Norma Legal Oficial del día 18 de Marzo del año 2011 (18/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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del MORDAZA, promovera un sistema operativo, sencillo, desarrollado en el MORDAZA peruano, certificando a las entidades que acrediten su capacitacion con tal fin. Que, de acuerdo con la estadistica proporcionada por el Sistema de Informacion Regional existe un PEA aproximado de 790,000 trabajadores que existen una poblacion estudiantil de 360,000 estudiantes de colegios y 120,000 estudiantes universitarios y 17,000 estudiantes de institutos tecnologicos, asi como que la poblacion que esta en contacto con estos agentes de cambio, seran directamente beneficiados, al acceder a un metodo de cuantificacion y cualificacion de seguridad personal. Que, para cumplir con la Constitucion Politica del Estado y el Decreto Supremo N° 0092005-TR, y su modificatoria Decreto Supremo N° 007-2007-TR, en forma operativa, facil, precisa, MORDAZA y de bajo costo y se establezca en forma obligatoria la implementacion de un sistema operativo de seguridad basada en el comportamiento, en todos los centros de trabajo de la Region La MORDAZA, asi como en los colegios, universidades e institutos tecnicos; proponiendo a la Region como un referente nacional de calidad mundial de acuerdo a las reglamentaciones internacionales. Que, es de interes social del Gobierno Regional de La MORDAZA hacer patente la intervencion del Estado en su rol de participacion en la prevencion de riesgos en el trabajo, como promotor de la responsabilidad social mediante la inclusion de la poblacion en el desarrollo del MORDAZA y propulsor del cambio cultural a traves de creacion de una identidad regional, siendo necesario disponer el cumplimiento del Decreto Supremo N° 009-2005-TR, la implementacion obligatoria de un Sistema Operativo de Seguridad Basada en el Comportamiento (SBC), por parte de las empresas de todos los sectores economicos bajo el regimen de la actividad privada de la Region La Libertad; asi mismo el mencionado procedimiento de cumplimiento a los principios que se establecen en el reglamento de referencia y que se mencionan a continuacion, en los cuales se resume el MORDAZA del reglamento y su finalidad que es preservar la MORDAZA humana y minimizar los accidentes laborales, siendo esto una respuesta de la sociedad civil En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, y estando a lo acordado. Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: Articulo Primero.- DISPONER la implementacion obligatoria de un Sistema Operativo de Seguridad Basada en el Comportamiento (SBC), por parte de las empresas de todos los sectores economicos bajo el regimen de la actividad privada de la Region La MORDAZA quienes para efectos de la presente Ordenanza Regional se les denominara: "Empresas Implementadas". Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Trabajo y Promocion del Empleo, a traves de la Direccion de Empleo y Formacion Profesional, acreditar a las personas juridicas, calificadas como Empresas Autorizadas para implementar un Sistema Operativo de Seguridad Basada en Comportamiento (SBC) en las Empresas Implementadas. Las personas juridicas calificadas como Empresas Autorizadas emitiran una MORDAZA de Implementacion del Sistema Operativo a las Empresas Implementadas, para cuyo efecto deberan cumplir con los requisitos estipulados en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Asimismo, se debera establecer categorias al momento de la implementacion de este Sistema de Seguridad, tomando en cuenta el MORDAZA de empresas que existen en nuestra localidad, segun el corresponda si es grande, pequena o microempresa Articulo Segundo.- AMBITO DE APLICACION Todas las Empresas Implementadas de la Region La MORDAZA se adecuaran a la presente Ordenanza Regional cumpliendo con presentar anualmente ante la Gerencia Regional de Trabajo y Promocion del Empleo la MORDAZA que acredita la implementacion de un Sistema Operativo

de Seguridad Basada en Comportamiento (SBC), emitida por las empresas autorizadas. La Gerencia Regional de Trabajo y Promocion del Empleo determinara mediante un cronograma de Implementacion, a traves de la Direccion de Empleo y Formacion Profesional prescritos en el Anexo II que constituye de la presente Ordenanza Regional, los plazos para la adecuacion ordenada y progresiva de las Empresas Implementadas. Las Empresas que no cumplan con lo dispuesto en el Articulo 28° inciso 7, 8 y 9 del Decreto Supremo Nº 0192006-TR y su modificatoria por el Decreto Supremo Nº 019-2007-TR, Reglamento de la Ley de Inspeccion Nº 28806, seran sancionadas por la Autoridad Administrativa de Trabajo. Articulo Tercero.- EMPRESAS AUTORIZADAS PARA IMPLEMENTAR UN SISTEMA OPERATIVO DE SEGURIDAD BASADA EN COMPORTAMIENTOS Se entiende por Empresas Autorizadas: "Aquellas que cumplan con los requisitos obligatorios para su inscripcion ante la Gerencia Regional de Trabajo y Promocion del Empleo", siendo los siguientes: a) Ser persona juridica constituida en la Region La MORDAZA cuyo objeto sea brindar servicios de seguridad y salud en el trabajo. b) Demostrar de forma documentada la acreditacion en cursos de Seguridad Basada en Comportamiento (SBC) de cuando menos uno (1) de sus funcionarios, quien debera contar con un antiguedad laboral minima de 12 meses en la Empresa Autorizada. c) La Empresa Autorizada debera acreditar como minimo un (1) ano de operaciones como empresa de servicios de seguridad industrial. d) Presentar un Manual Practico de Procedimientos, que describa la metodologia de aplicacion de la Seguridad Basada en Comportamiento (SBC). e) Evidenciar la implementacion de su metodologia de aplicacion de la Seguridad Basada en Comportamiento (SBC) en cuando menos una (1) empresa del sector economico de la Region La MORDAZA con una anterioridad minima de seis (06) meses demostrando resultados positivos en la aplicacion. f) Ficha RUC y 3 ultimas presentaciones de programas de declaracion telematicas (PDT). g) Vigencia de poderes actualizada del Gerente General. Articulo Cuarto.- REGISTRO DE INSCRIPCION Crear el Registro de Inscripcion de Empresas Autorizadas para implementar un Sistema Operativo de Seguridad Basada en Comportamiento (SBC), que estara a cargo de la Gerencia Regional de Trabajo y Promocion del Empleo a traves de la Direccion de Empleo y Formacion Profesional. La inscripcion en el Registro senalado en el parrafo anterior es requisito obligatorio para las Empresas Autorizadas. Siendo dicha inscripcion indispensable para brindar el servicio de implementacion de un sistema operativo de Seguridad Basada en Comportamiento (SBC), asi como para la emision de la MORDAZA de Implementacion. Las Empresas que soliciten la inscripcion deberan presentar un expediente con los requisitos mencionados en el Articulo Tercero de la presente Ordenanza Regional. Articulo Quinto.CONSTANCIA DE IMPLEMENTACION La MORDAZA de Implementacion de un Sistema Operativo de Seguridad Basada en el Comportamiento (SBC), entregada por las Empresas Autorizadas tendra un plazo de vigencia de un (01) ano a partir de la fecha de su otorgamiento. El procedimiento de renovacion de la MORDAZA de implementacion de un Sistema Operativo de Seguridad Basada en el Comportamiento (SBC) debera incluir una evaluacion por parte de la Empresas Autorizadas con respecto a los principios determinados en el Decreto Supremo N° 009-2005-TR asi como del resultado del MORDAZA de Seguridad Basada en Comportamiento

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