Norma Legal Oficial del día 21 de Mayo del año 2011 (21/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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como Empresa del Gobierno Regional de MORDAZA, con accionariado unico, bajo la forma de sociedad anonima, cuyo objeto social es la administracion, mantenimiento, seguridad y operatividad de dicho terminal portuario. Por lo que, en tanto no se expida la presente ley, el Gobierno Regional de MORDAZA no podra operar dicho Terminal Portuario. Que, con el proposito de concretar la transferencia de la titularidad del Terminal Portuario de Chimbote, de la Empresa Nacional de Puertos al Gobierno Regional de MORDAZA, sin la expedicion del proyecto de ley senalado en el parrafo precedente, resulta necesario contar con una empresa administradora-operadora de primer nivel que cuente con todas las licencias y reglamentaciones correspondientes para explotar el Terminal Portuario de Chimbote, a traves de un Contrato de Gerencia, por el periodo que demande la aprobacion y publicacion del mencionado proyecto, asi como la preparacion de la nueva empresa operadora a cargo del Gobierno Regional. En uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Leyes Nos. 27902, 28961, 28968 y 29053 y demas normas pertinentes; y estando a lo acordado por mayoria en la sesion ordinaria llevada a cabo el dia 14 de MORDAZA del ano dos mil once; ORDENA: Articulo Primero.- Autorizar al Ejecutivo Regional a llevar a cabo la convocatoria de un Concurso Publico para seleccionar un Operador Portuario que administre y opere el Terminal Portuario de Chimbote mediante Contrato de Gerencia, a fin de contribuir en materializar la transferencia de la titularidad de dicho Terminal Portuario, de la Empresa Nacional de Puertos al Gobierno Regional de Ancash. Articulo Segundo.- Disponer que el Ejecutivo Regional a traves de la Autoridad Portuaria Regional de MORDAZA a conducir el MORDAZA del Concurso Publico, previa aprobacion de las Bases Administrativas y Terminos de Referencia, por parte del Gobierno Regional de Ancash. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Regional de Ancash. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los catorce dias del mes de MORDAZA del ano 2011. MORDAZA J. MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional de MORDAZA 642959-1

Incorporan dentro de la Estructura Organica del Gobierno Regional de MORDAZA a la Autoridad Portuaria Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 004 -2011-REGION ANCASH/CR El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional;

Que, de conformidad con lo dispuesto con el articulo 45 inciso a) y b) de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificado por el articulo 4 de la Ley Nº 27902, la funcion normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional; Que, la Ley Nº 27867 en su articulo 10 inciso a) y c) del numeral 1, establece la facultad del Gobierno Regional a Planificar el desarrollo integral de su region y Aprobar su organizacion interna para cumplir con las funciones propias que le son inherentes por su nivel de gobierno. Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del articulo 56 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, constituyen funciones de los Gobiernos Regionales en materia de transportes, otorgar las autorizaciones portuarias, licencias y permisos para la prestacion de los servicios portuarios maritimos, fluviales y lacustres de alcance regional, a traves del organismo pertinente y de la forma que establezcan los dispositivos legales sobre la materia; Que, mediante la Ley Nº 27943 (Ley del Sistema Portuario Nacional), en su Articulo 27º, se crean las Autoridades Portuarias Regionales - APR como organos integrantes del Sistema Portuario Nacional, con personeria juridica de derecho publico interno, patrimonio propio y con autonomia tecnica, economica y financiera, dependen de los Gobiernos Regionales. Del mismo modo en el Articulo 28º define a las APR como organos competentes dentro del ambito de su jurisdiccion, encargados de planificar, ejecutar y controlar las politicas de desarrollo portuario de los puertos que se encuentren en MORDAZA, en MORDAZA con el Plan Nacional de Desarrollo Portuario y las disposiciones emitidas por la APN. Que, de conformidad con el articulo 4 y la Vigesimo Primera Disposicion Transitoria y Final de la referida Ley Nº 2943, el Plan Nacional de Desarrollo Portuario es un documento tecnico normativo elaborado por la Autoridad Portuaria Nacional que, entre otros, establece los plazos y modalidades de transferencia de atribuciones y activos a las Autoridades Portuarias Regionales y se aprueba por Decreto Supremo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en ese sentido mediante el Art. 105 del Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC (Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, tenemos que las APR´s comprenden los puertos de alcance regional y sus zonas de influencia, y tienen por objeto contribuir al crecimiento economico de las regiones que involucran y por consiguiente al desarrollo pais. Las APR´s han sido establecidas teniendo en consideracion fundamentalmente el MORDAZA de regionalizacion y descentralizacion, y se ha considerado tambien los volumenes de carga que movilizan los puertos de alcance regional, y la contribucion al PBI nacional de cada Region. Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2008-MTC., se Modifica el Plan Nacional de Desarrollo Portuario (Decreto Supremo Nº 006-2005-MTC), determinandose las Autoridades Portuarias Regionales, en aquellos departamentos - regiones del MORDAZA que tienen un frente de agua maritimo, fluvial o lacustre y en cuya jurisdiccion se encuentre por lo menos un puerto de alcance regional, como ocurren en esta Region, en la que entre otras autoridades Portuarias Regionales se crea la Autoridad Portuaria Regional de Ancash; Que, mediante Acta de Instalacion del Directorio de la Autoridad Portuaria Regional de MORDAZA, de fecha 30 de Octubre del 2008, se formaliza la creacion y se da MORDAZA al MORDAZA organo administrativo de competencia regional, aprobandose mediante Ordenanza regional Nº 009-2009CR/GRA, el Reglamento de Organizacion y Funciones de dicho Organismo Publico descentralizado de competencia regional. Que, en ese sentido teniendo en cuenta que dicho organismo cuenta con documentos de gestion emitidos por el Gobierno regional de Ancas, es necesario incorporarlo dentro de la estructura Organizacional del

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