Norma Legal Oficial del día 01 de Octubre del año 2011 (01/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

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pesquera MORDAZA de la publicacion del Decreto Supremo Nº 001-2009-PRODUCE, MORDAZA regularizado su capacidad de bodega real frente a la capacidad de bodega autorizada por la Administracion; Que, mas aun cuando, la MORDAZA de Verificacion de Capacidad de Bodega que obra a fojas 5 del expediente administrativo, no ha sido desvirtuada a lo largo del procedimiento; Que, por lo expuesto, corresponde declarar la caducidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MI HUBERDINO 3 de matricula CE-11169-CM otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 109-98CTAR-LAM-DRP, modificada por la Resolucion Directoral Nº 627-2010-PRODUCE/DGEPP; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Tecnico Nº 5492011-PRODUCE/DGEPP-Dchi e Informe Legal Nº 05332011-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- De acuerdo a lo dispuesto en el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 012-2008-PRODUCE, corresponde que se declare la caducidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MI HUBERDINO 3 de matricula CE-11169-CM, Resolucion Directoral Regional Sectorial Nº 109-98-CTAR-LAMB-DRP, modificada por la Resolucion Directoral Nº 627-2010-PRODUCE/DGEPP, de fecha 21 de setiembre de 2010. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 696207-8

Autorizan a Corporacion Pesquera MORDAZA S.A.C. el traslado fisico con innovacion tecnologica de planta de harina de pescado ubicada en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 554-2011-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 2 de setiembre de 2011 Vistos el escrito de Registro Nº 00061318-2011 de fecha 19 de MORDAZA de 2011, presentado por la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C.- COPEINCA S.A.C. CONSIDERANDO: Que, el numeral 52.4 del articulo 52º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que "la autorizacion para el traslado fisico o para el incremento de capacidad instalada se otorga con una vigencia no mayor de un (01)

ano. Dicha autorizacion podra renovarse por una sola vez y por igual periodo, siempre que se acredite haber realizado una inversion sustantiva superior al cincuenta por ciento (50%) del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado. La autorizacion se extinguira de pleno derecho al no acreditarse dentro del plazo autorizado o, de ser el caso, al termino de la renovacion del mismo"; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 707-2009PRODUCEIDGEPP, de fecha 11 de septiembre del 2009, se resuelve aprobar a favor de CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., el cambio de titular de la licencia de operacion, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada a la EMPRESA PESQUERA SAN MORDAZA S.A., mediante Resolucion Ministerial Nº 405-95-PE, modificada en su titularidad por la Resolucion Directoral Nº 015-99-PE/DNPP, para que desarrolle la actividad de procesamiento pesquero a traves de su planta de harina de pescado de alto contenido proteinico con una capacidad de 80 t/h de procesamiento de materia prima, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la Antigua Carretera Panamericana Norte km. 84 distrito de Chancay, provincia de Huaral, departamento de Lima; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 040-2011PRODUCE/DGEPP, de fecha 24 de enero del 2011, se resuelve aprobar a favor de CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., hasta el 17 de setiembre del 2011, el cambio de titularidad de la licencia de operacion otorgada a la empresa PESQUERA MORDAZA S.A., mediante Resolucion Directoral Nº 192-2008-PRODUCE/DGEPP, de fecha 09 de MORDAZA del 2008, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada; Que, en el MORDAZA Institucional se consigna a la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., con actividad para elaborar harina de pescado convencional, para el establecimiento pesquero ubicado en la Av. Las Canarias Nº 216 distrito de Chancay, provincia de Huaral, departamento de MORDAZA, con licencia de operacion vigente otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 040-2011PRODUCE/DGEPP con una capacidad de 88 t/h, de procesamiento pesquero. Asimismo, se observa que tambien se consigna a la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., con actividad para elaborar harina de pescado de Alto Contenido Proteinico para el establecimiento pesquero ubicado en la Antigua Panamericana Norte Km. 84 distrito de Chancay, provincia de Huaral, departamento de Lima; con permiso vigente otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 707-2009PRODUCE/DGEPP, con una capacidad de 80 t/h; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 31-2011PRODUCE/DGAAP, de fecha 18 de MORDAZA de 2011, se otorgo a la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C, la Certificacion Ambiental aprobatoria al Estudio de Impacto Ambiental, del proyecto de inversion denominado: "Reubicacion total con innovacion tecnologica de una planta de harina de pescado convencional de 88 t/h de capacidad ( Ex Pesquera MORDAZA S.A.), ubicada en Av. Las Canarias Nº 216 hacia un planta de harina de ACP que incrementaria su capacidad de 80 t/h a 168 t/h, ubicada en la Av. Roossevelt S/N - Km. 84 Antigua Panamericana Norte, MORDAZA situadas en el distrito de Chancay, provincia de Huaral, departamento de Lima". La capacidad de planta sera fijada por la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero de acuerdo a su competencia funcional; Que, mediante el escrito del Visto, la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. representada por la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA, apoderada de dicha empresa, solicita (i) autorizacion para traslado fisico de 88 t/h de procesamiento de la planta ubicada en Av. Las Canarias Nº 216,distrito de Chancay, provincia de Huaral, departamento de MORDAZA (ii) modificacion de capacidad de procesamiento de 80 t/h a 168 t/h, en su establecimiento de acuerdo al procedimiento Nº 26 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082009-PRODUCE. Asi mismo, precisa que la solicitud de traslado fisico de 88 t/h de capacidad de planta de harina de pescado convencionales con innovacion tecnologica para una unificar a una planta de harina de alto contenido proteinico (ACP), conforme a lo establecido en la Certificacion Ambiental;

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