Norma Legal Oficial del día 17 de Marzo del año 2011 (17/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

439062

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de marzo de 2011

2010-PROMPERU/SG, 002-2011-PROMPERU/SG y 0132011-PROMPERU/SG; Que, conforme al Memorando Nº 042-2011/ PROMPERU/SG-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha coordinado con la Sub Direccion de Promocion del Turismo Receptivo la modificacion de la Politica de Comercializacion de Servicios No Exclusivos de PROMPERU, sustituyendo su inciso 4.6 para que sea aplicable solo a las Ferias Internacionales de Turismo, incluyendo un MORDAZA inciso en dicho documento que establezca los criterios de descuentos especificos para la participacion Workshops Internacionales de Turismo; Que, como consecuencia de la aplicacion de la Ley Nº 29666, la misma que dispone que, a partir del 01 de marzo del presente ano, la tasa de 18% del Impuesto General a las Ventas, a traves del Memorando Nº 0432011/PROMPERU/SG-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto solicita la correspondiente conversion de los precios de venta comprendidos en la Carta de Servicios de PROMPERU; Que, asimismo, en el MORDAZA de las actividades programadas de promocion de las exportaciones y el turismo, mediante los Memorandos de los vistos correspondientes a la Sub Direccion de Promocion Comercial y Sub Direccion de Promocion del Turismo Receptivo tienen previstas la participacion en diferentes actividades internacionales dentro del ambito de sus respectivas competencias; solicitando la aprobacion previa de los precios de venta respectivos, conforme a la determinacion de costos efectuada por la Oficina de Administracion y Finanzas; Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM faculta a las Entidades del Sector Publico a desarrollar actividades de comercializacion de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, siendo requisito para ello que por Ley se las autorice y que mediante Resolucion del Titular de la Entidad se establezca la descripcion de los bienes y servicios objeto de comercializacion, las condiciones y limitaciones para su comercializacion si las hubiere, asi como el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT, debiendo publicarse la referida Resolucion en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, el literal n) del articulo 13º del Reglamento de Organizacion y Funciones de Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR y modificado por Decreto Supremo Nº 014-2010-MINCETUR; Con la visacion de la Direccion de Promocion del Turismo, Direccion de Promocion de las Exportaciones, Sub Direccion de Promocion del Turismo Receptivo, Sub Direccion de Promocion Comercial, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina de Administracion y Finanzas y Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sustituir el inciso 4.6 dentro del numeral 4. "DESCUENTOS" de la Politica de Comercializacion de Servicios No Exclusivos de PROMPERU, aprobada por Resolucion de Secretaria General Nº 082-2010PROMPERU/SG, y modificada por las resoluciones indicadas en la parte considerativa de la presente, con el siguiente texto: "4.6 CoExpositores de Ferias Internacionales de Turismo Los descuentos senalados en el siguiente cuadro, han sido fijados en funcion al tamano de la empresa (ventas anuales) y el numero de vez o veces que participa en la actividad dentro de un mismo ejercicio presupuestal, a traves de PROMPERU. El numero de veces sera

contabilizado a partir de la entrada en vigencia del presente documento.
DESCUENTOS APLICABLES PARTICIPACION EN FERIAS INTERNACIONALES DE TURISMO Tamano de Empresa Micro y Pequena (Ventas Totales hasta 1,700 UIT) Mediana y Grande (Ventas Totales mayores a 1,700 UIT) Nº de Veces que Participaciones en la Actividad 1 45% 35% 2 38% 27% 3 25% 18% 4 13% 9% 5 o mas 0% 0%

Descuento Adicional por inscripcion simultanea en 2 o 3 ferias Descuento Adicional por inscripcion simultanea en 4 o mas ferias

5% 15%

Las Direcciones Regionales de Comercio Exterior y Turismo (DIRCETUR) o las que MORDAZA sus veces, tendran un descuento del cien por ciento (100%) sobre el precio de venta, sujeto a la disponibilidad de cupos por Feria Internacional, la misma que sera informada oportunamente por la Sub Direccion de Promocion del Turismo Receptivo. Este descuento se aplica una vez al ano. Los cupos se estableceran para cada feria de acuerdo al siguiente cuadro:
Tamano de Stand de la Feria Internacional Rango Cupos Mayor a 150 m2 hasta 300 m2 1 cupo Mayor a 300 m2 hasta 450 m2 2 cupos Mayor a 450 m2 hasta 600 m2 3 cupos Mayor a 600 m2 hasta 750 m2 4 cupos

Articulo 2º.- Incorporar el inciso 4.16 dentro del numeral 4. "DESCUENTOS" de la Politica de Comercializacion de Servicios No Exclusivos de PROMPERU, aprobada por Resolucion de Secretaria General Nº 082-2010-PROMPERU/SG, y modificada por las resoluciones indicadas en la parte considerativa de la presente, con el siguiente texto: "4.16 CoExpositores de Workshops Internacionales de Turismo Los descuentos senalados en el siguiente cuadro, han sido fijados en funcion al tamano de la empresa (ventas anuales) y el numero de vez o veces que participa en la actividad dentro de un mismo ejercicio presupuestal, a traves de PROMPERU. El numero de veces sera contabilizado a partir de la entrada en vigencia del presente documento.
DESCUENTOS APLICABLES PARTICIPACION EN WORKSHOPS INTERNACIONALES DE TURISMO Tamano de Empresa Micro y Pequena (Ventas Totales hasta 1,700 UIT) Mediana y Grande (Ventas Totales mayores a 1,700 UIT) Nº de Veces que Participaciones en la Actividad 0a3 60% 40% 4a5 40% 20% mas de 5 20% 0%

Descuento Adicional para Workshops MORDAZA B de 3 o mas ciudades

10%

Articulo 3º.- Aprobar el precio de venta para los servicios de participacion en las actividades internacionales de exportaciones y turismo, de acuerdo al siguiente cuadro:

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