Norma Legal Oficial del día 27 de Mayo del año 2011 (27/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

443361

recomendaciones, al Concejo Municipal sobre la situacion de los stands, modulos o puestos de galerias y/o centros comerciales, ubicados en el distrito de MORDAZA MORDAZA, asi como el resultado del acogimiento de los propietarios, conductores o responsables a la presente Ordenanza, para que adopte los correctivos a que hubiere lugar. Articulo Quinto.- FACULTESE al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones y normas complementarias necesarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza, asi como para disponer la ampliacion de los plazos establecidos. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 644973-1

ORDENANZA QUE RESTABLECE LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 223-MDJM QUE APROBO EL PROGRAMA DE FOMENTO DE LA CONSERVACION DEL ORNATO "RENOVEMOS MORDAZA MARIA" Articulo Primero.- RESTITUYASE la vigencia de la Ordenanza Nº 223-MDJM y sus modificatorias aprobadas mediante Ordenanzas Nº 250, 257 y 268-MDJM. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 644974-1

Restablecen la vigencia de la Ordenanza Nº 223-MDJM que aprobo el Programa de Fomento de la Conservacion del Ornato "Renovemos MORDAZA Maria"
ORDENANZA N° 363-MDJM MORDAZA MORDAZA, 20 de MORDAZA del 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, reconoce a los gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, la misma que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante Ordenanza Nº 223-MDJM, se aprobo el Programa de Fomento de la Conservacion del Ornato "Renovemos MORDAZA Maria", a traves del cual la corporacion MORDAZA, brinda apoyo con mano de obra para el pintado de fachadas, dirigido a los edificios debidamente registrados ante la Gerencia de Rentas y que tengan una antiguedad de construccion superior a los 20 anos. Que, con Ordenanzas Nº 250, 257 y 268-MDJM, se modifico sucesivamente la Ordenanza Nº 223-MDJM, otorgandosele finalmente a la Alcaldia facultades para que determine los predios que seran seleccionados para ser beneficiados con el Programa de Fomento de la Conservacion del Ornato "Renovemos MORDAZA Maria"; Que, por Ordenanza Nº 303-MDJM, se suspendio temporalmente la vigencia de la Ordenanza Nº 223MDJM, en tanto no se habiliten mayores recursos para su ejecucion; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante Memorandum Nº 266-2011-GPP/MDJM de fecha 06 de MORDAZA del 2011 senala que ha previsto los recursos con destino a los Programas de Vivienda Municipal "Mejorando Mi Quinta" y "Renovemos MORDAZA Maria" en el presupuesto institucional para el ejercicio 2011, razon por lo cual, senala la existencia de disponibilidad presupuestal; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente;

Prohiben suministrar alimentacion en zonas publicas a las palomas urbanas
ORDENANZA N° 364-MDJM MORDAZA MORDAZA, 20 de MORDAZA del 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MARIA; Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, reconoce a los gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, la misma que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, es competencia de los gobiernos locales, el saneamiento, salubridad y salud, coordinar campanas de control de epidemias y sanidad animal, conforme a lo establecido en el articulo 80 de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades; Que, mediante Oficio Nº 425-2011-DG-DESADSBHAZ/DISA V LC del 27 de enero del 2011, el Director General de la Direccion de Salud V, MORDAZA Ciudad; remitio el Informe Nº 009-2011-UVCZ-DSBHAZ-DESA/DISA V LC, referido a la Reunion Tecnica "Riesgos a la Salud Publica y Ambiental por sobrepoblacion de palomas", el mismo que senala entre sus recomendaciones, que la Subgerencia de Promocion Social y Economica de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, entre otros, debe formular y elaborar un plan local de acciones de prevencion y control de palomas en areas publicas previamente identificadas en su localidad y buscar mecanismos de fiscalizacion, control y sancion a la poblacion para evitar que alimenten a las palomas, mediante la expedicion de una Ordenanza Municipal; Que, del precitado informe se desprende que existe una situacion de riesgo para la salud publica, cuando se configura la sobrepoblacion de palomas urbanas en el distrito, afectando inclusive la propia salud de las mismas aves; Que, en tal sentido, la Subgerencia de Promocion Social y Economica y la Subgerencia de Gestion Ambiental, mediante Informes Nº 093-2011-MDJMGDH-SGPSE, del 09 de febrero de 2011 e Informe Nº 028-2011-GDUyA/SGGA del 14 de febrero de 2011, respectivamente, han recomendado aprobar una Ordenanza Municipal que sirva de mecanismo de fiscalizacion, control y sancion a la poblacion para evitar que alimenten a las palomas;

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