Norma Legal Oficial del día 07 de Mayo del año 2011 (07/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de MORDAZA de 2011

caracter accesorio y complementario al funcionamiento de la actividad principal y ser de uso exclusivo para el procesamiento de los descartes y/o residuos de recursos hidorbiologicos provenientes de las plantas de consumo humano directo del titular de los derechos administrativos, cuya capacidad instalada especificada estara en relacion directa a la cantidad de descartes y/o residuos, teniendo un MORDAZA de 10 t/h de procesamiento; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 173-99PE/DNPP de fecha 15 de diciembre del 1999, se otorgo a AGROFISHING Y DERIVADOS S.A. licencia para la operacion de su planta de enlatado, con una capacidad de 658 cajas/turno, destinada a la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos para el consumo humano directo, en el establecimiento industrial pesquero ubicado en la MORDAZA industrial, carretera Sechura Bayovar Km. 18, distrito y provincia de Sechura, departamento de Piura; Que, a traves de Resolucion Directoral Nº 1092011-PRODUCE/DGEPP del 21 de febrero del 2011, se otorgo a la empresa AGROFISHING Y DERIVADOS S.A.C. autorizacion para el incremento de la capacidad instalada de su planta de enlatado de 658 a 1315 cajas/turno e instalar las plantas de curado con una capacidad de 250 t/mes y harina de pescado residual con una capacidad de 5 t/h de procesamiento de residuos y descartes de productos hidorbiologicos, con caracter accesoria y complementaria a sus actividades principales de consumo humano directo (enlatado y curado), en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la Carretera Sechura-Bayovar, Km. 18- MORDAZA Industrial de MORDAZA, distrito y provincia de Sechura, departamento de MORDAZA, actualmente Mz. D Sub Lote 2, MORDAZA Industrial Parachique, distrito y provincia de Sechura, departamento de Piura; Que, mediante los escrito del visto, la empresa AGROFISHING Y DERIVADOS S.A.C. solicita se le otorgue, licencias para la operacion de las plantas de enlatado por incremento de capacidad de 658 a 1315 cajas/turno, curado con capacidad de 250 t/mes y harina de pescado residual con capacidad de 5 t/h de procesamiento de residuos y descartes provenientes de sus plantas de enlatado y curado, en su establecimiento industrial pesquero citado en el considerando precedente; Que, la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria, mediante MORDAZA de Verificacion EIA Nº 003-2010-PRODUCE/DIGAAP de fecha 4 de marzo del 2010, senala que la empresa AGROFISHING Y DERIVADOS S.A.C, ha cumplido con implementar las medidas de mitigacion presentadas en su Estudio de Impacto Ambiental para tramitar la licencia de operacion para sus plantas de enlatado, curado y harina de pescado residual, con capacidades de 1315 cajas/turno, 250 t/mes y 5 t/h, respectivamente; en su establecimiento industrial ubicado en la carretera Sechura ­ Bayovar Km. 18, distrito y provincia de Sechura, departamento de Piura; Que, el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru- ITP mediante Protocolo Tecnico para Licencia de Operacion por Incremento de Capacidad de Planta Nº PTLI-00311-CN-SANIPES del 01 de MORDAZA del 2011 y el Protocolo Tecnico para Licencia de Operacion Nº PTL-004-11-CUSANIPES, indica que las plantas de conservas y curado de la empresa AGROFISHING Y DERIVADOS S.A.C. al momento de la auditoria/inspeccion, se encontro en adecuacion a los requerimientos de diseno, construccion y equipamiento, establecidos en la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobadas por Decreto Supremo Nº 040-2001-PE; Que, de acuerdo a la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se desprende que la empresa solicitante, ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, por lo que resulta procedente lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe Tecnico Nº 335-2011-PRODUCE/DGEPP-Dch e Informe Legal Nº 502-2011-PRODUCE/DGEPP;

De conformidad con lo establecido en los articulos 43º inciso d) y 46º del Decreto Ley 25977- Ley General de Pesca, los articulos 49º, 53º numeral 53.1 y 54º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE - Reglamento de la Ley General de Pesca, y el procedimiento Nº 28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082009-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas en el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la licencia de operacion otorgada mediante Resolucion Directoral Nº 173-99PE/DNPP a la empresa AGROFISHING Y DERIVADOS S.A.C., con RUC Nº 20356748027, en el extremo referido a la capacidad instalada de su planta de enlatado de productos hidrobiologicos, con destino al consumo humano directo, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la Carretera Sechura-Bayovar, Km. 18- MORDAZA Industrial de MORDAZA, distrito y provincia de Sechura, departamento de MORDAZA, actualmente Mz. D Sub Lote 2, MORDAZA Industrial Parachique, distrito y provincia de Sechura, departamento de MORDAZA, la misma que debera entenderse para una capacidad instalada de 1300 cajas/turno. Articulo 2º.- Otorgar a la empresa AGROFISHING Y DERIVADOS S.A.C. licencia para la operacion de las plantas de curado de productos hidrobiologicos con destino al consumo humano directo y harina de pescado residual con caracter accesorio y complementario al funcionamiento de sus actividades principales (enlatado y curado) y ser uso exclusivo para el procesamiento de los descartes y/o residuos de recursos hidrobiologicos, provenientes de sus plantas de consumo humano directo (enlatado y curado), en su establecimiento industrial pesquero, ubicado en la Carretera Sechura-Bayovar, Km. 18- MORDAZA Industrial de MORDAZA, distrito y provincia de Sechura, departamento de MORDAZA, actualmente Mz. D Sub Lote 2, MORDAZA Industrial Parachique, distrito y provincia de Sechura, departamento de MORDAZA, con las siguientes capacidades:
Curado : 211 t/mes Harina de pescado residual : 5 t/h de procesamiento de descartes y/o residuos de productos hidrobiologicos

Articulo 3º.- La empresa AGROFISHING Y DERIVADOS S.A.C., debera operar sus plantas de enlatado, curado y harina de pescado residual, con sujecion a las normas legales reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como a las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo debera contar con un sistema de seguridad del control del MORDAZA que garantice la sanidad y la optima calidad del producto final, conforme dispone el Decreto Supremo Nº 040-2001-PE, asi como debera implementar los compromisos asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorablemente por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria segun la MORDAZA de Verificacion EIA Nº 003-2010-PRODUCE/DIGAAP de fecha 4 de marzo del 2010. Articulo 4º.- El incumplimiento de lo senalado en el articulo 3º de la presente Resolucion sera causal de caducidad de los derechos otorgados o de aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso. Articulo 5º.- Incorporar en los Anexos I, III y IV-C de la Resolucion Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE, las plantas de enlatado, curado y harina de pescado residual, de la empresa AGROFISHING Y DERIVADOS S.A.C., con capacidades de 1300 cajas/turno, 211 t/mes y 5 t/h, respectivamente, conforme a las licencias otorgadas por los articulos 1º y 2º de la presente resolucion. Articulo 6º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion

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