Norma Legal Oficial del día 19 de Marzo del año 2011 (19/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de marzo de 2011

del 1 de MORDAZA de 2011 al 31 de marzo de 2013, a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: ANO FISCAL 2011 Pasaje aereo: MORDAZA - MORDAZA D.C., EE.UU. US$ 1,031.00 x 4 personas (Incluye TUUA) Gasto de Traslado (ida) US$ 6,930.00 x 2 compensaciones Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru, efectuara el pago de la Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero que corresponda de acuerdo a la modalidad de la mision, por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG, de 26 de enero del 2004 y sus modificatorias, con cargo al presupuesto Institucional del ano fiscal correspondiente. Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total del periodo de tiempo autorizado. Articulo 5º.- El mencionado Oficial revistara en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejercito del Peru, por el periodo que dure la presente Comision Especial en el Exterior. Articulo 6º.- El citado oficial, no podra solicitar su pase a la situacion de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido a la Institucion el tiempo compensatorio previsto de acuerdo a la duracion de la Comision en el exterior. Articulo 7º.- El citado Oficial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a la fecha de su retorno al MORDAZA, presentara un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 8º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 9º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa
616910-11

se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Ecuador sin MORDAZA de guerra; Que, el Centro de Investigacion de Enfermedades Tropicales de la MORDAZA del departamento de los Estados Unidos de MORDAZA ­ NAMRU-6 en MORDAZA, realizara una capacitacion en el area de Epidemiologia en la que participara personal militar de la Republica de Ecuador; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores", y; Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifica la Ley Nro. 27856, Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, a la MORDAZA de Navio Giannella Katinka MORDAZA, de la Republica de Ecuador, para participar en una capacitacion en el area de Epidemiologia del Centro de Investigacion de Enfermedades Tropicales- NAMRU-6 en MORDAZA, del 21 de marzo de 2011 al 21 de enero de 2012. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa
616336-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 242-2011-DE/SG

MORDAZA, 17 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 186 de fecha 16 de marzo de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, el Cuerpo de Ingenieros del Comando Sur de los Estados Unidos, tiene prevista una visita a los diferentes proyectos que se desarrollan en forma conjunta con las Fuerzas Armadas del Peru, con fondos del Programa de Ayuda Humanitaria - HAP; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento

Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de Ecuador, EE.UU., MORDAZA y Republica Popular China
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 241-2011-DE/SG

MORDAZA, 17 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 179 de fecha 14 de marzo de 2011, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita

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