Norma Legal Oficial del día 18 de Marzo del año 2011 (18/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

439201

Que, de conformidad con la atribucion establecida en el inciso f) del articulo 59º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, aprobada por Ley Nº 27867, y con lo dispuesto en el Articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por D.S. Nº 01492-EM; y, el Articulo 24º del D.S. Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese en el Diario Oficial El Peruano las concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de febrero del 2011 por esta Direccion Regional Sectorial de Energia y Minas de Tacna, de acuerdo a la relacion adjunta que es parte integrante de la presente resolucion y para los efectos a que se contraen los articulos 124º del D.S. Nº 014-92-EM; y, 24º del D.S. Nº 018-92-EM; siendo las referidas las siguientes: RELACION DE LAS 02 CONCESIONES OTORGADAS EN EL MES DE FEBRERO DEL 2011 AL MORDAZA DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 708 NOMENCLATURA A) NOMBRE DE LA CONCESION; B) CODIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NUMERO Y FECHA DE LA RESOLUCION DIRECTORAL; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM DE LOS VERTICES EXPRESADOS EN KILOMETROS 1.-A) MORDAZA MORDAZA II B) 73-00016-10 C) SOCIEDAD MINERA MORDAZA MORDAZA DE TACNA S.R.L. D) RD Nº 07-2011-DRSEMT/G.R.TACNA 07/02/2011 E) 19 F) V1:N8 026 E384 V2:N8 025 E384 V3:N8 025 E383 V4:N8 026 E383 2.-A) MORDAZA MORDAZA III B) 73-00035-10 C) MORDAZA MORDAZA GAETE MORDAZA MORDAZA D) RD Nº 092011-DRSEMT/G.R.TACNA 28/02/2011 E) 19 F) V1:N8 058 E440 V2:N8 057 E440 V3:N8 057 E438 V4:N8 056 E438 V5:N8 056 E437 V6:N8 054 E437 V7:N8 054 E435 V8:N8 056 E435 V9:N8 056 E436 V10:N8 057 E436 V11: N8 057 E437 V12:N8 058 E437. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Regional Sectorial Direccion Regional Sectorial de Energia y Minas de Tacna 615373-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Rectifican error material incurrido en el literal c) del Articulo Decimo Primero de la Ordenanza Nº 186MDLM que establece MORDAZA normativo e importe de los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2010
ORDENANZA Nº 206 La MORDAZA, 8 de marzo de 2011 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 08 de marzo del 2011, el Dictamen Conjunto Nº 01 de la Comision de Administracion, Rentas, Presupuesto e Informatica y la Comision de Asuntos Juridicos, sobre el Proyecto de Ordenanza Municipal que rectifica el error material en la publicacion contendido en el literal c) del articulo Decimo Primero de la Ordenanza Nº 186-MDLM que establece el MORDAZA Normativo e Importe de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2010; y,

Que, en virtud a lo estipulado en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local, los cuales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; correspondiendole al Concejo Municipal las funciones normativas que se materializan a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de conformidad con lo establecido en el articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru; Que, mediante Ordenanza Nº 186-MDLM se aprobo el MORDAZA normativo e importe de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2010, la cual fue publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31 de diciembre del 2009; Que, el literal c) del articulo Decimo Primero de la Ordenanza Nº 186-MDLM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31 de diciembre del 2009, contiene un error material de transcripcion, al consignar que "Los contribuyentes debidamente calificados como Defensores de la Patria, por el Ministerio de Defensa, en razon de haber participado en la MORDAZA Militar de 1941, los Incidentes Armados Fronterizos del Subsector del Alto Cenepa de 1978, el Conflicto MORDAZA de la Cordillera del MORDAZA de 1981 y del Conflicto de la MORDAZA del Alto Cenepa de 1995, gozaran de un descuento del cincuenta por ciento (100%) sobre el monto a pagar por los Arbitrios Municipales regulados en la presente Ordenanza, ..."; siendo el texto original correcto el siguiente: "Los contribuyentes debidamente calificados como Defensores de la Patria, por el Ministerio de Defensa, en razon de haber participado en la MORDAZA Militar de 1941, los Incidentes Armados Fronterizos del Subsector del Alto Cenepa de 1978, el Conflicto MORDAZA de la Cordillera del MORDAZA de 1981 y del Conflicto de la MORDAZA del Alto Cenepa de 1995, gozaran de un descuento del cien por ciento (100%) sobre el monto a pagar por los Arbitrios Municipales regulados en la presente Ordenanza, ..."; Que, al respecto la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 067-2011-MDLM-GAJ, opina que el error material en que se ha incurrido en la publicacion de la Ordenanza Nº 186-MDLM, debe ser rectificado mediante la emision de una Ordenanza Municipal por el Concejo Municipal, debido a que ha transcurrido en exceso el plazo para la rectificacion mediante fe de erratas, que preve el primer parrafo del articulo 6º de la Ley Nº 26889, Ley MORDAZA para la Produccion y Sistematizacion Legislativa; Que, bajo ese contexto, corresponde rectificar dicho error material, de conformidad con lo previsto en el MORDAZA parrafo del articulo 6º de la Ley Nº 26889, Ley MORDAZA para la Produccion y Sistematizacion Legislativa; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido por los articulos 38º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del Acta, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE RECTIFICA EL ERROR MATERIAL EN LA PUBLICACION CONTENIDO EN EL LITERAL C) DEL ARTICULO DECIMO PRIMERO DE LA ORDENANZA Nº 186-MDLM QUE ESTABLECE EL MORDAZA NORMATIVO E IMPORTE DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2010 Articulo Primero.- RECTIFICAR el error material en la publicacion, contenida en el literal c) del articulo Decimo Primero de la Ordenanza Municipal Nº 186MDLM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31 de diciembre del 2009, de acuerdo al siguiente texto: "c) Los contribuyentes debidamente calificados como Defensores de la Patria, por el Ministerio de Defensa, en razon de haber participado en la MORDAZA Militar de 1941, los Incidentes Armados Fronterizos

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