Norma Legal Oficial del día 21 de Mayo del año 2011 (21/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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NORMAS LEGALES
Pasajes Viaticos US$ US$

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de MORDAZA de 2011

2 044,49 1 040,00

La invitacion del Financial Stability Institute (FSI) cursada a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), para participar en el "Seminar on Recent Developments in Operational Risk Management", el mismo que se llevara a cabo los dias 24 y 25 de MORDAZA de 2011, en la MORDAZA de Basilea, Suiza; CONSIDERANDO: Que, el citado evento, dirigido especialmente a funcionarios representantes de las autoridades supervisoras y reguladoras de las entidades del sistema financiero, tiene como principal objetivo servir de foro para intercambiar conocimientos sobre los ultimos avances en la administracion del riesgo operacional, con especial enfasis en la regulacion y supervision del riesgo operacional en la era post crisis, las practicas actuales de administracion de riesgos en los bancos e instituciones financieras internacionales, la evaluacion de riesgos y el autocontrol y el papel de los seguros en la mitigacion del riesgo operacional; Que, en tanto los temas a tratar en el citado evento seran de utilidad y aplicacion directa para la mejora y fortalecimiento del MORDAZA de regulacion, supervision y procesos internos de la SBS y particularmente para ampliar el conocimiento tecnico sobre los nuevos cambios regulatorios propuestos por el Comite de Basilea, se ha designado al senor MORDAZA Matsuoka MORDAZA, Supervisor Principal de Banca del Departamento de Supervision Bancaria "D" de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas, para participar en el referido seminario; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-14, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2011, estableciendose en el Numeral 4.3.1., que se autorizaran los viajes al exterior de los funcionarios de la SBS para participar en eventos de interes para la institucion; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del citado funcionario, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos, viaticos y Tarifa CORPAC, seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2011; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2011, Nº SBSDIR-ADM-085-14; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Matsuoka MORDAZA, Supervisor Principal de Banca del Departamento de Supervision Bancaria "D" de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas de la SBS, a la MORDAZA de Basilea, Suiza del 22 al 26 de MORDAZA de 2011, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, debera presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion, segun se indica, seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2011, de acuerdo al siguiente detalle:

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 643070-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Autorizan al Ejecutivo Regional llevar a cabo convocatoria de concurso publico para seleccionar operador portuario para el Terminal Portuario de Chimbote
ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2011-REGION ANCASH/CR El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene la atribucion de normar asuntos de caracter general, reglamentando las materias de su competencia, conforme a lo establecido en el inciso a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902, que senala, que es atribucion del Consejo Regional: aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2008-MTC, se formaliza la creacion, entre otras Autoridades Regionales, la Autoridad Portuaria Regional de MORDAZA, instaurandose como organo adscrito al Gobierno Regional, con personeria juridica de derecho publico interno, patrimonio propio y autonomia tecnica, economica y financiera, de conformidad a lo establecido por la Ley del Sistema Nacional Portuario. Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2008-MTC del 02 de MORDAZA de 2008, se modifica el Plan Nacional de Desarrollo Portuario en la parte correspondiente a la Tabla Nº 5.11, referida a la clasificacion portuaria del Puerto y Terminal Portuario de Chimbote, clasificandolo por su alcance y ambito como: Regional; Que, la Ley del Sistema Portuario Nacional Nº 27943, Articulo 5º, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1022, establece que la titularidad de los bienes de dominio publico portuario corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones en el caso de los puertos nacionales, y a los Gobiernos Regionales que correspondan en el caso de los puertos regionales. Asimismo, el Numeral 5 del Articulo 6º senala que: "Los puertos y terminales portuarios de alcance nacional, son de competencia exclusiva de la Autoridad Portuaria Nacional". Por tanto, los puertos y terminales portuarios de alcance regional, son de competencia exclusiva de la Autoridad Portuaria Regional. Que, mediante Proyecto de Ley Nº 3652/2009-PE se ha previsto crear el Terminal Portuario de Chimbote

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