Norma Legal Oficial del día 16 de Octubre del año 2011 (16/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 16 de octubre de 2011

promocion de la accion concertada entre las distintas instancias de la gestion, garantizando una MORDAZA MORDAZA y libre de violencia, con relaciones de igualdad entre mujeres y hombres y con plena vigencia de sus derechos; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el articulo 194º, de la Constitucion Politica del Estado; articulo 79º, inciso 3) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA por mayoria de los senores Regidores y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha dado la siguiente; ORDENANZA DE CREACION Y FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE PREVENCION Y ATENCION DE LA VIOLENCIA FAMILIAR Y SEXUAL EN EL DISTRITO DE ATE CAPITULO I OBJETO Articulo 1º.- OBJETIVO DE LA ORDENANZA. La presente Ordenanza tiene por objeto promover y articular los esfuerzos publicos, privados y de la sociedad civil, para prevenir y atender la violencia familiar y sexual, contra ninas, ninos, adolescentes, mujeres, hombres y adultos mayores; garantizando una MORDAZA MORDAZA y libre de violencia, con relaciones de igualdad entre mujeres y hombres, y con plena vigencia de sus derechos. Articulo 2º.- VIOLENCIA FAMILIAR Y SEXUAL. Se entiende como violencia familiar y sexual, cualquier accion u omision que cause dano fisico, psicologico, maltrato sin lesion, inclusive la amenaza o coaccion grave y/o reiterada, asi como la violencia sexual que se produzca entre: Conyuges. Exconyuges. Convivientes. Exconvivientes. Descendientes. Parientes colaterales hasta el MORDAZA grado de consanguinidad y MORDAZA de afinidad. Quienes habitan en el mismo lugar, siempre que no medien relaciones contractuales o laborales. Quienes tengan hijo o hijos en comun, independientemente que convivan o no al momento de producirse la violencia. Uno de los parientes del otro hasta de MORDAZA grado de consanguinidad y MORDAZA de afinidad, en las uniones de hecho. CAPITULO II CREACION Y FINALIDAD DEL SISTEMA DE PREVENCION Y ATENCION DE LA VIOLENCIA FAMILIAR Y SEXUAL EN EL DISTRITO DE ATE Articulo 3º.- CREACION Y FINALIDAD DEL SISTEMA. Crease el Sistema de Prevencion y Atencion de la Violencia Familiar y Sexual en el Distrito de Ate, que tiene como finalidad coordinar, concertar y conducir, de manera eficiente y eficaz, la accion del Gobierno Local Distrital y de las instituciones publicas, privadas y organizaciones de la sociedad civil, para garantizar una MORDAZA libre de violencia familiar y sexual. CAPITULO III ORGANIZACION DEL SISTEMA DE PREVENCION Y ATENCION DE LA VIOLENCIA FAMILIAR Y SEXUAL EN EL DISTRITO DE ATE Articulo 4º.- INTEGRANTES. Integran el Sistema de Prevencion y Atencion de la Violencia Familiar y Sexual en el distrito de Ate los siguientes: a. La Municipalidad Distrital de Ate.

b. Las Instituciones Publicas cuyo quehacer refiere a la prevencion de la violencia familiar y sexual. c. Las Instituciones Privadas comprometidas en la lucha contra la violencia familiar y sexual. d. Las Organizaciones de la Sociedad Civil involucradas en la prevencion de la violencia familiar. Articulo 5º.- ORGANISMOS. Los Organismos del Sistema de Prevencion y Atencion de la Violencia Familiar y Sexual en el distrito de Ate son los siguientes: a. El Comite Directivo Distrital. b. La Secretaria Tecnica. c. La Red Distrital. DEL COMITE DIRECTIVO DISTRITAL Articulo 6º.- FUNCIONES Es la instancia encargada de: a. Analizar la problematica de la violencia familiar y sexual. b. Coordinar la formulacion y ejecucion de los planes, programas y proyectos de prevencion de la violencia familiar y sexual en la jurisdiccion de Ate. c. Emitir directivas sobre la prevencion de la violencia familiar y sexual en Ate. d. Difundir las orientaciones y acciones contra la violencia familiar y sexual. Articulo 7º.- INTEGRANTES Integran el Comite Directivo Distrital: a. El MORDAZA Distrital de Ate, quien lo presidira. b. Un representante de la Direccion de Salud IV - MORDAZA Este. c. Un representante de las Instituciones Educativas de Ate. d. Un representante de la Policia Nacional del Peru del distrito de Ate. e. Un representante del Ministerio Publico. f. Un representante del Poder Judicial (Corte Superior de MORDAZA Este). g. Un representante de la Sociedad Civil. h. Un representante del Sector Privado. i. La Gerencia de Desarrollo Social de la Municipalidad Distrital de Ate, o quien haga sus veces, que actuara como Secretaria Tecnica. j. Un representante de la Red de Mujeres. k. Un representante de las Iglesias. DE LA SECRETARIA TECNICA Articulo 8º.- FUNCIONES. Proponer planes, programas, proyectos y actividades; y contribuir al desarrollo de capacidades para la prevencion y atencion de la violencia familiar y sexual. Articulo 9º.- CONFORMACION. Estara conformada por la Gerencia de Desarrollo Social de la Municipalidad Distrital de Ate, a traves de las Defensorias Municipales de Ninos y Adolescentes (DEMUNAS), cuya labor contara con la cooperacion de instituciones especializadas. DE LA RED DISTRITAL Articulo 10º.- FUNCIONES. Coordinar acciones a nivel del Gobierno Local Distrital de Ate y el conjunto de instituciones publicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil y ciudadanos y ciudadanas en general, que esten comprometidos en la prevencion y atencion de la violencia familiar y sexual. Articulo 11º.- INTEGRANTES a. La Municipalidad Distrital de Ate, a traves de la Alcaldia y la Gerencia de Desarrollo Social. b. Las Instituciones Publicas y Privadas cuyo quehacer concierne a la prevencion y atencion a la violencia familiar y sexual.

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