Norma Legal Oficial del día 19 de Mayo del año 2011 (19/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de MORDAZA de 2011

dictar medidas adicionales para las infracciones cuya consecuencia juridica sea leve con la finalidad de garantizar que se subsane o corrija la conducta detectada." Articulo 3.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

Articulo 1º.- Constitucion de la Comision Consultiva Constituir la Comision Consultiva para brindar el apoyo en la Implementacion de la Linea 2 de la Red Basica del Metro de MORDAZA - Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao, con la finalidad de facilitar el flujo de informacion para el desarrollo de los estudios, ejecucion de las obras y del MORDAZA de promocion de la inversion privada. La Comision Consultiva dependera del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Articulo 2º.- Conformacion de la Comision Consultiva La Comision Consultiva para brindar el apoyo en la Implementacion de la Linea 2 de la Red Basica del Metro de MORDAZA - Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao, estara conformada por los siguientes miembros: - Un representante del Ministro de Transportes y Comunicaciones, quien la presidira y tendra MORDAZA dirimente; - El Director Ejecutivo de la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao - AATE; en calidad de secretario tecnico; - El MORDAZA Provincial del Callao; - El MORDAZA Distrital de Bellavista; - El MORDAZA Distrital de La Perla; - El MORDAZA Distrital de MORDAZA de la Legua; - La Alcaldesa Provincial de la Municipalidad Metropolitana de Lima; - El MORDAZA Distrital de San Miguel; - El MORDAZA Distrital de MORDAZA Maria; - El MORDAZA Distrital de Brena; - El MORDAZA Distrital de La Victoria; - El MORDAZA Distrital de El Agustino; - El MORDAZA Distrital de San Luis; - El MORDAZA Distrital de MORDAZA Anita; - El MORDAZA Distrital de Ate Vitarte, y; - Un representante del Colegio de Ingenieros del Peru. Los alcaldes provinciales o distritales, asi como el representante del Colegio de Ingenieros del Peru, podran designar en su reemplazo un representante alterno para que integren la Comision Consultiva. El cumplimiento de las funciones de los miembros de la presente Comision no irrogara gastos al Tesoro Publico. Articulo 3º.- Funciones de la Comision Consultiva La Comision Consultiva para brindar el apoyo en la Implementacion de la Linea 2 de la Red Basica del Metro de MORDAZA - Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao, tiene las funciones siguientes: a) Facilitar el flujo de informacion para el desarrollo de los estudios, ejecucion de las obras y del MORDAZA de promocion de la inversion privada, y; b) Proponer acciones para facilitar los tramites para permisos, licencias y otros que se requieran durante la ejecucion de los estudios, obras y del MORDAZA de promocion de la inversion privada. Articulo 4º.- Duracion de la Comision Consultiva La Comision Consultiva para brindar el apoyo en la Implementacion de la Linea 2 de la Red Basica del Metro de MORDAZA - Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao, tendra vigencia hasta que el proyecto MORDAZA sido concesionado. Articulo 5º.- Refrendo La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

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Resolucion Suprema que constituye la Comision Consultiva para brindar el apoyo en la implementacion de la Linea 2 de la Red Basica del Metro de MORDAZA - Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao
RESOLUCION SUPREMA Nº 016-2011-MTC
MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-86-MIPRE, con rango de Ley en virtud de lo dispuesto en la Ley Nº 24565, se declaro de necesidad publica y preferente interes social, el establecimiento de un Sistema Electrico de Transporte Masivo para las ciudades de MORDAZA y Callao que permita dotar a las zonas de alta densidad poblacional y perifericas, de una infraestructura de transportes necesaria para la rapida movilizacion de su poblacion; Que, la Ley Nº 28253 declaro de necesidad publica la continuacion de la ejecucion del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao; Que, mediante Decreto Supremo Nº 059-2010-MTC se aprobo la Red Basica del Metro de MORDAZA - Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao, la misma que esta conformada, entre otros, por la Linea 2: Avenida MORDAZA Chalaca, Avenida Venezuela, Avenida MORDAZA, Avenida MORDAZA MORDAZA, Avenida 28 de MORDAZA, Avenida MORDAZA MORDAZA, Avenida MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA (Carretera Central); Que, mediante Decretos de Urgencia Nºs. 001 y 0022011 se declaro de necesidad nacional y de ejecucion prioritaria por parte de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION - el MORDAZA de promocion de la inversion privada vinculada con la concesion del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao, Linea 2; Que, resulta necesario conformar una Comision Consultiva integrada por los alcaldes de los distritos y provincias por donde se desarrollara la Linea 2 de la Red Basica del Metro de MORDAZA - Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao, con la finalidad de facilitar el flujo de informacion para el desarrollo de los estudios, ejecucion de las obras y del MORDAZA de promocion de la inversion privada; Que, el articulo 37 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que las Comisiones Consultivas estaran conformadas por profesionales, especialistas o representantes de la sociedad civil, de reconocida capacidad y experiencia, designados por Resolucion Suprema, siendo que el caso de miembro de la Comision Consultiva es honorario y de confianza, y no inhabilita el desempeno de ninguna funcion publica o actividad privada; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo;

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