Norma Legal Oficial del día 06 de Mayo del año 2011 (06/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de MORDAZA de 2011

Reglamento de Inocuidad Agroalimentaria En el articulo 13º, numeral 13.1, ultimo parrafo; DICE: "La suspension de la delegacion y capacitacion (...)." DEBE DECIR: "La suspension de la delegacion y autorizacion (...)." En el articulo 13º, numeral 13.2, literal e); DICE: "Incurrir en falsedad, adulteracion o falsificacion en los documentos (...)." DEBE DECIR: "Incurrir en falsedad, adulteracion o falsificacion de los documentos (...)." En el articulo 34º, numeral 34.2, literal d); DICE: "Copia del manual de la calidad (...)." DEBE DECIR: "Copia del manual de calidad (...)." En el articulo 37º, numeral 37.1, MORDAZA guion: DICE "(...) establecimiento habilitado sanitariamente. (...)." DEBE DECIR: "(...) establecimiento autorizado sanitariamente. (...)." En la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria, ultimo parrafo; DICE: "(...) los anexos 3, 4, 5, 6, 7 y 8 del (...)." DEBE DECIR: "(...) los anexos 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 del (...)." En el Anexo Nº 3 FORMATOS: (al final de la tabla); DICE: "(...) por contravenir la Ley de Inocuidad de los Alimentos: (...)." DEBE DECIR: "(...) por contravenir la Ley de Inocuidad de los Alimentos y sus Reglamentos: (...)." 636773-1

Que, mediante expediente Nº 10256, la senora MORDAZA MORDAZA Cordoba, Ministra de Cultura de la Republica de Colombia, solicito autorizacion para la salida temporal del MORDAZA de ochenta y dos (82) bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nacion, pertenecientes al Museo Nacional de Arqueologia, Antropologia e Historia del Peru, a fin de que conformen la exposicion denominada "Hilos para la eternidad. Textiles funerarios del antiguo Peru", la que se llevara a cabo del 12 de MORDAZA al 31 de MORDAZA de 2011 en el Museo Nacional de Colombia, de la MORDAZA de Bogota DC; Que, la embajada de la Republica de Colombia en el Peru, mediante Carta E.104 de fecha 24 de marzo de 2011, comunico el MORDAZA de dicha representacion diplomatica para la realizacion de la exposicion a que se refiere el considerando precedente; Que, los bienes culturales cuya autorizacion de salida temporal del MORDAZA se solicita se encuentran cubiertos contra todo riesgo en la modalidad "clavo a clavo", en merito a la Poliza N° 102 y anexo N° 187675 modificacion, de la aseguradora BBVA Seguros Colombia, con una cobertura que MORDAZA desde el 09 de MORDAZA de 2011 hasta el 15 de agosto de 2011; Que, el inciso a) del numeral 34.1 del articulo 34° de la Ley N° 28296-Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, establece que en caso excepcional se puede autorizar la salida de los bienes muebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion mediante resolucion suprema, por motivos de exhibicion con fines cientificos, artisticos y culturales; Que, corresponde al Ministerio de Cultura cautelar y difundir el patrimonio cultural de la Nacion, tanto en el MORDAZA como en el extranjero, por lo que resulta procedente autorizar la salida temporal del MORDAZA de los bienes culturales a que se refiere la solicitud presentada por la Ministra de Cultura de la Republica de Colombia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; y la Ley Nº 29565; Ley de creacion del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, a partir del 11 de MORDAZA del 2011 y hasta el 10 de agosto de 2011 la salida temporal del MORDAZA de ochenta y dos (82) bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nacion, detallados en el anexo adjunto a la presente resolucion, a fin de que conformen la exposicion " Hilos para la eternidad: textiles funerarios del antiguo Peru", la que se llevara a cabo del 19 de MORDAZA al 31 de MORDAZA de 2011 en el Museo Nacional de Colombia, de la MORDAZA de Bogota DC; Articulo 2°.- El Ministerio de Cultura adoptara las medidas mas adecuadas para verificar las caracteristicas, estado de conservacion y autenticidad de los bienes culturales a que se contrae la presente resolucion. Articulo 3°.- Designar comisaria de los bienes culturales cuya salida temporal del MORDAZA se autoriza, a la licenciada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con D.N.I. N° 06168789, quien cumplira la labor de verificacion del estado de conservacion; visara las fichas de registro de cada una de las piezas; supervisara el embalaje y desembalaje, tanto a la ida como al retorno; conocera del montaje, desmontaje y elaborara un informe detallado y documentado de su participacion. Dicho informe sera alcanzado al Ministro de Cultura en un plazo no mayor de 15 dias luego de concluida su participacion tanto a la ida, como al retorno de los bienes cuya salida temporal autoriza esta Resolucion Suprema. Los gastos de transporte, alojamiento, viaticos, seguro de viaje, impuesto de aeropuerto, movilidad local, tanto en el Peru como en el extranjero, y visa del comisario, seran integramente asumidos por la entidad organizadora de la exposicion. Articulo 4°.- Todos los gastos que ocasione la realizacion de la mencionada exposicion, incluyendo los gastos de embalaje, fletes, seguros, traslados o cualquier otro egreso que se origine por la salida y retorno de los bienes culturales a que se refiere la presente resolucion, seran integramente cubiertos por la entidad organizadora de la exposicion.

CULTURA
Autorizan salida temporal del MORDAZA de bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nacion a Colombia, a fin de que conformen la exposicion "Hilos para la eternidad: textiles funerarios del antiguo Peru"
RESOLUCION SUPREMA Nº 008-2011-MC MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2011

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