Norma Legal Oficial del día 26 de Marzo del año 2011 (26/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de marzo de 2011

Con la visacion del Jefe de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Jefa de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el numeral 8) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DAR POR CONCLUIDA la encargatura de Director General, Nivel Remunerativo F-5, de la Direccion General de Formacion Profesional y Capacitacion Laboral del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, asignada a la economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA, segun lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 003-2011-TR, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- DESIGNAR, a partir de la fecha, a la economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director General, Nivel Remunerativo F5, de la Direccion General de Formacion Profesional y Capacitacion Laboral del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo 3º.- RESERVAR la plaza de Director, Nivel Remunerativo F-3, de la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales de la Direccion General de Formacion Profesional y Capacitacion Laboral del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, mientras dure la presente designacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 619973-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan a persona natural y a persona juridica concesiones unicas para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones en area que comprende todo el territorio de la Republica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 214-2011-MTC/03 MORDAZA, 24 de marzo de 2011 VISTA, la solicitud presentada con Expediente Nº 2011-002664, por el senor MORDAZA ALVINO MORDAZA MORDAZA sobre otorgamiento de concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, en todo el territorio de la Republica del Peru; precisando que el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico, sera el servicio a prestar inicialmente; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del articulo 75° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 47° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, senala que la concesion es el acto juridico mediante el cual el Estado concede a una persona natural o juridica la facultad de prestar servicios publicos de telecomunicaciones. El Ministerio otorgara concesion unica para la prestacion de todos los servicios publicos de telecomunicaciones, independientemente

de la denominacion de estos contenida en la Ley o en su Reglamento, con excepcion de la concesion para Operador Independiente. La concesion se perfecciona mediante contrato escrito aprobado por resolucion del Titular del Sector; Que, adicionalmente, el citado articulo senala que las personas naturales o juridicas, titulares de una concesion unica, previamente deberan informar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones los servicios publicos a brindar, sujetandose a los derechos y obligaciones correspondientes a cada uno de los servicios conforme a la clasificacion general prevista en la Ley, a lo dispuesto en el Reglamento, normas complementarias y al respectivo contrato de concesion; el Ministerio tendra a su cargo el registro de los servicios que brinde cada concesionario, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Reglamento; Que, el articulo 53° del dispositivo legal en mencion, dispone que en un mismo contrato de concesion el Ministerio otorgara el derecho a prestar todos los servicios publicos de telecomunicaciones; Que, el articulo 121º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC y sus modificatorias, dispone que los servicios portadores, finales y de difusion de caracter publico, se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites que establecen la Ley y el Reglamento y se perfecciona por contrato escrito aprobado por el Titular del Ministerio; Que, el articulo 143° de la citada MORDAZA senala que el otorgamiento de la concesion unica confiere al solicitante la condicion de concesionario para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones establecidos en la legislacion; Que, en caso el concesionario requiera prestar servicios adicionales al servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, debera cumplir con lo establecido en el articulo 155º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, y solicitar al Ministerio la inscripcion de dichos servicios en el registro habilitado para tal fin, los mismos que se sujetaran a los derechos y obligaciones establecidos en el contrato de concesion unica y en la ficha de inscripcion en el registro que forma parte de el; Que, mediante Informe Nº 295-2011-MTC/27 la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones senala que habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion unica solicitada para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, resulta procedente la solicitud formulada por el senor MORDAZA ALVINO MORDAZA GUILLEN. De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su modificatoria, Ley Nº 28737, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC, actualizado por Resolucion Ministerial N° 644-2007-MTC/01; Con la opinion favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar al senor MORDAZA ALVINO MORDAZA MORDAZA, concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru, estableciendose como primer servicio a prestar, el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con el senor MORDAZA ALVINO MORDAZA para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28)

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