Norma Legal Oficial del día 01 de Octubre del año 2011 (01/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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En el Articulo Primero; DICE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de octubre de 2011

COMPETENCIAS: Las competencias de la Sub Gerencia de Transporte, MORDAZA y Vialidad son: (...) 3. Autorizar y registrar a personas juridicas o naturales, segun corresponda, para la prestacion del servicio de transporte en vehiculos menores. 4. Reglamentar, controlar y regular el servicio publico de transporte MORDAZA de rutas, zonas y paraderos de vehiculos menores. (...) DEBE DECIR: COMPETENCIAS: Las competencias de la Sub Gerencia de Transporte, MORDAZA y Vialidad son: (...) 3. Autorizar y registrar a personas juridicas para la prestacion del servicio de transporte en vehiculos menores. 4. Reglamentar, controlar y regular el servicio publico de transporte MORDAZA en zonas y paraderos de vehiculos menores. (...) 697736-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Crean el Consejo Consultivo de Ninas, Ninos y Adolescentes - CCONNA-VMT
ORDENANZA Nº 135/MVMT MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 21 de setiembre de 2011 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º de la Declaracion de los Derechos del MORDAZA, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre del ano de 1959; senala que el MORDAZA gozara de una proteccion especial y dispondra de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse fisica, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, asi como en condiciones de MORDAZA y dignidad; por lo que, al promulgar leyes con este fin, la consideracion fundamental a que se atendera sera el interes superior del nino; Que, el articulo 12º de la Convencion sobre los Derechos del MORDAZA, adoptada y abierta a la firma y ratificacion por la Asamblea General en su resolucion 44/25, de 20 de noviembre de 1989; establece que los Estados Partes garantizan a las ninas y ninos que esten en condiciones de formarse un juicio propio, el derecho de expresar su opinion libremente en todos los asuntos que les afectan y que estas opiniones MORDAZA tomadas en cuenta; Que, el numeral 17, del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru, establece que toda persona tiene derecho a participar, en forma individual o asociada, en la MORDAZA politica, economica, social y cultural de la Nacion; asimismo de conformidad con lo establecido en el articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru, la comunidad y el Estado protegen especialmente, al MORDAZA y al adolescente; Que, en el MORDAZA del XX Congreso Panamericano del MORDAZA, la MORDAZA y Adolescentes, que tuvo lugar en la MORDAZA de MORDAZA, entre los dias 21 y 25 de setiembre de 2009, se dio el

Primer Foro Panamericano de Ninos, Ninas y Adolescentes, en el que participaron ninos de los Estados Miembros de la Organizacion de Estados Americanos ­ OEA; siendo una de las recomendaciones, el deber de conformar Consejos Consultivos a nivel local, regional, nacional e Interamericano para que se incorporen las palabras, opiniones, necesidades y propuestas de ninos, ninas y adolescentes, incluyendo a quienes tienen habilidades especiales, en la construccion e implementacion de politicas publicas a ser ejecutadas por las maximas autoridades; Que, el articulo 13º del Codigo de los Ninos y Adolescentes, aprobado mediante la Ley Nº 27337, establece que el MORDAZA y el adolescente tienen derecho a la MORDAZA de asociarse con fines licitos y a reunirse pacificamente, y que solo los adolescentes podran constituir personas juridicas de caracter asociativo sin fines de lucro, pudiendo los ninos adherirse a dichas asociaciones. Asimismo, se precisa que estas asociaciones son reconocidas por los gobiernos locales y pueden inscribirse en los Registros Publicos por el solo merito de la Resolucion Municipal de reconocimiento; Que, el articulo 20º de la MORDAZA senalada en el parrafo precedente, establece que el Estado estimulara y facilitara la aplicacion de recursos y espacios fisicos para la ejecucion de programas culturales, deportivos y de recreacion dirigidos a ninos y adolescentes; en ese contexto los municipios canalizaran los recursos y ejecutaran programas con la colaboracion y concurso de la sociedad civil y de las organizaciones sociales; Que, conforme a lo senalado en numeral 8 del articulo 9º, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, es atribucion del Concejo Municipal, entre otras, aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; asimismo, el articulo 40º de la Ley acotada se precisa que las ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal; Que, segun el numeral 6.4 del articulo 73º de la precitada Ley, es competencia municipal en materia de servicios sociales locales, el difundir y promover los derechos del MORDAZA, del adolescente, de la mujer y del adulto mayor; propiciando espacios para su participacion a nivel de instancias municipales; Que, las ninas, ninos y adolescentes al ser parte de las familias, las que constituyen institutos fundamentales de la sociedad, deben ser considerados en las decisiones y procesos que les afecten y que tengan impacto en sus comunidades, siendo necesario que MORDAZA informados, escuchadas sus voces, respetadas sus opiniones y la forma como decidan expresarlas; Que, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social en su condicion de ente rector del Sistema Nacional de Atencion Integral al MORDAZA y al Adolescente, aprueba la constitucion del Consejo Consultivo de Ninas, Ninos y Adolescentes mediante la Resolucion Ministerial Nº 355-2009, modificada por Resolucion Ministerial Nº 617-2010-MIMDES; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, aprobo la Ordenanza Nº 1499-MML; que crea el Consejo Consultivo de Ninas, Ninos y Adolescentes de MORDAZA Metropolitana (CCONNA-LM), la cual establece que el mismo se constituira en un espacio de participacion de caracter exclusivamente consultivo, conformado por ninas, ninos y adolescentes elegidos democraticamente y que representen a diferentes grupos, espacios y formas de organizacion; Que, actualmente se dispone de mecanismos y experiencias significativas de formas de organizacion y participacion de las ninas, ninos y adolescentes en diversos espacios del Estado y Sociedad Civil, Consejo Consultivo de Ninas, Ninos y Adolescentes, Municipios Escolares, en el Presupuesto Participativo, Encuentros de Ninas, Ninos y Adolescentes, Defensorias Escolares del MORDAZA y del Adolescente, entre otros; Que, sobre el particular, existe un proyecto internacional denominado "Ciudad de los Ninos", que nace en FanoItalia en 1991, el mismo que tiene una motivacion orientada hacia una nueva filosofia de gobierno de la MORDAZA, tomando a los ninos como parametro y como garantia de las necesidades de todos los ciudadanos, y que MORDAZA sus acciones en la "construccion de una MORDAZA diversa y mejor para todos, de manera que los ninos puedan vivir una experiencia como ciudadanos, autonomos y participativos", donde la creacion del Consejo de los Ninos es una de sus estrategias principales;

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