Norma Legal Oficial del día 10 de Mayo del año 2011 (10/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, martes 10 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- La presente resolucion suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 637969-1 RESOLUCION SUPREMA Nº 038-2011-EM MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro de Energia del Ministerio de Energia y Minas; Que, en consecuencia es necesario designar al funcionario que desempenara dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Energia del Ministerio de Energia y Minas, cargo considerado de confianza. Articulo 2º.- La presente resolucion suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 637969-2

PRODUCE
Aprueban Tarifarios de Servicios a Terceros de CITEvid, CITEmadera y CITEccal
RESOLUCION MINISTERIAL N° 162-2011-PRODUCE MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2011 VISTOS: El Informe Nº 0111-2011-PRODUCE/ OGPP-Opir, de la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Racionalizacion de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto; los Informes Nºs. 027, 029 y 034-2011PRODUCE/DVMYPE-I-OTCIT de la Oficina Tecnica de Centro de Innovacion Tecnologica; los Memorandos Nºs. 579, 679 y 697-2011-PRODUCE/OGA, de la Oficina General de Administracion y el Informe Nº 034-2011-PRODUCE/OGAJmalayza, de la Oficina General de Asesoria Juridica; y CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27267, Ley de Centros de Innovacion Tecnologica establece que los Centros de Innovacion Tecnologica (CITEs) tienen por objeto promover la innovacion, la calidad, y la productividad, asi como suministrar informacion para el desarrollo competitivo de las diferentes etapas de produccion de la industria nacional y para el desarrollo competitivo de las actividades artesanales y de servicios turisticos; asimismo, esta ley precisa que los CITEs brindan servicios de control de calidad y certificacion, asesoramiento y asistencia especializada y desarrollan programas de capacitacion tecnica; Que, conforme a lo previsto en el ultimo parrafo del articulo 37º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, se dispone que para aquellos servicios que no MORDAZA prestados en exclusividad, las entidades a traves de Resolucion del Titular del Pliego estableceran los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberan ser debidamente difundidos para que MORDAZA de publico conocimiento; Que, asimismo el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Publico para desarrollar actividades de comercializacion de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, dispone que el Titular de la Entidad mediante Resolucion establecera la descripcion MORDAZA y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercializacion por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercializacion si las hubiere, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago; Que, los servicios que presta el Centro de Innovacion Tecnologica Vitivinicola (CITEvid), el Centro de Innovacion Tecnologica de la MORDAZA (CITEmadera) y el Centro de Innovacion Tecnologica del Cuero, Calzado e Industrias Conexas (CITEccal) del Ministerio de la Produccion, constituyen servicios que no son prestados en exclusividad y, que en algunos casos, se brindan en condiciones de competencia con el sector privado, enmarcandose en las disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Publico para desarrollar actividades de comercializacion de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes a los ciudadanos; Que, en este contexto, la Resolucion Ministerial Nº 088-2010-PRODUCE, dispone la consolidacion de los Tarifarios de Servicios a Terceros de los Centros de Innovacion Tecnologica del Ministerio de la Produccion CITEvid, CITEmadera y CITEccal, en un solo documento; Que, a fin de establecer precisiones respecto a las tarifas expresadas en porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), la reduccion de la tasa del Impuesto General a las Ventas (IGV) y el procedimiento de redondeo en Nuevos Soles del monto resultante para efectos de pago, resulta conveniente aprobar los nuevos Tarifarios de Servicios a Terceros de los Centros de Innovacion Tecnologica del Ministerio de la Produccion - CITEvid, CITEmadera y CITEccal;

Aceptan renuncia de Director General de la Direccion General de Hidrocarburos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 218-2011-MEM/DM MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 356-2010MEM-DM, se designo al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director General de la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo que viene desempenando; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas y la Ley que regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos - Ley N° 27594; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia al cargo de Director General de la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas que formula el Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 637575-1

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