de vigencia de homologacion de equipo para medicion de emisiones vehiculares solicitada por la empresa Z. Fleischman y Cia. S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL N° 019-2011-MTC/16
MORDAZA, 18 de febrero de 2011 Vista, la solicitud con P/D Nº 002361 presentada por la empresa Z.FLEISCHMAN Y CIA. S.A.C. para que se renueve el plazo de vigencia de la homologacion del equipo: Analizador de Cuatro Gases para vehiculos de encendido por compresion que usan combustible gasolina, MORDAZA OPUS PRODOX AB, procedencia Suecia, Modelo OPUS 40, MORDAZA portatil; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se determinan las funciones y la estructura organica basica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, la Direccion General de Asuntos Socio Ambientales se encarga de velar por el cumplimiento de

las normas socio-ambientales, con el fin de asegurar la viabilidad socio ambiental de los proyectos de infraestructura y servicios de transporte; Que, el literal g) del articulo 76º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones dispone que la Direccion de Gestion Ambiental, organo de linea de la Direccion General de Asuntos Socio Ambientales, tiene entre sus funciones homologar y autorizar la utilizacion de equipos para el control oficial de los Limites Maximos Permisibles; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2001-MTC, se establecieron los Limites Maximos Permisibles de emisiones contaminantes de vehiculos automotores que circulen en la Red Vial, determinandose la obligacion de homologar y autorizar los equipos a ser usados en el Control Oficial de estos limites por las autoridades competentes, a fin de asegurar la calidad y confiabilidad de las mediciones para dicho control; Que, por Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC del 28 de febrero de 2002, se establecio el procedimiento para la homologacion y autorizacion de equipos a utilizarse en el control oficial de limites maximos permisibles de emision de contaminantes para vehiculos automotores, cuyo articulo 12º preve el procedimiento de renovacion de la homologacion, determinando los requisitos a seguir a fin de que se les otorgue; Que, la empresa Z.FLEISCHMAN Y CIA. S.A.C. obtuvo mediante Resolucion Directoral Nº 050-2004MTC/16 la homologacion del equipo para medicion de emisiones vehiculares: Analizador de Cuatro Gases para vehiculos de encendido por compresion que usan combustible gasolina, MORDAZA OPUS PRODOX AB, procedencia Suecia, Modelo OPUS 40, MORDAZA portatil, con Codigo de Homologacion G-007-2004-DGASA-MTC, cuya vigencia se extendio por el plazo de dos (02) anos contados a partir de su publicacion; Que, mediante Resoluciones Directorales Nº 0072007-MTC/16 y Nº 005-2009-MTC/16 se aprobaron, sucesivamente, las renovaciones de la vigencia de homologacion del equipo para medicion de emisiones vehiculares: Analizador de Cuatro Gases para vehiculos de encendido por compresion que usan combustible gasolina, MORDAZA OPUS PRODOX AB, procedencia Suecia, Modelo OPUS 40, MORDAZA portatil, con Codigo de Homologacion G(R)-007-2004-DGASA-MTC, a favor de la empresa en mencion y cuyo plazo se extendio por el periodo de dos anos, contados a partir de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano; Que, con el documento de vistos, la empresa Z.FLEISCHMAN Y CIA. S.A.C. solicita la renovacion de la vigencia de homologacion del equipo detallado en el considerando precedente, por lo que de la evaluacion efectuada se ha emitido el Informe Nº 028-2011-MTC/16. CIM, en el que se desprende que la empresa solicitante ha cumplido con presentar la declaracion jurada exigida en la que consta que se mantiene la condicion de fabricante o representante autorizado y que el equipo no ha sufrido modificacion de las caracteristicas tecnicas con las cuales fue homologado, cumpliendo lo exigido por el articulo 12º del Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC; De conformidad con la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones Nº 29370, su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, Decreto Supremo Nº 047-2001-MTC, Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC; y, Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR la renovacion de la vigencia de homologacion del equipo para medicion de emisiones vehiculares: Analizador de Cuatro Gases para vehiculos de encendido por compresion que usan combustible gasolina, MORDAZA OPUS PRODOX AB, procedencia Suecia, Modelo OPUS 40, MORDAZA portatil, con Codigo de Homologacion G(R)-007-2004-DGASA-MTC. Esta aprobacion tendra una vigencia de dos (02) anos, contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- El Certificado de Equipo Homologado para la medicion de emisiones vehiculares correspondiente al Codigo de Homologacion Nº G(R)-007-2004-DGASA-MTC, mantendra su vigencia por un periodo de dos (02) anos contados a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. Articulo 3º.- El uso del equipo homologado para el control oficial de los limites maximos permisibles, requerira de la previa autorizacion de uso, emitida por esta Direccion

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