Norma Legal Oficial del día 19 de Mayo del año 2011 (19/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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Nº INFRACCION % UIT 30%

NORMAS LEGALES
MEDIDAS COMPLEMENTARIAS CLAUSURA TRANSITORIA (Dias necesarios para que subsanen) RETIRO DE OBJETOS CLAUSURA TRANSITORIA (Dias necesarios para que subsanen) CLAUSURA TRANSITORIA (Dias necesarios para que subsanen) CLAUSURA TRANSITORIA (Dias necesarios para que subsanen) CLAUSURA TRANSITORIA (Dias necesarios para que subsanen) RETIRO DE MOBILIARIO CLAUSURA TRANSITORIA (Dias necesarios para que subsanen) CLAUSURA TRANSITORIA(Dias necesarios para que subsanen) Nº INFRACCION

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de MORDAZA de 2011 MEDIDAS COMPLEMENTARIAS CLAUSURA TRANSITORIA (Dias necesarios para que subsanen)

% UIT 60%

02-136 Por mantener en mal estado de conservacion los elementos fijos y moviles que conforman el establecimiento, tales como: muros, puertas, ventanas, rejas, avisos, luminarias, etc. 02-137 Por colocar anuncios, pizarras, productos u otros objetos en rejas, puertas y ventanas. 02-138 Por no contar el establecimiento con iluminacion y/o ventilacion necesaria para brindar confort a sus clientes. 02-139 Por no contar los servicios higienicos y la cocina con muros revestidos que impidan el paso de la humedad. 02-140 Por no contar los establecimientos de expendio de comidas con trampas de grasa, extractores de humo y olores. 02-141 Por contar con mobiliario (mesas, sillas, escaparates, vitrinas, mostradores) en mal estado de conservacion o en condiciones antihigienicas 02-142 Por usar en el retiro o via publica mesas y sillas apilables, de plastico y/o con publicidad. 02-143 Por tener toldos, marquesinas, sombrillas u otros elementos de proteccion o publicidad en mal estado de conservacion o higiene. 02-144 Por no contar con acondicionamiento acustico los bares, pubs, discotecas, locales de espectaculos, restaurantes con espectaculos o acompanamiento musical, gimnasios u otros establecimientos cuyos giros generen ruidos o vibraciones molestas. 02-145 Por no contar con los estacionamientos requeridos para su funcionamiento.

02-155 Por no cumplir con los demas estandares de calidad y niveles operacionales aprobados por la presente Ordenanza.

30% 60%

En caso de reincidencia de la infraccion o si vencido el plazo de la Clausura Transitoria el titular de la Licencia de Funcionamiento no ha subsanado la observacion que motivo la sancion, la Subgerencia de Fiscalizacion y Control debera aplicar la sancion de Clausura Definitiva al establecimiento.

60%

CAPITULO II DE LA FISCALIZACION Y RESPONSABILIDAD
Articulo 17.- DE LA FISCALIZACION DEL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES DE LA PRESENTE ORDENANZA La Subgerencia de Fiscalizacion y Control, o quien haga sus veces, realizara las labores de fiscalizacion de los establecimientos comerciales, profesionales y de servicios con el fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente Ordenanza, debiendo imponer las sanciones a que hubiera lugar en caso de incumplimiento. Articulo 18.- DE LA RESPONSABILIDAD El titular de la Licencia de Funcionamiento es responsable ante la Municipalidad de Miraflores por las infracciones o el incumplimiento de las disposiciones de la presente Ordenanza.

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60%

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CAPITULO III DE LA REVOCATORIA
Articulo 19.- REVOCATORIA DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Se les revocara las Licencias de Funcionamiento otorgadas a aquellos establecimientos comerciales, profesionales o de servicios que hayan sido sancionados con Clausura Definitiva por incumplimiento de los estandares de calidad o niveles operacionales regulados por la presente Ordenanza. La Gerencia de Autorizacion y Control es la competente para revocar las Licencias de Funcionamiento senaladas en el parrafo anterior previo informes de la Subgerencia de Comercializacion y de la Subgerencia de Fiscalizacion y Control.

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CLAUSURA TRANSITORIA(Dias necesarios para que subsanen) CLAUSURA TRANSITORIA (Dias necesarios para que subsanen) RETIRO DE MOBILIARIO CLAUSURA TRANSITORIA (Dias necesarios para que subsanen) CLAUSURA TRANSITORIA (Dias necesarios para que subsanen) CLAUSURA TRANSITORIA (Dias necesarios para que subsanen) CLAUSURA TRANSITORIA (Dias necesarios para que subsanen) CLAUSURA TRANSITORIA (Dias necesarios para que subsanen) CLAUSURA TRANSITORIA (Dias necesarios para que subsanen) CLAUSURA TRANSITORIA (Dias necesarios para que subsanen)

02-146 Por no cumplir los establecimientos de expendio de comidas con el area minima de comedor establecida. 02-147 Por colocar pizarras con anuncios de menues fuera del local o con registro visual desde la via publica. 02-148 Por colocar chimeneas o ductos sin respetar las medidas o distancias establecidas en la presente norma. 02-149 Por colocar los productos en el piso, en monticulos o desordenados sobre mesas o bandejas o ubicados en zonas que obstruyan el libre transito. 02-150 Por brindar atencion al publico con ropas o indumentarias en mal estado de conservacion o en condiciones antihigienicas. 02-151 Por tener el piso, MORDAZA, implementos o utensilios en mal estado de conservacion o en condiciones antihigienicas. 02-152 Por tener los servicios higienicos en mal estado de conservacion o en condiciones antihigienicas. 02-153 Por no pintar las fachadas con los MORDAZA establecidos en la carta de MORDAZA aprobada por la presente Ordenanza (Para los establecimientos que por su ubicacion les corresponda). 02-154 Por no cumplir con los estandares de calidad y niveles operacionales especificos aprobados por la presente Ordenanza.

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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES
Primera.- Facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia establezca las disposiciones complementarias y/o reglamentarias que MORDAZA necesarias para la adecuada aplicacion de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Segunda.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Tercera.- Encargar a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicacion del presente dispositivo en el MORDAZA institucional de la entidad (www.miraflores.gob. pe), asi como de los Anexos Nºs 1y 2.

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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS
Unica.- Los establecimientos que cuenten con Licencia de Funcionamiento deberan adecuarse a las disposiciones de la presente Ordenanza referidas a higiene, limpieza, orden, mobiliario y pintado de fachadas, en un plazo MORDAZA de ciento ochenta (180) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones establecidas en el articulo 16 de la presente Ordenanza y de dejar sin efecto la Licencia de Funcionamiento, de ser el caso.

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