Norma Legal Oficial del día 18 de Marzo del año 2011 (18/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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Visto el Expediente N° 10-087409-001, que contiene los Informes Nº 016-2010-DGSP-DSS-SES-CENARUE/ MINSA y Nº 012-2010-DSS-DGSP/MINSA, de la Direccion de Servicios de Salud de la Direccion General de Salud de las Personas, los Informes Nº 0241-2010-OGPP-OO/ MINSA y Nº 0035-2011-OGPP-OO/MINSA, de la Oficina de Organizacion de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 107-2011-OGAJ/MINSA, de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, el literal h) del articulo 3° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que es competencia de rectoria sectorial del Ministerio de Salud en el Sistema Nacional de Salud, entre otros, el analisis y la regulacion tecnica de la prestacion de servicios de salud; Que, el literal a) del articulo 43° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005/MINSA, senala que la Direccion de Servicios de Salud de la Direccion General de Salud de las Personas esta a cargo de innovar el diseno y regular el funcionamiento y desarrollo de los establecimientos y servicios de salud publicos, teniendo en cuenta el modelo de atencion integral y las particularidades de las realidades regionales y locales, con pleno respeto de la persona humana; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 751-2004/ MINSA, se aprueba la MORDAZA Tecnica N° 018-MINSA/ DGSP-V01: "Norma Tecnica del Sistema de Referencia y Contrareferencia de los Establecimientos del Ministerio de Salud" cuya finalidad es garantizar la continuidad de la atencion de los usuarios en los servicios de salud, a traves de un sistema de referencia y contrareferencia efectivo y eficiente, implementado en los diferentes establecimientos de salud, mejorando el estado de salud de las personas; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 866-2007/ MINSA, modificada por Resolucion Ministerial Nº 7312008/MINSA, se conformo con caracter temporal la Unidad Funcional Central Nacional de Regulacion de las Referencias de Emergencias-CENAREM en la Direccion de Servicios de Salud de la Direccion General de Salud de las Personas, encargada de disenar, regular, organizar e implementar los procesos de Referencias de Emergencias en el ambito nacional, que orienten y faciliten la atencion de los casos de emergencia y brinde el soporte al Sistema de Referencia y Contrareferencia; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 2662009/MINSA, se modifico la denominacion de "Central Nacional de Regulacion de Referencias de Emergencias ­ CENAREM", por "Central Nacional de Referencias de Urgencias y Emergencias ­ CENARUE", constituida como Unidad Funcional de la Direccion de Servicios de Salud de la Direccion General de Salud de las Personas; Que, a traves del Informe Nº 016-2010-DGSP-DSSSES-CENARUE/MINSA, la Direccion de Servicios de Salud establece que se justifica la implementacion permanente de la Central Nacional de Referencias de Urgencias y Emergencias ­ CENARUE, como la instancia para disenar, regular y organizar los procesos de referencia de pacientes en situacion de urgencia y emergencia en el ambito nacional, contribuyendo al fortalecimiento del Sistema de Referencia y Contrareferencia; Que, mediante Informe Nº 0241-2010-OGPP-OO/ MINSA la Oficina de Organizacion de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, manifiesta que la Central Nacional de Referencias de Urgencias y Emergencias ­ CENARUE debe conformarse como Unidad Funcional de la Direccion de Servicios de Salud, considerando sus resultados en la coordinacion de las referencias de urgencias y emergencias realizadas durante el periodo de su funcionamiento, y aprobarse mediante Resolucion Ministerial hasta la aprobacion del Manual de Organizacion y Funciones de la Direccion de Servicios de Salud, a efectos de no interrumpir su funcionamiento; Que, el numeral 5.4.5 de la Directiva Nº 007-MINSA/ OGPP-V.02 "Directiva para la Formulacion de Documentos Tecnicos Normativos de Gestion Institucional", aprobada por Resolucion Ministerial Nº 603-2006/MINSA, modificada por Resolucion Ministerial Nº 809-2006/MINSA, establece

en sus literales a), b), c) y d) los criterios para la conformacion de las areas funcionales, senalando que las mismas podran ser conformadas por las entidades, a fin de facilitar la organizacion, supervision, control de trabajo, acortando y agilizando la cadena de mando, sin crear instancias formales burocraticas que reduzcan la comunicacion, coordinacion e incrementen los costos, las cuales en ningun caso forman parte de la estructura organica de la entidad; Con el visado del Director General de la Direccion General de Salud de las Personas, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General encargada de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Viceministra de Salud; y; De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657 del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conformar la Unidad Funcional Central Nacional de Referencias de Urgencias y Emergencias ­ CENARUE, en la Direccion de Servicios de Salud de la Direccion General de Salud de las Personas, hasta la aprobacion del Manual de Organizacion y Funciones de dicha Direccion de Servicios de Salud. Articulo 2º.- La Unidad Funcional Central Nacional de Referencias de Urgencias y Emergencias ­ CENARUE, sera la encargada de organizar, disenar, implementar y hacer cumplir los procesos de referencias de urgencias y emergencias en el ambito nacional, que orienten y faciliten la atencion de los usuarios en casos de urgencia y emergencia, brindando el soporte al Sistema de Referencia y Contrareferencia, en el MORDAZA del Aseguramiento Universal en Salud. Articulo 3º.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud publique la presente Resolucion Ministerial en la direccion electronica http://www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas.asp del MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 615250-10

Aprueban el Plan Sectorial Concertado y Descentralizado para el Desarrollo de Capacidades en Salud 2010 - 2014 - PLANSALUD
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 184-2011/MINSA MORDAZA, 15 de marzo de 2011 Visto, el Expediente Nº 10-093946-001 que contiene la Nota Informativa Nº 310-2010-DGRH-DG-Nº222-DC/ MINSA, el Informe Nº 153-2010-OPGI-OGPP/MINSA, el Informe Nº 005-2011-OD/MINSA y la Nota Informativa Nº 33-2011-DGRH-DGNº25-DC/MINSA; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 9º de la Constitucion Politica del Peru, el Estado determina la politica nacional de salud, el Poder Ejecutivo MORDAZA y supervisa su aplicacion y en tal sentido, es responsable de disenarla y conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud; Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27657 Ley del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud como organo del Poder Ejecutivo, es el ente rector en el sector salud que conduce, regula y promueve la intervencion del Sistema Nacional de Salud; asimismo, el inciso b) del articulo 8º de dicha Ley, dispone que el Ministro de Salud es el responsable politico y esta a cargo del Sector Salud,

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