Norma Legal Oficial del día 26 de Marzo del año 2011 (26/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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PROYECTO

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de marzo de 2011

para la construccion y rehabilitacion de la infraestructura, y la ejecucion de obras, relacionadas a la infraestructura de transporte de uso publico. En los casos que el contrato de concesion considere la ejecucion de inversiones, las actividades de supervision comprenden: a) Verificar la MORDAZA oportuna de los Planes y Expedientes Tecnicos y sus modificatorias; b) Evaluar los expedientes tecnicos, y sus modificaciones, presentados por las Entidades Prestadoras y emitir la opinion tecnica correspondiente. c) Evaluar los planes de inversiones y los presupuestos de acuerdo a los contratos de concesion; d) Verificar que la ejecucion y entrega de la obra se realice cumpliendo las especificaciones tecnicas, de seguridad que correspondan; e) Verificar el cumplimiento de las inversiones comprometidas, segun se establezca en los contratos de concesion; f) Verificar las inversiones ejecutadas en forma fisica y documentaria; g) Verificar el cumplimiento de las inversiones con los Certificados de Calidad, en los casos que corresponda de acuerdo a los Contratos de Concesion; h) Verificar el cumplimiento de las obligaciones referidas a la gestion ambiental durante el MORDAZA de construccion. i) Verificar el cumplimiento de las obligaciones referidas a la construccion de la infraestructura; j) Verificar el cumplimiento de las obligaciones referidas al equipamiento de la infraestructura: k) Verificar el cumplimiento de cualquier otra obligacion de naturaleza analoga que resulte exigible a las entidades prestadoras. Asimismo, OSITRAN tiene la facultad de supervisar la ejecucion de todas las obras que se encuentren dentro del area de la concesion, se deriven o no del contrato de concesion. Dicha supervision no implica de forma alguna la conformidad, autorizacion o certificacion de la obra por parte de OSITRAN, ni tendra efecto alguno para efectos tarifarios o en relacion con las obligaciones de pago a cargo del Concedente. En el caso a que se refiere el parrafo anterior, OSITRAN podra ordenar la paralizacion de una obra cuando, a su juicio, constituya peligro o riesgo grave para la seguridad de las personas o la integridad de otras edificaciones. Articulo Nº 10.- Supervision de aspectos administrativos y financieros Se refiere a la verificacion del cumplimiento de obligaciones vinculadas a aspectos administrativos y financieros de la explotacion de la infraestructura de transporte de uso publico. Las actividades para la supervision de los aspectos administrativos y financieros comprenden: a) Verificar que los documentos correspondientes a las obligaciones contractuales referidas a la vigencia de las polizas de seguro y cartas fianza, entrega de informacion financiera, inventario de bienes y similares, se emitan de acuerdo a lo establecido en el Contrato de Concesion y en las normas regulatorias; b) Verificar en forma periodica la conformacion del accionariado de las Entidades Prestadoras; c) Verificar que el registro contable de las Mejoras, y de los activos intangibles relacionados, se realice de acuerdo al Contrato, y a la Ley de Concesiones, asi como el cumplimiento de las disposiciones referidas a la Contabilidad Regulatoria; d) Verificar que los procesos de contratacion correspondiente a endeudamientos, hipotecas, fideicomisos, gravamenes y similar, cumplan con los requisitos contenidos en los contratos de concesion; e) Verificar el pago oportuno de los aportes por regulacion; y, f) Verificar el pago oportuno de las retribuciones al Estado por las concesiones de la infraestructura de transporte de uso publico; g) Verificar el pago de los aportes de capital y las transferencias de acciones;

h) Verificar el cumplimiento de las obligaciones referidas a la administracion de los bienes concesionados; i) Verificar el cumplimiento de cualquier otra obligacion de naturaleza analoga que resulte exigible a las entidades prestadoras. Capitulo Nº 3.- Facultades y Obligaciones de OSITRAN Articulo Nº 11.- Facultades Supervisoras de OSITRAN Para realizar las actividades de supervision, se cuenta con las siguientes facultades enumeradas de manera no taxativa: a) De OSITRAN 1. Convocar a las Entidades Prestadoras a participar en las Reuniones de Trabajo; 2. Requerir la informacion y documentacion que permita verificar el cumplimiento de sus obligaciones, la cual sera proporcionada dentro de los plazos, condiciones y forma que OSITRAN establezca; 3. Requerir las facilidades al personal autorizado para ejecutar todas las pruebas tecnicas y mediciones solicitadas con motivo de una actividad de supervision, con los aparatos y equipos de la propia empresa y/o con aquellos con que cuente OSITRAN; 4. Requerir la ejecucion de los programas informaticos necesarios para la inspeccion o verificacion de la informacion correspondiente, debiendo las Entidades Prestadoras proporcionar las claves de acceso que esten relacionadas al objeto de la supervision; 5. Requerir la firma de las Actas de Inspeccion; 6. Efectuar auditorias que permitan verificar el cumplimiento de las obligaciones de las Entidades Prestadoras establecidas en leyes, normas, contratos y convenios; 7. Requerir las facilidades necesarias para realizar las actividades de instalacion, operacion, mantenimiento y retiro de los equipos que MORDAZA necesarios para llevar acabo la labor de supervision; 8. Disponer la instalacion de equipos en las instalaciones de las Entidades Prestadoras, y/o en la infraestructura administrada por esta, siendo responsable de la instalacion, operacion, mantenimiento y retiro de los mismos; 9. Requerir a las Entidades Prestadoras que preserven la integridad de los equipos que OSITRAN pudiera haber instalado. 10. Todas aquellas otras que resulten necesarias para el adecuado cumplimiento de sus funciones. b) Del personal de supervision 1. Ingresar a las zonas donde se encuentre informacion relevante que contribuya a la funcion supervisora; 2. Llevar a cabo los actos necesarios para obtener informacion relacionada a la materia de supervision a traves de la exhibicion o MORDAZA de todo MORDAZA de documentos, incluyendo libros contables, facturas, recibos, comprobantes de pago, registros magneticos, contratos de alquiler, convenios de pagos de polizas y en general todo elemento necesario para su revision; pudiendo exigir la entrega de impresiones, fotocopias, facsimiles, planos, MORDAZA, dibujos, fotografias, radiografias, filmaciones, microformas tanto en la modalidad de microfilm como en la modalidad de soportes informaticos, y otras reproducciones de audio o video, la telematica en general y demas objetos que recojan, contengan o representen algun hecho, actividad o su resultado; 3. Tomar fotografias o videos donde conste el estado de la infraestructura, o las caracteristicas operativas de los servicios prestados; 4. Tomar MORDAZA de los archivos fisicos o magneticos, asi como de cualquier otro documento que sea necesario para los fines de la actividad de supervision; 5. Efectuar pruebas, analizar las caracteristicas de los equipos, revisar instalaciones y, en general, llevar a cabo cualquier diligencia que conlleve al cumplimiento del objeto de la actividad supervisora;

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