Norma Legal Oficial del día 06 de Mayo del año 2011 (06/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

442091

Que, el Secretario General de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Oficio Nº 3129-2011SG-CS-PJ recibido el 29 de MORDAZA de 2011, remite MORDAZA del Oficio Nº 748-2011-P-CSJA/PJ (085-CS) del Presidente (e) de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA con el que pone en conocimiento la Resolucion Nº 278-2011-PRES/CSA que dispone en su articulo MORDAZA la reincorporacion de la doctora MORDAZA MORDAZA Lajo MORDAZA, como Jueza Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a partir del 02 de MORDAZA del presente ano; Que, mediante escrito recibido el 28 de MORDAZA del presente ano, la citada magistrada solicita la cancelacion de su titulo de Vocal Superior Titular del Distrito Judicial de Huancavelica y se le expida el titulo de Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA en via de regularizacion, en virtud a las Resoluciones Administrativas No. 1094-CME-PJ del 22 de febrero del 2000, que dispuso su traslado a la citada Corte Superior de Justicia por razones de unidad familiar y Nº 072-2000-R-PRES/CSJA que dispone su incorporacion en la plaza de Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; Que, debe precisarse que por Resolucion Nº 02596-CNM del 07 de febrero de 1996, se nombro a la recurrente como Vocal de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica. Posteriormente, mediante Resolucion Administrativa Nº 1094-CME-PJ del 22 de febrero de 2000 del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se dispuso declarar fundada su solicitud de traslado a una plaza de igual nivel en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, cargo en el que se desempeno desde el 28 de febrero del 2000 hasta el 03 de septiembre de 2003, fecha en la que se dispuso su no ratificacion en el cargo de Vocal Superior de Huancavelica (Resolucion Nº 388-2003-CNM del 03 de setiembre de 2003); Que, por Resolucion Nº 122-2011-CNM y su respectiva rectificacion (Resolucion Nº 133-2011-CNM) se dispuso dejar sin efecto diversas resoluciones de este Colegiado en los extremos que no ratificaron y cancelaron los titulos de diversos magistrados, rehabilitandoles sus titulos de conformidad con la clausula MORDAZA del Acuerdo de Solucion Amistosa, citandose entre ellos a la doctora MORDAZA MORDAZA Lajo Lazo; Que, en el acapite Tercero de dicha resolucion se dispone solicitar al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica para que informe oportunamente al CNM de la reincorporacion para fines de expedir un MORDAZA titulo en caso que el magistrado no sea reincorporado en la plaza correspondiente al titulo rehabilitado; Que, al no haberse expedido una resolucion relativa al traslado de la doctora MORDAZA MORDAZA Lajo MORDAZA, corresponde expedir el titulo de Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA en via de regularizacion; y de acuerdo a lo informado por la Corte Suprema de Justicia en el Oficio Nº 3129-2011-SG-CS-PJ a efectos de dar cumplimiento oportuno al articulo tercero de la parte resolutiva de la Resolucion Nº 122-2011-CNM; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo adoptado en sesion de fecha 29 de MORDAZA de 2011; y de conformidad con las facultades conferidas por los articulos 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, 37º incisos e) y f) de la Ley Nº 26397 ­Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolucion Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el titulo otorgado a favor de la doctora MORDAZA MORDAZA LAJO MORDAZA, de Vocal Superior de la Corte Superior de Justicia Huancavelica. Segundo.- Expedir el titulo a favor del doctor MORDAZA MORDAZA LAJO MORDAZA, de Juez Superior de la Corte Superior Justicia de Arequipa. Tercero.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NUNEZ Presidente 635040-1

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Disponen hacer efectivo apercibimientos e iniciar acciones legales contra MORDAZA y diversos regidores del Concejo Distrital de Quinches, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 0342-2011-JNE Expediente Nº J-2011-0010 MORDAZA, cinco de MORDAZA de dos mil once VISTA la convocatoria a sesion extraordinaria para tratar la solicitud de vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Michuy, MORDAZA del Concejo Distrital de Quinches, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, realizada mediante la Resolucion Nº 0199-2011-JNE. CONSIDERANDOS 1. De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (LOM), con fecha 5 de febrero del 2011 y mediante el Auto Nº 1, se traslado al Concejo Distrital de Quinches la solicitud de vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Michuy en el cargo de MORDAZA, que presento MORDAZA MORDAZA MORDAZA Michuy, por encontrarse comprendido en la causal prevista en el articulo 22, numeral 6, de la LOM, al tener condena consentida por delito doloso con pena privativa de la libertad. 2. Ante la conducta dilatoria en la que incurrio el secretario general de la Municipalidad Distrital de Quinches por devolver el Auto Nº 1, que fue notificado el 5 de febrero de 2011, y de la informacion documentada que remitio el MORDAZA MORDAZA del concejo municipal, en el que dio cuenta sobre la negativa del MORDAZA para realizar la convocatoria dispuesta en el citado auto y luego de la frustrada sesion extraordinaria convocada para el 11 de MORDAZA de este ano, al encontrar las puertas cerradas de la municipalidad; mediante la Resolucion Nº 0199-2011-JNE, notificada el 19 de MORDAZA de 2011, se convoco a sesion extraordinaria para el viernes 29 de MORDAZA de 2011, a las 10.00 horas, en las instalaciones de la Escuela Electoral y de Gobernabilidad del MORDAZA Nacional de Elecciones, sito en el MORDAZA Nazca 598, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima. 3. Queda MORDAZA que la sesion extraordinaria, programada para el 29 de MORDAZA de 2011, no se llevo a cabo por falta de quorum, debido a las injustificadas inasistencias del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Michuy y de los regidores MORDAZA MORDAZA Michuy MORDAZA, Maxdugler MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Lepida MORDAZA MORDAZA, conforme se evidencia del escrito y del acta de la misma fecha presentados por el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Baltazar. Asimismo, se aprecia que asistieron la solicitante de la vacancia y los representantes del Ministerio Publico y del MORDAZA Nacional de Elecciones, estos dos ultimos en calidad de observadores. 4. Con meridiana claridad, tambien esta acreditado que el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Michuy del Concejo Distrital de Quinches incumplio con el tramite legal establecido en el articulo 23 de la LOM y con los requerimientos dispuestos en el articulo MORDAZA del Auto Nº 1 y de la Resolucion Nº 046-2011-JNE, ademas de continuar dilatando innecesariamente la convocatoria a sesion extraordinaria, que a la fecha ha excedido el plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles. 5. En consecuencia, se debe hacer efectivo los apercibimientos decretados en el Auto Nº 1 y en las Resoluciones 046-2011-JNE y 0199-2011-JNE, y dar inicio a las acciones legales a que hubiera lugar a fin de sancionar las conductas del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Michuy y de los regidores MORDAZA MORDAZA Michuy MORDAZA, Maxdugler MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Lepida

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