Norma Legal Oficial del día 18 de Marzo del año 2011 (18/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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crecientes y vaciantes, el ciclo del agua, oxigeno, carbono, nutrientes vitales para la salud de los ecosistemas y el ciclo biologico de numerosas especies. g) Promover el manejo sostenible de las poblaciones de peces de importancia social y comercial, como las especies de consumo yaraqui, palometa, pana negra, acarahuazu, MORDAZA negra, chilodus, tucunare, sabalo y las especies ornamentales raya tigre, raya otorongo, raya motelo, raya china, punto MORDAZA, corbata o red net, oblicuas, tetra MORDAZA o red pencil, pez hoja, kuruhuara y otros. h) Recuperar, a traves de medidas de proteccion y manejo, los ecosistemas degradados, terrestres y acuaticos, de la MORDAZA del Nanay, incluyendo las subcuencas del Pintuyacu y el Chambira, asi como las poblaciones de fauna y MORDAZA MORDAZA actualmente sobre explotadas. i) Garantizar el aprovisionamiento permanente de recursos naturales renovables, de fauna y MORDAZA, para las poblaciones aledanas al Area de Conservacion Regional ­ ACR Alto Nanay - Pintuyacu - Chambira, a traves de medidas de manejo orientadas especialmente a disminuir la excesiva presion de las actividades de caza, pesca y recoleccion, y a promover practicas sostenibles de cosecha. j) Promover la participacion ciudadana informada, principalmente en las comunidades locales, en actividades de educacion ambiental que contribuyan a la conservacion de los recursos naturales y a la gestion del ACR. k) Promover el uso sostenible de los recursos naturales por las comunidades locales mediante la implementacion del Plan Maestro y de otros documentos de gestion del ACR, y acuerdos entre las comunidades, especialmente acerca de las especies prioritarias para la conservacion, promoviendo la mejora de las condiciones de MORDAZA de las poblaciones locales y respetando sus derechos legitimos al aprovechamiento sostenible de los recursos naturales. Articulo 3º.- Administracion y Financiamiento El Area de Conservacion Regional Alto Nanay Pintuyacu - Chambira sera administrada e integramente financiada por el Gobierno Regional de MORDAZA, sin demandar recursos adicionales al Estado, siendo labor del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP, la supervision y asesoria tecnica, asi como la capacitacion del personal designado por el Gobierno Regional de MORDAZA para la administracion de la mencionada Area Natural Protegida. Articulo 4º.- Derechos Adquiridos Respetese los derechos de propiedad y otros derechos adquiridos con anterioridad al establecimiento del Area de Conservacion Regional Alto Nanay - Pintuyacu - Chambira, y regulese su ejercicio en MORDAZA con los objetivos y fines de creacion del area, asi como en merito a lo normado por la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, la Ley Nº 26834, Ley de Areas Naturales Protegidas, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, el Plan Director de las Areas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2009-MINAM, y todas aquellas normas vinculadas a la materia. Articulo 5º.- Aprovechamiento de los Recursos Naturales Renovables Precisese que al interior del Area de Conservacion Regional Alto Nanay - Pintuyacu - Chambira, se permite el uso directo de los recursos naturales renovables, prioritariamente por la poblacion local, bajo planes de manejo y planes especificos, aprobados, supervisados y controlados por la autoridad competente con excepcion del aprovechamiento forestal maderable. Las opciones de uso y aprovechamiento de estos recursos seran definidos en el Plan Maestro de acuerdo a su zonificacion. Articulo 6º.- Aprovechamiento de los Recursos Naturales No Renovables El aprovechamiento de recursos naturales no renovables al interior del Area de Conservacion Regional Alto Nanay - Pintuyacu - Chambira, estara sujeto a las normas de proteccion ambiental y a las limitaciones y

restricciones previstas en los objetivos de creacion del area y su zonificacion, de acuerdo a su Plan Maestro. La realizacion de actividades de aprovechamiento de los recursos naturales no renovables requiere de la evaluacion de su impacto ambiental por la autoridad competente. Dicho Plan Maestro se aprobara en un plazo no mayor de nueve (9) meses, contados a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo, en concordancia con lo previsto en el Decreto Supremo Nº 003-2011-MINAM. Articulo 7º.- Desarrollo de actividades al interior del area Precisese que el establecimiento del Area de Conservacion Regional Alto Nanay - Pintuyacu - Chambira, no limitara la ejecucion de obras de infraestructura vial o de servicios, asi como el desarrollo de actividades o proyectos en su interior, sea en predios de propiedad publica o privada que MORDAZA aprobados por la autoridad competente en el MORDAZA de sus atribuciones. Dichas actividades estaran sujetas a los objetivos de creacion y zonificacion y a las normas de proteccion ambiental. El desarrollo de estas actividades sera definido por el Plan Maestro del Area Natural Protegida y requeriran de la evaluacion del impacto ambiental. La aprobacion de las evaluaciones de impacto ambiental de dichas actividades debera contar con la opinion previa favorable del SERNANP como condicion indispensable para su aprobacion. Articulo 8º.- Refrendo y Vigencia El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro del Ambiente, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de marzo del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BRACK EGG Ministro del Ambiente

AREA DE CONSERVACION REGIONAL ALTO NANAY ­ PINTUYACU - CHAMBIRA MEMORIA DESCRIPTIVA Nombre : Area de Conservacion Regional Alto Nanay ­ Pintuyacu ­ Chambira : Novecientos cincuenta y cuatro mil seiscientas treinta y cinco hectareas y cuatro mil ochocientos metros cuadrados (954 635,48 ha) : La demarcacion de los limites se realizo en base a la Carta Nacional de escala 1/100,000, elaborada y publicada por el Instituto Geografico Nacional - IGN, utilizando la informacion siguiente:
Codigo Nombre 06-m 06-n 06-n 07-m 07-n 07-n 07-o 08-n San MORDAZA Quebrada Aguablanca Quebrada Sabaloyacu Pucacuro Intuto Rio Pintoyacu Rio Mazan Rio Corrientes Datum WGS84 WGS84 WGS84 WGS84 WGS84 WGS84 WGS84 WGS84

Superficie

Limites

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