Norma Legal Oficial del día 19 de Marzo del año 2011 (19/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de marzo de 2011

exonerandolo del tramite de lectura y aprobacion de Acta correspondiente." TABATA D. MORDAZA Secretaria de Actas Consejo Directivo PROINVERSION
616191-1

de la Direccion de Gestion del Patrimonio Estatal y de la Direccion de Normas y Registro; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y Decreto Supremo Nº 0162010-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la Directiva Nº 001-2011/SBN, que regula los "Procedimientos para la MORDAZA de Titularidad de Predios de Dominio Privado Estatal". Articulo 2º.- Disponer que la presente Directiva Nº 001-2011/SBN, aprobada en el articulo precedente, debe ser publicada en el MORDAZA Institucional de la SBN (www.sbn.gob.pe) entrando en vigencia a partir del dia siguiente de publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente
615550-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Aprueban la Directiva Nº 001-2011/SBN que regula los "Procedimientos para MORDAZA de Titularidad de Predios de Dominio Privado Estatal"
RESOLUCION Nº 014-2011/SBN

MORDAZA, 11 de marzo de 2011 CONSIDERANDO Que, mediante Ley Nº 29151, se crea el Sistema Nacional de Bienes Estatales como el conjunto de organismos, garantias y normas que regulan de manera integral y coherente los bienes estatales, en sus niveles de Gobierno Nacional, Regional y Local, a fin de lograr una administracion ordenada, simplificada y eficiente de los bienes del Estado; Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN es un organismo publico ejecutor y constituye un pliego presupuestal, siendo el ente rector responsable tanto de normar los actos de adquisicion, disposicion, administracion y supervision de los bienes estatales, como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administracion esta a su cargo, de acuerdo a la normatividad vigente gozando de autonomia economica, presupuestal, financiera, tecnica y funcional, con representacion judicial propia; Que, el articulo 13º de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, dispone que la SBN es responsable de normar los actos de adquisicion, disposicion, administracion y supervision de los bienes estatales; Que, los literales b), c) y d) del numeral 14.1 del articulo 14º de la acotada Ley, senalan como funciones y atribuciones exclusivas de la SBN, dictar las Directivas aplicables para la administracion, adquisicion y disposicion de los bienes de propiedad estatal, procurar una eficiente gestion del portafolio inmobiliario de los bienes estatales optimizando su uso y valor, asi como supervisar los bienes estatales, el cumplimiento del debido procedimiento y de los actos que ejecutan las entidades pertenecientes al Sistema, poniendo en su conocimiento y el de la Contraloria General de la Republica las infracciones a la normatividad que determine para las acciones correctivas y sanciones respectivas, bajo responsabilidad del Titular de la entidad publica; Que, en ese sentido el Articulo 72º del citado Reglamento, dispone que el Estado, representado por la SBN, asumira la titularidad de los bienes de las entidades senaladas en los literales b), c) y d) del Articulo 8º de la Ley Nº 29151, en caso se compruebe un destino distinto a la finalidad asignada o haberse verificado el abandono de los bienes de su propiedad por el plazo de dos (2) anos; Que, en este contexto resulta necesario regular los procedimientos para la sustentacion y aprobacion de la MORDAZA de titularidad, por causales legalmente establecidas, de predios del dominio privado estatal; Con la visacion de la Secretaria General, de la Oficina de Asesoria Juridica, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Administracion y Finanzas,

Aprueban la Modificacion del Clasificador de Cargos de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales
RESOLUCION Nº 015-2011/SBN

San MORDAZA, 11 de marzo de 2011 VISTO: El Memorando Nº 03132-2011/SBN-OPPPLC de fecha 11 de marzo de 2011 de la Oficina de Planificacion y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de las Entidades de la Administracion Publica, aprobados por el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, tienen por finalidad generar la aprobacion de un Cuadro para Asignacion de Personal que contenga una correcta definicion de los cargos, acorde con la estructura organica de la entidad; Que, los citados Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de las Entidades de la Administracion Publica, establecen que para su elaboracion las entidades deberan observar las disposiciones sobre clasificacion de cargos que se encuentren vigentes y que los cargos contenidos en el Cuadro para Asignacion de Personal son clasificados y aprobados por la propia Entidad; Que, mediante Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, se regula el ambito, organizacion, atribuciones y funcionamiento del referido Sistema en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion y modernizacion de la gestion del Estado, a fin de lograr una administracion integral, ordenada, simplificada y eficiente de los bienes estatales, teniendo como ente rector a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, aprobandose su Reglamento por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 016-2010VIVIENDA se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN y la MORDAZA Disposicion Complementaria Final le faculto a que en un plazo no mayor de 60 dias habiles adecue su Cuadro de Asignacion de Personal al mencionado Reglamento; Que, el Clasificador de Cargos es un documento que contempla los cargos que requiere una entidad acorde con sus funciones, su descripcion, calificacion y requisitos minimos para su desempeno; y sirve de base

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