Norma Legal Oficial del día 19 de Mayo del año 2011 (19/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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Parcela 3B, ubicado frente a la Carretera Panamericana, entre Chala y MORDAZA, cercano a la Caleta Puerto Viejo por el norte y el Morro de Bandurrias por el Sur, Sector Punta Guanera o MORDAZA Grande y Punta Bandurrias, distrito de Chaparra, provincia de Caraveli, departamento de MORDAZA, de acuerdo al plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº XII - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo anterior, en el Registro de Predios de Arequipa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subdirector (e) de Administracion del Patrimonio Estatal Superintendencia Nacional de Bienes Estatales

641369-4 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 126-2011/SBN-DGPE-SDAPE
San MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2011 Visto, el Expediente Nº 076-2011/SBNSDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 4 655,98 m², denominado Parcela 3C, ubicado frente a la Carretera Panamericana, entre Chala y MORDAZA, cercano a la Caleta Puerto Viejo por el norte y el Morro de Bandurrias por el Sur, Sector Punta Guanera o MORDAZA Grande y Punta Bandurrias, distrito de Chaparra, provincia de Caraveli, departamento de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se ha identificado el terreno de naturaleza eriaza de 13 550 000, 04 m², denominado Area 2, ubicado frente a la Carretera Panamericana, entre Chala y MORDAZA, cercano a la Caleta Puerto Viejo por el norte y el Morro de Bandurrias por el Sur, Sector Punta Guanera o MORDAZA Grande y Punta Bandurrias, distrito de Chaparra, provincia de Caraveli, departamento de Arequipa; Que, efectuada la consulta pertinente, mediante Informe Tecnico Nº 3840-2010-Z.R.Nº XII/OC-BC, de fecha 30 de diciembre de 2010, la Oficina de Catastro de la MORDAZA Registral Nº XII - Sede MORDAZA, senala que el terreno materia de consulta, se ubica sobre terrenos eriazos y, segun los datos tecnicos proporcionados, no se encuentra superpuesto a algun predio inscrito en las capas de Matriz Total y Comunidades Campesinas de la Base Grafica de dicha oficina, no siendo esta informacion categorica toda vez que no cuentan con un catastro MORDAZA - rural que les permita efectuar una busqueda en todas las capas de su Base Grafica. Asimismo, precisa que de acuerdo a la Carta Nacional (Hoja 32O) el area en consulta colinda con el MORDAZA MORDAZA y se encuentra atravesada por cursos de agua y arroyos, asi como se ubica sobre parte de la Carretera Panamericana Sur; Que, en atencion a lo expuesto en el considerando que antecede, se procedio a excluir el area que atraviesa la Carretera Panamericana Sur de acuerdo a la Seccion descrita en el Informe Nº 070-2011-MTC/14.07, elaborado por la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, resultando un area de 4 655,98 m², denominado Parcela 3C, ubicado frente a la Carretera Panamericana, entre Chala y MORDAZA,

cercano a la Caleta Puerto Viejo por el norte y el Morro de Bandurrias por el Sur, Sector Punta Guanera o MORDAZA Grande y Punta Bandurrias, distrito de Chaparra, provincia de Caraveli, departamento de Arequipa; Que, el tercer parrafo del Articulo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios senala que no impide la inmatriculacion, el Informe Tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, no obstante la transferencia de competencias efectuada a favor del Gobierno Regional de MORDAZA, en materia de la administracion de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado, al expedirse la Ley Nº 29151 ­ Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, en la Primera Disposicion Complementaria se ha precisado que los predios del Estado identificados como de alcance nacional y los comprendidos en proyectos de interes nacional, permaneceran bajo competencia de la SBN y/o de la entidad titular del bien o responsable del proyecto, de conformidad con la normatividad vigente y lo establecido en el Reglamento de la citada Ley; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 166-2010MTC, de fecha 25 de setiembre de 2010, se ha otorgado a la empresa Puerto Sur Peru S.A. autorizacion temporal de uso de area acuatica y franja riberena ubicada en la MORDAZA conocida como el distrito de Chaparra, provincia de Caraveli, departamento de MORDAZA, para el desarrollo de un futuro puerto de carga de graneles solidos, por un plazo de dos anos que son renovables de conformidad al Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC modificado por el Decreto Supremo Nº 041-2007-MTC y el Decreto Supremo Nº 027-2008-MTC; Que, es pertinente precisar que el Articulo 5º del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC y sus modificatorias, establece que el Estado fomenta la inversion privada en el ambito portuario a fin que esta cumpla un rol relevante para la realizacion de actividades y servicios portuarios eficientes y competitivos para el desarrollo del MORDAZA, sin perjuicio de las inversiones que le corresponden en su rol subsidiario; Que, de conformidad con el inciso f) del articulo 14º de la Ley Nº 29151 ­ Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, constituye una funcion y atribucion exclusiva de esta Superintendencia, identificar y disponer la reserva de los bienes de alcance nacional para desarrollar proyectos de interes nacional; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 522,804.75 m², materia de la presente Resolucion, de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley MORDAZA acotada, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/ SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo competencia de la SBN, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, el Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA y el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 187-2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 04 de MORDAZA de 2011; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 4 655,98 m², denominado Parcela 3C, ubicado frente a la Carretera Panamericana

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