Norma Legal Oficial del día 19 de Marzo del año 2011 (19/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, el 54º Periodo de Sesiones de la Comision de Estupefacientes de las Naciones Unidas, se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Austria, del 21 al 25 de marzo de 2011; Que, en el MORDAZA del 54º Periodo de Sesiones de la Comision de Estupefacientes, nuestro MORDAZA propondra el proyecto de Resolucion "Necesidad de una Comprension Homogenea del Concepto del MORDAZA de la Responsabilidad Comun y Compartida", propugnando fortalecer el dialogo y la cooperacion entre los Estados, con miras a lograr la proporcionalidad de esfuerzos y recursos para afrontar el problema mundial de las drogas en sus dos manifestaciones: la oferta y la demanda; Que, de acuerdo a la politica de financiacion de las Naciones Unidas se ha previsto cubrir los gastos de pasajes aereos del representante del Ministerio de Relaciones Exteriores; Teniendo los Memoranda (DGM) Nº DGM0212/2011, de la Direccion General para Asuntos Multilaterales y Globales, de 09 de marzo de 2011; y, (OPR) N° OPR0703/2011, de la Oficina de Programacion y Presupuesto, de 15 de marzo de 2011, que otorga disponibilidad presupuestal al presente viaje; De conformidad la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica y su Reglamento; en concordancia con el articulo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 29357; la Ley Nº 27619, asi como el articulo 10.1 inciso d) de la Ley Nº 29626-2010-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, del Tercer Secretario en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA Valjean MORDAZA Chicchon, funcionario de la Direccion General para Asuntos Multilaterales y Globales, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Austria, del 21 al 25 de marzo del 2011, para que integre la Delegacion Peruana que participara en el 54º Periodo de Sesiones de la Comision de Estupefacientes de las Naciones Unidas. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comision de servicios, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 33855: Participacion, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos MORDAZA Valjean MORDAZA Chicchon Viaticos por dia US$ 260.00 Numero de dias 5+2 Total viaticos US$ 1,820.00

SALUD
Disponen que los establecimientos de salud que reciben o hayan recibido financiamiento del SIS, continuen brindando obligatoriamente el PEAS y los planes complementarios aprobados en el MORDAZA del Aseguramiento Universal en Salud
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 206-2011/MINSA

MORDAZA, 18 de marzo del 2011 Visto, el expediente Nº 11-014812-001, que contiene el Oficio Nº 179-2011-SIS-J, del Seguro Integral de Salud, y el Informe Nº 124-2011-OGAJ/MINSA, de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, el Seguro Integral de Salud (SIS) es un Organismo Publico Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, creado por Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, cuya mision es administrar los fondos destinados al financiamiento de prestaciones de salud individual de conformidad con la politica del Sector; Que, el articulo 3º de la Ley Nº 29344, Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, senala que el aseguramiento universal en salud es un MORDAZA orientado a lograr que toda la poblacion residente en el territorio nacional disponga de un seguro de salud que le permita acceder a un conjunto de prestaciones de salud de caracter preventivo, promocional, recuperativo y de rehabilitacion, en condiciones adecuadas de eficiencia, equidad, oportunidad, calidad y de dignidad sobre la base del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), dentro de un criterio de gradualidad y progresividad; Que, el articulo 6º de la Ley Nº 29344, establece que el Ministerio de Salud, en ejercicio de su rol rector en el Sector Salud, tiene la responsabilidad de establecer de manera descentralizada y participativa las normas y las politicas relacionadas con la promocion, la implementacion y el fortalecimiento del Aseguramiento Universal en Salud; Que, asimismo, el articulo 7º de la referida Ley Nº 29344, senala al SIS como una Institucion Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS); Que, por otro lado, el Decreto Supremo Nº 004-2007SA, establecio el Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias (LPIS), de aplicacion obligatoria para todos los establecimientos de salud que reciban financiamiento del SIS, asi como los Componentes de Aseguramiento Subsidiado y Semisubsidiado del Seguro Integral de Salud; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 401-2007/ MINSA, se aprobo la Directiva Administrativa Nº 111MINSA/SIS-V.01 "Directiva Administrativa que establece Normas Complementarias para la implementacion del Decreto Supremo Nº 004-2007-SA", implementandose el LPIS y estableciendose que el SIS evaluara y financiara aquellos danos no contemplados en el LPIS y que no representen exclusion, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal; Que, asimismo en observancia al numeral 5.5 de la referida Directiva Administrativa Nº 111-MINSA/SIS-V.01 el SIS expidio la Resolucion Jefatural Nº 149-2008/SIS, que aprobo la Directiva Nº 03-2008-SIS/J, "Directiva que regula la cobertura y los procesos de las prestaciones de Salud del Seguro Integral de Salud", en la cual se describe la cobertura ofrecidas por el SIS; Que, a traves del Decreto Supremo Nº 016-2009-SA, se aprobo el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), como el listado de Condiciones Asegurables, Intervenciones y Prestaciones a financiar y las Garantias

Articulo 3º.- Los gastos por concepto de viaticos, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores; siendo los organizadores del 54º Periodo de Sesiones de la Comision de Estupefacientes de las Naciones Unidas, quienes asumiran los costos de los pasajes aereos. Articulo 4º.- Dentro de los quince (15) dias calendario posteriores a su retorno al MORDAZA, el citado funcionario diplomatico presentara ante el Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistira; asimismo, debera presentar la rendicion de cuentas de acuerdo a ley. Articulo 5º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduanero; cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores
616359-2

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