Norma Legal Oficial del día 16 de Octubre del año 2011 (16/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 16 de octubre de 2011

de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes - Viaticos US$ US$ 2 795,16 2 640,00

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, los referidos funcionarios deberan presentar al titular de la entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Articulo 4º.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCCA MORDAZA Superintendente del MORDAZA de Valores 702640-1

del MORDAZA de Valores, a la MORDAZA de Port of Spain, MORDAZA y Tobago, del 23 al 28 de octubre de 2011, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion seran con cargo al Presupuesto de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes - Viaticos US$ 1 195,00 US$ 1 000,00

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la funcionaria autorizada segun el articulo 1º de la presente resolucion, debera presentar un informe detallado de las acciones realizadas durante el viaje. Articulo 4º.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCCA MORDAZA Superintendente del MORDAZA de Valores 704322-1

Autorizan viaje de Superintendente del MORDAZA de Valores para participar en evento que se realizara en MORDAZA y Tobago
RESOLUCION DE SUPERINTENDENTE Nº 034-2011-EF/94.01.2 MORDAZA, 13 de octubre de 2011 LA SUPERINTENDENTE DEL MORDAZA DE VALORES VISTO: La carta del 07 de octubre de 2011, remitida por The MORDAZA and Tobago Securities and Exchange Commission (TTSEC), invitando a la Superintendencia del MORDAZA de Valores a la 8th Annual Caribbean Group of Securities Regulators (CGSR) Meeting and International Conference, que tendra lugar del 24 al 27 de octubre de 2011 en Port of Spain, MORDAZA y Tobago; CONSIDERANDO: Que, del 24 al 27 de octubre de 2011, se desarrollara, en Port of Spain, MORDAZA y Tobago, la 8th Annual Caribbean Group of Securities Regulators (CGSR) Meeting and International Conference, organizada por The MORDAZA and Tobago Securities and Exchange Commission (TTSEC); Que, el evento contara con la participacion de los representantes de los diversos organismos reguladores locales, regionales e internacionales; Que, el tema que se desarrollara en la conferencia es "Regulatory challenges in a time of financial turbulence: The way forward", cuyos topicos se encuentran relacionados con los desafios que enfrentan los organismos reguladores en el entorno actual, las calificaciones de riesgo de acuerdo a la regulacion financiera y la evolucion del papel del auditor en el entorno financiero actual, entre otros; Que, a fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, corresponde autorizar el viaje de la Superintendente del MORDAZA de Valores, cuyos gastos seran cubiertos con cargo al Presupuesto de la Superintendencia del MORDAZA de Valores; De conformidad con lo establecido por la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, la Ley N° 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervision del MORDAZA de Valores, la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA Rocca MORDAZA, Superintendente de la Superintendencia

Inscriben a Celfin Capital S.A.C. en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION DIRECTORAL DE EMISORES Nº 74-2011-EF/94.06.3 MORDAZA, 7 de octubre de 2011 VISTOS: El expediente N° 2011031387 y el Informe Interno N° 643-2011-EF/94.06.3.1, del 07 de octubre de 2011, de la Direccion de Emisores; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28739, Ley que promueve el canje o redencion de las acciones de inversion, establece en su articulo 7 que el valor de canje o redencion de las referidas acciones sera determinado por las entidades valorizadoras inscritas en el registro creado por la Superintendencia del MORDAZA de Valores para tales efectos; Que, mediante Resolucion CONASEV N° 060-2006EF/94.10 se modifico el Reglamento de Registro Publico del MORDAZA de Valores y se incorporo el Capitulo VII referido a las Entidades Valorizadoras comprendidas en la Ley Nº 28739 y se establecieron los requisitos que deberan cumplir para obtener su inscripcion como tales; Que, Celfin Capital S.A.C. ha solicitado su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores como entidad valorizadora comprendida en la Ley N° 28739, Ley que promueve el canje o redencion de las acciones de inversion; Que, de la evaluacion de la documentacion presentada se ha determinado que Celfin Capital S.A.C. ha cumplido con presentar la informacion requerida por el Reglamento del Registro Publico del MORDAZA de Valores, asi como por el Reglamento del Sistema MVNet; Que, el articulo 2, numeral 1, de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, establece que las autorizaciones emitidas por la Superintendencia del MORDAZA de Valores en el ejercicio de sus atribuciones deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la pagina web de la Superintendencia del MORDAZA de Valores en internet; y, Estando a lo dispuesto por la Primera Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N° 29782, el articulo 5º de la Resolucion de Superintendente Nº 001-2011EF/94.01.1; el articulo 13 y siguientes del Texto Unico

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