Norma Legal Oficial del día 15 de Mayo del año 2011 (15/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 15 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

442529

Renuevan autorizacion otorgada a Panamericana Television S.A. mediante R.VM. Nº 262-2001-MTC/15.03 para prestar servicio de radiodifusion por television comercial en VHF
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 417-2011-MTC/03
MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2011 VISTA, la Solicitud de Registro Nº 2009-017109_2 de fecha 18 de MORDAZA de 2010, presentada por la empresa PANAMERICANA TELEVISION S.A., sobre renovacion de autorizacion de una estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en la localidad de Huancavelica - MORDAZA, departamento de Huancavelica; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Viceministerial Nº 262-2001MTC/15.03 del 11 de MORDAZA de 2001, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20 de MORDAZA de 2001, se otorgo autorizacion a la empresa PANAMERICANA TELEVISION S.A., por el plazo de diez (10) anos, que incluye la autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en la localidad de Huancavelica - MORDAZA, departamento de Huancavelica, con vigencia hasta el 30 de junio de 2009; Que, con fecha 18 de MORDAZA de 2009, la empresa PANAMERICANA TELEVISION S.A. solicito la renovacion de la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial Nº 262-2001-MTC/15.03; Que, los articulos 67º y 68º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, disponen que la renovacion es automatica por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley, asimismo, establecen que la solicitud puede presentarse hasta el dia de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorizacion; Que, los articulos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de solicitud de renovacion de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 364-2005MTC/03, modificado con Resolucion Viceministerial N° 4842006-MTC/03 y ratificada con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, se aprobo el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de VHF para las localidades correspondientes al departamento de Huancavelica, entre las cuales se encuentra la localidad denominada Huancavelica - MORDAZA, incluyendose en esta al distrito, provincia y departamento de Huancavelica; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 1740-2011MTC/28, opina que corresponde renovar la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial Nº 262-2001MTC/15.03, a la empresa PANAMERICANA TELEVISION S.A., al haber cumplido con la MORDAZA de los requisitos previstos para tal efecto y verificar que ni la titular ni sus miembros han incurrido en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de una autorizacion contemplados en la Ley de Radio y Television y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 3582003-MTC/03 y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 262-2001-MTC/15.03, a la empresa PANAMERICANA TELEVISION S.A., por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion por television comercial en VHF, en la Huancavelica MORDAZA, departamento de Huancavelica.

Articulo 2º.- El plazo de la renovacion a que se refiere el articulo precedente se computa a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la Resolucion Viceministerial Nº 262-2001-MTC/15.03, en consecuencia, vencera el 30 de junio de 2019. Articulo 3º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedira la resolucion que deje sin efecto la autorizacion respectiva, de conformidad con el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 4º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

639725-1

Renuevan autorizacion otorgada a Radio Television Chimbote S.R.L. mediante R.M. Nº 406-94-MTC/15.17 para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 425-2011-MTC/03
MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2011 VISTA, la solicitud de registro Nº 2004-020398, del 26 de noviembre de 2004, presentada por la empresa RADIO TELEVISION CHIMBOTE S.R.L., sobre renovacion de autorizacion para continuar prestando el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 406-94-MTC/15.17, del 23 de noviembre de 1994, se otorgo a la empresa RADIO TELEVISION CHIMBOTE S.R.LTDA., por el plazo de diez (10) anos, autorizacion para el establecimiento de una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) ubicada en el distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash. Dicha autorizacion se publico el 25 de noviembre de 1994; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 378-2009MTC/03 del 25 de agosto de 2009, notificada el 27 de agosto de 2009, se restituyo la vigencia de la autorizacion otorgada a la empresa RADIO TELEVISION CHIMBOTE S.R.L., mediante Resolucion Ministerial Nº 406-94-MTC/15.17, para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, al encontrarse comprendida en el beneficio otorgado por la Ley Nº 28853; Que, por Resolucion Directoral Nº 2759-2009-MTC/28 del 17 de diciembre de 2009, notificado el 19 de diciembre de 2009, se dio por concluido el recurso de reconsideracion interpuesto contra la Resolucion Directoral Nº 1391-2006MTC/17, por sustraccion de la pretension dejandose sin efecto dicha resolucion; y disponiendose proseguir el tramite de la solicitud de renovacion de autorizacion presentada con escrito de registro Nº 2004-020398; Que, conforme al articulo 15º de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, concordado con los articulos 21º y 67º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10)

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