Norma Legal Oficial del día 21 de Mayo del año 2011 (21/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 480-2011-MTC/03 MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2011 VISTO, el escrito de registro Nº 2008-007236, presentado por la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., sobre renovacion de su autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito y provincia de MORDAZA, departamento de San Martin; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 175-2002MTC/15.03 del 21 de marzo de 2002, se autorizo por el plazo de diez (10) anos a la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., la operacion de una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de MORDAZA, departamento de San Martin; Que, con escrito de registro N° 2008-007236 del 20 de febrero de 2008, la empresa RADIO PANAMERICANA S.A. solicito la renovacion de su autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial N° 175-2002-MTC/15.03; Que, las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion se otorgan por el plazo MORDAZA de diez (10) anos, renovables por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 15º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, concordado con el articulo 67º del Reglamento de la Ley de Radio y Television ­ Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, el articulo 69º del mencionado Reglamento establece las condiciones a las cuales se sujeta la renovacion de las autorizaciones para la prestacion del servicio de radiodifusion; en tanto que el articulo 71º y la Cuarta Disposicion Final y Transitoria de dicho cuerpo legal consignan los requisitos necesarios para el otorgamiento de la renovacion solicitada; Que, el articulo 68º del citado Reglamento dispone que la solicitud pueda presentarse hasta el dia de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorizacion otorgada; en el presente caso, la solicitud de renovacion, presentada mediante escrito de registro Nº 2008-007236 del 20 de febrero de 2008, fue presentada dentro del plazo de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 175-2002-MTC/15.03; Que, mediante Memorando Nº 2835-2008-MTC/29 del 10 de MORDAZA de 2008, la Direccion General de Control y Supervision de Telecomunicaciones remite el Informe Nº 2451-2008-MTC/29.02 del 19 de junio de 2008, dando cuenta de la inspeccion tecnica realizada a la estacion el 18 de MORDAZA de 2008, en el que concluye que se verifico que la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., presta el servicio con una senal de buena calidad y no interfiere a otros sistemas de comunicaciones, no emite senales armonicas ni espurias cumpliendo con las normas tecnicas del servicio de radiodifusion, por lo que la opinion para la renovacion es favorable; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 1577-2008MTC/28 del 29 de agosto de 2008 se aprobo el cambio de ubicacion de la planta transmisora de la estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) sito en Carretera a los Banos Sulfurosos ­ Caserio La MORDAZA de Indane del distrito y provincia de Moyobamba, departamento de San Martin; Que, la frecuencia autorizada a la empresa RADIO PANAMERICANA S.A. para que opere su estacion de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito y provincia de Moyobamba, departamento de San MORDAZA, se encuentra comprendida dentro del Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 120-2004-MTC/03, modificado por Resolucion Viceministerial Nº 878-2007MTC/03 y ratificado por Resolucion Viceministerial Nº 7462008-MTC/03, para la localidad de MORDAZA ­ Moyobamba ­ Nueva MORDAZA, del distrito y provincia de Moyobamba, departamento de San Martin; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2011-MTC del 29 de enero de 2011, el procedimiento de renovacion

de autorizacion signado con el Nº 14 en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de este Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias, en lo que compete a esta Direccion General, fue recalificado como un procedimiento de evaluacion previa sujeto al Silencio Administrativo Negativo teniendo como plazo de atencion ciento veinte (120) dias habiles, habiendose verificado que el procedimiento de renovacion solicitado por la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., mediante el Escrito de registro N° 2008-007236, no quedo aprobado durante su calificacion como procedimiento sujeto a silencio administrativo positivo; Que, mediante Informe Nº 0895-2011-MTC/28, MORDAZA con Informes N° 1292-2011-MTC/28 y N° 15922011-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones senala que la estacion radiodifusora perteneciente a la empresa RADIO PANAMERICANA S.A. se encuentra en aptitud tecnica para continuar operando y que, desde el punto de vista legal, es procedente renovar la autorizacion otorgada a la referida empresa para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) para el distrito y provincia de Moyobamba, departamento de San MORDAZA, al haberse verificado el cumplimiento de las condiciones y requisitos previstos en los articulos 69º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television ­ Decreto Supremo Nº 0052005-MTC; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 175-2002-MTC/15.03 a favor de la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., por el plazo de diez (10) anos, el mismo que vencera el 12 de marzo de 2018, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de MORDAZA ­ Moyobamba ­ Nueva MORDAZA, departamento de San Martin. Articulo 2º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados. Articulo 3º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedira la resolucion que deje sin efecto la autorizacion respectiva, de conformidad con el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 642292-1 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 483-2011-MTC/03 MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2011 VISTA, la Solicitud de Registro Nº 2010-025507 de fecha 23 de junio de 2010, presentada por la empresa

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