Norma Legal Oficial del día 18 de Marzo del año 2011 (18/03/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

439119

d) Omitir intencionalmente consignar una declaracion que deberia constar en documento que le corresponde emitir en el ejercicio de la funcion o cargo, generando perjuicio o grave afectacion al servicio publico. Esta infraccion es considerada como muy grave. Infracciones obediencia contra el MORDAZA de lealtad y

de las entidades, o el trabajo de servidores publicos, empleados o terceros contratados por las entidades. Esta infraccion es considerada como muy grave. Infracciones contra el deber de responsabilidad n) Incumplir, negarse o demorar de manera injustificada e intencional, el ejercicio de las funciones a su cargo, en los procedimientos en los que participa con ocasion de su funcion o cargo. Esta infraccion es considerada como grave. o) Disponer, aprobar o autorizar la ejecucion de actos y/o procedimientos, en ejercicio de las funciones a su cargo, que se encuentren en MORDAZA infraccion a la ley o al reglamento, generando grave afectacion al servicio publico. Esta infraccion es considerada como grave. Infracciones contra la prohibicion de mantener intereses en conflicto p) Intervenir o participar indebidamente en la seleccion, nombramiento, designacion, contratacion, promocion, rescision o resolucion del contrato o sancion de cualquier funcionario o servidor publico, cuando tenga interes personal, familiar o de negocios en el caso, o tenga relacion personal directa, o pueda derivar alguna ventaja o beneficio para el o para terceras personas. Esta infraccion es considerada como grave. q) Intervenir con ocasion de su cargo, en la atencion, tramitacion o resolucion de asuntos que se encuentran bajo su ambito de actuacion funcional, en que tenga interes personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellos de los que pueda resultar algun beneficio para si mismo, su conyuge o parientes hasta el MORDAZA grado de consanguinidad o MORDAZA de afinidad. Esta infraccion es considerada como grave. Infraccion contra la prohibicion de obtener ventajas indebidas r) Obtener o procurar beneficios o ventajas indebidas, para si o para otros, haciendo uso de su cargo, autoridad, influencia o apariencia de influencia. Esta infraccion es considerada como muy grave. s) Aceptar empleo, comision o ejercer actividad de consultoria o asesoramiento para personas naturales o juridicas, de caracter privado, conforme a las prohibiciones e impedimentos legalmente establecidos. En caso de haber cesado en el cargo o funcion, la infraccion se configura mientras se mantengan las referidas prohibiciones o impedimentos, conforme a los periodos establecidos legalmente. Esta infraccion es considerada como grave. Infraccion contra la prohibicion de hacer mal uso de informacion privilegiada t) Usar en beneficio propio o de terceros informacion privilegiada a la que se tuviera acceso por la funcion que se desempena. Esta infraccion es considerada como grave. u) Revelar un hecho o circunstancia que deba mantenerse en secreto o reservado, de la que MORDAZA tenido conocimiento en virtud del ejercicio de su cargo. Esta infraccion es considerada como grave. CAPITULO III INFRACCIONES POR REALIZAR ACTOS QUE PERSIGUEN FINALIDADES PROHIBIDAS Articulo 8º.- Infracciones por realizar actos que persiguen finalidades prohibidas Los funcionarios o servidores publicos incurren en responsabilidad administrativa funcional por la comision de infracciones graves o muy graves, relacionadas a realizar actos persiguiendo un fin prohibido por ley o reglamento, especificamente por: a) Autorizar, disponer o aprobar la contratacion de personas impedidas, incapacitadas o inhabilitadas para contratar con el Estado, en adquisiciones de bienes,

e) Ejercer funciones que no le han sido asignadas, o que corresponden a cargo diferente, en procura de obtener un beneficio personal o para terceros, en los procedimientos en que participe con ocasion de su funcion o cargo. Esta infraccion es considerada como muy grave. f) Incumplir la prohibicion expresa de ejercer las funciones de cargo o comision, luego de haber concluido el periodo para el cual se le designo, por haber cesado o por cualquier otra causa legal que se lo impida. Esta infraccion es considerada como muy grave. g) Incumplir los mandatos de inhabilitacion para el ejercicio de la funcion publica o suspension temporal en el ejercicio de las funciones, incluyendo aquellos dictados en el MORDAZA de los procesos sancionadores por responsabilidad administrativa funcional derivada de los Informes emitidos por los organos del Sistema Nacional de Control, pese a tener conocimiento de la referida inhabilitacion o suspension. Esta infraccion es considerada como muy grave. Infraccion contra el deber de neutralidad h) Actuar parcializadamente en contra de los intereses del Estado, en los contratos, licitaciones, concurso de precios, subastas, licencias, autorizaciones o cualquier otra operacion o procedimiento en que participe con ocasion de su cargo, funcion o comision, dando lugar a un beneficio ilegal, sea propio o de tercero. Esta infraccion es considerada como muy grave. Infraccion contra el deber de ejercicio adecuado del cargo i) Ejercer coaccion contra personas o recibir beneficios para fines de cumplir sus funciones con prontitud o preferencia, o para suministrar informacion privilegiada o protegida, en beneficio personal o de terceros. Esta infraccion es considerada como muy grave. j) Hacer uso indebido del cargo, para inducir o presionar a otro funcionario o servidor publico, a efectuar, retrasar u omitir realizar algun acto que le reporte cualquier beneficio, provecho o ventaja para si o para su conyuge o parientes hasta el MORDAZA grado de consanguinidad y MORDAZA de afinidad, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales, de negocios, o para socios o empresas de las que el servidor publico o las personas MORDAZA referidas formen o hayan formado parte. Esta infraccion es considerada como muy grave. Infracciones contra el deber de uso adecuado de los bienes y recursos del Estado k) Usar indebidamente o dar una aplicacion diferente, a los bienes y recursos publicos que le han sido confiados en administracion o custodia o que le han sido asignados con ocasion de su cargo o funcion, o, que han sido captados o recibidos para la adquisicion de un bien, la realizacion de obra o prestacion de servicio, cuando de dicho uso o aplicacion se obtenga un beneficio personal no justificado o desproporcionado, o sea para actividades partidarias, manifestaciones o actos de proselitismo. Esta infraccion es considerada como muy grave. No esta comprendido en esta infraccion el uso de los vehiculos motorizados asignados al servicio personal por razon del cargo. l) Disponer que una persona particular, utilice bienes, rentas, importes o valores integrantes del patrimonio de las entidades, sin la observancia de las disposiciones legales aplicables al caso. Esta infraccion es considerada como muy grave. m) Disponer que se utilicen, en obra o servicio particular, vehiculos, maquinas, aparatos o material de cualquier naturaleza, de propiedad o a disposicion de cualquiera

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.