Norma Legal Oficial del día 19 de Mayo del año 2011 (19/05/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

442724

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de MORDAZA de 2011

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en los distritos de Rio Tambo y Pangoa, de la provincia de Satipo, en el departamento de MORDAZA, y en la provincia de Ucayali en el departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 045-2011-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, con relacion a las emergencias ocurridas en el departamento de MORDAZA, producidas por las lluvias torrenciales durante el presente periodo de lluvias, y comprendido en la Alerta Metereologica del Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia ­ SENAMHI Nº 010-2011 emitida el 05 de MORDAZA de 2011, se destaca a la fecha, por la magnitud de los danos, no solo el distrito de Pangoa, que fue objeto de Declaratoria de Estado de Emergencia aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 020-2011-PCM, sino tambien el distrito de Rio Tambo, habiendose producido la inundacion de decenas de centros poblados y comunidades nativas en ambos distritos, lo que ha originado en esta MORDAZA una situacion de riesgo alto y de magnitud; Que, igualmente la provincia de Ucayali en el departamento de MORDAZA viene siendo severamente afectada por lluvias torrenciales, que ha ocasionado el incremento del nivel del rio Ucayali, produciendo inundaciones que afectaron viviendas, areas de cultivo y animales, en varios distritos de la provincia de Ucayali, motivo por el cual dicha MORDAZA fue declarada en estado de emergencia mediante el mencionado Decreto Supremo Nº 020-2011-PCM; Que, mediante Informe Tecnico Nº 011-2011INDECI/11.0 de fecha 09 de MORDAZA de 2011, la Direccion Nacional de Operaciones del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, sustentado en la informacion proporcionada por el Gobierno Regional de MORDAZA, en la Alerta Metereologica del SENAMHI Nº 010-2011 del 05 de MORDAZA del 2011, asi como en el Informe de Emergencia Nº 107-20/04/2011/COEN-SINADECI/16:00 HRS.; se pronuncia recomendando que en salvaguarda de la salud y la MORDAZA de los pobladores y para enfrentar los danos identificados en viviendas, infraestructura publica, como establecimientos educativos y de salud, asi como las perdidas y afectacion de hectareas de cultivo, entre otros, se tramite la aprobacion de la Declaratoria de Estado de Emergencia del distrito de Rio Tambo de la provincia de Satipo en el departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para que se ejecuten las acciones inmediatas destinadas a la reduccion y minimizacion de riesgos existentes y la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas; Que, mediante Oficio Nº 199-2011-GRL-P de fecha 13 de MORDAZA del 2011, el Gobierno Regional de MORDAZA, solicita una nueva declaratoria de estado de emergencia en la provincia de Ucayali del departamento de MORDAZA, en tanto se mantiene las condiciones de alto riesgo, por las lluvias torrenciales que se vienen produciendo en dicha MORDAZA, ante lo cual vienen haciendo esfuerzos para realizar la rehabilitacion, requiriendo de tiempo y apoyo para lograr resultados; Que, mediante Oficio Nº 175-2011-GRJ/CRDC-PR de fecha 16 de MORDAZA del 2011, el Gobierno Regional de MORDAZA, solicita una nueva declaratoria de estado de emergencia en el distrito de Pangoa, de la provincia de Satipo en el departamento de MORDAZA, en tanto en dicha MORDAZA existen condiciones de riesgo alto, sobre

todo por las inundaciones que las lluvias torrenciales vienen produciendo; Que, mediante Informe Tecnico Nº 012-2011INDECI/11.0 de fecha 16 MORDAZA, la Direccion Nacional de Operaciones del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, sustentado en la informacion proporcionada por los Gobiernos Regionales de MORDAZA y MORDAZA, en la Alerta Metereologica del SENAMHI Nº 010-2011 del 05 de MORDAZA del 2011 y Nº 012-2011 del 15 de MORDAZA del 2011, asi como en el Informe de Emergencia Nº 107-20/04/2011/ COEN-SINADECI/16:00 HRS. e Informe de Emergencia Nº 110-28/04/2011/COEN-SINADECI/17 HRS.; y debido a que continuan las intensas lluvias que vienen afectando a varias localidades, senala la opinion favorable para solicitar la Declaratoria de Estado de Emergencia de la provincia de Ucayali, departamento de MORDAZA y del distrito de Pangoa, provincia de Satipo, departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para que se continue la ejecucion de las acciones inmediatas destinadas a la reduccion y minimizacion de riesgos existentes y la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas; Que, asimismo la Direccion Nacional de Operaciones del INDECI, senala que habiendose producido inundaciones de envergadura, las zonas afectadas mencionadas, constituyen areas de alto riesgo para la transmision de enfermedades parasitarias, infecciones gastrointestinales e infecciones respiratorias, alterando las condiciones normales de habitabilidad ya que el sistema de agua potable en varios sectores, ha sido severamente afectado, con el riesgo ademas de posibles brotes de dengue, malaria, entre otros; Que, en efecto la magnitud de la situacion descrita demanda la adopcion de medidas urgentes que permitan a los sectores comprometidos, a los Gobiernos Regionales de MORDAZA y de MORDAZA, y los Gobiernos Locales involucrados, segun corresponda, con el apoyo directo del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI y demas entidades publicas involucradas; ejecutar acciones inmediatas destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas, asi como la ejecucion de medidas de prevencion necesarias; En uso de las atribuciones que confiere el inciso 1) del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1.- Declaratoria del Estado de Emergencia Declarese el Estado de Emergencia en los distritos de Pangoa y Rio Tambo, de la provincia de Satipo, en el departamento de MORDAZA, asi como en la provincia de Ucayali en el departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para la ejecucion de acciones inmediatas destinadas a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes y a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas. Articulo 2.- Acciones a ejecutar Los Gobiernos Regionales de MORDAZA y MORDAZA, los Gobiernos Locales involucrados, segun corresponda, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Ministerio de Salud, y demas instituciones y organismos del Estado, dentro de su competencia, ejecutaran las acciones inmediatas destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas, y a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministro de Agricultura, la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social y el Ministro de Salud.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.