Norma Legal Oficial del día 15 de Octubre del año 2011 (15/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES
Eje Sur

451707

Que, el literal o) del articulo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, la cual establece que es atribucion del Presidente Regional, promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, de conformidad con lo establecido con el articulo 39º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, establece que los acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos de interes publico, ciudadano o institucional; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, en Sesion Ordinaria desarrollada en el Auditorio del Gobierno Regional de San MORDAZA ­ Moyobamba, llevado a cabo el dia viernes 01 de MORDAZA del 2011, aprobo con el MORDAZA dirimente de la Presidenta del Consejo Regional, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- DEROGAR la Ordenanza Regional Nº 029 ­ 2008 ­ GRSM / CR, de fecha 31 de octubre del 2008, donde se constituye el Consejo Regional de Turismo de San MORDAZA ­ CRT-SM, como MORDAZA instancia coordinadora, propositiva y concertadora de politicas del sector turismo en la Region San Martin. Articulo Segundo.- CREAR el "COMITE CONSULTIVO REGIONAL DE TURISMO DE SAN MARTIN" ­ CCRT S.M, sobre la base constitutiva, organizativa y representativa del Consejo Regional de Turismo San Martin; cuyos miembros son las instituciones publicas y organizaciones privadas vinculadas a la actividad turistica en el ambito de la Region San MORDAZA, el cual estara representado por un Consejo Directivo integrado por un representante de las siguientes Entidades: - Presidente: · Un (01) Representante del sector publico (Gerencia Regional de Desarrollo Economico o Direccion de Comercio Exterior y Turismo de San Martin) o un (1) Representante del sector privado de la actividad turistica en la Region San Martin. -Miembros Eje Norte · Un (01) Representante de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo - Sede Moyobamba. · Un (01) Representante del Sector Empresarial Turistico Agremiado. · Un (01) Representante de los Gobiernos Locales, sea ONG, Centro Academico del Sector u Organizacion Civil Colegiada. Eje Centro · Un (01) Representante de la Direccion Sub Regional CETUR Tarapoto. · Un (01) Representante del Sector Empresarial Turistico Agremiado. · Un (01) Representante de los Gobiernos Locales, sea provincial o distrital. · Un (01) Representante de la Sociedad Civil, sea ONG, Centro Academico del Sector u Organizacion Civil Colegiada. Eje Sur Medio · Un (01) Representante de la Direccion Sub Regional CETUR Juanjui. · Un (01) Representante del Sector Empresarial Turistico Agremiado. · Un (01) Representante de los Gobiernos Locales, sea provincial o distrital. · Un (01) Representante de los Gobiernos Locales, sea ONG, Centro Academico del Sector u Organizacion Civil Colegiada.

· Un (01) Representante de la Direccion Sub Regional CETUR Tocache. · Un (01) Representante del Sector Empresarial Turistico Agremiado. · Un (01) Representante de los Gobiernos Locales, sea provincial o distrital. · Un (01) Representante de los Gobiernos Locales, sea ONG, Centro Academico del Sector u Organizacion Civil Colegiada. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo ­ SM, realizar los tramites respectivos para la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulacion de la Region San MORDAZA y en el Diario Oficial El Peruano, previa promulgacion del Presidente Regional del Gobierno Regional de San Martin. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta Consejo Regional de San MORDAZA Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San MORDAZA a los 18JUL.2011. POR TANTO: Mando se publique y cumpla MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 696499-2

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Aprueban Ordenanza que establece el canje de deudas tributarias y no tributarias por bienes y servicios de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 249 Chaclacayo, 23 de setiembre de 2011 VISTO: En Sesion Ordinaria de fecha el Informe Nº 137-2011/MDCH-GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Informe Nº 0149-2011-GGM/MDCH de la Gerencia General Municipal; y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades son organos de gobierno con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 161MDCH, se aprueba el canje de las deudas tributarias por bienes y servicios, estableciendo mecanismos, requisitos y procedimientos para la aplicacion del canje de sus deudas tributarias por bienes y servicios, de aquellas personas naturales que mantengan deudas tributarias en materia tributaria municipal, las mismas que pueden extinguirse con la prestacion de servicios o de bienes. Asimismo, la Ordenanza Municipal se encuentra dirigida a los contribuyentes en situacion economica grave;

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