Norma Legal Oficial del día 16 de Octubre del año 2011 (16/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 16 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

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Son miembros suplentes del Comite Electoral: Secretario General. Gerente de Desarrollo Humano y Educacion. En el desarrollo de sus funciones, el Comite Electoral podra solicitar asesoria y/o apoyo tecnico de la Oficina Nacional de Procesos Electorales ­ONPE- y del MORDAZA Nacional de Elecciones -JNE- quienes podran participar como observadores. Articulo 12°.- Funciones del Comite Electoral Son funciones del Comite Electoral las siguientes: 12.1. Conducir adecuadamente el MORDAZA electoral vecinal. 12.2. Velar por el correcto desarrollo del MORDAZA electoral vecinal. 12.3. Informar a los vecinos del distrito sobre la fecha de realizacion de las Elecciones Vecinales, difundiendo oportunamente el Cronograma General del MORDAZA de Elecciones. 12.4. Determinar el formato y contenido de las Cedulas de Sufragio. 12.5. Fijar el numero de mesas para el sufragio y designar a los miembros de la misma que estara compuesta por tres (3) miembros: un vecino del sector que la presidira, un secretario y un miembro que seran personal de la municipalidad. Los vecinos seran designados mediante sorteo efectuado por el Comite Electoral entre los electores que correspondan a cada mesa. 12.6. Recibir los documentos que acrediten a los personeros de cada lista. 12.7. Realizar el computo final de los votos inmediatamente despues de terminadas las elecciones. Este computo debe ser llevado a cabo en presencia de los personeros de los candidatos y se levantara el Acta correspondiente. 12.8. Resolver en MORDAZA instancia las impugnaciones presentadas durante el MORDAZA electoral. 12.9 Pronunciarse como unica instancia en las tachas formuladas a los candidatos de conformidad a lo establecido en el articulo 19° de la presente ordenanza. 12.10 Efectuar las proclamaciones que correspondan, suscribiendo las actas respectivas y otorgar las credenciales. 12.11. Hacer observaciones a las candidaturas que no cumplan con los requisitos senalados. 12.12. Presentar un informe final al MORDAZA para conocimiento del Concejo Municipal sobre los resultados obtenidos en el MORDAZA electoral. 12.13. Las demas que la presente Ordenanza les otorgue. Articulo 13°.- Ausencia de algun miembro En caso de ausencia temporal, por enfermedad o causa de fuerza mayor de alguno de los miembros del Comite Electoral, los demas integrantes asumiran las funciones que les competen, a fin de evitar que el MORDAZA electoral se entorpezca. Si el ausente fuera el Presidente, el Vicepresidente asumira sus funciones. Y los cargos seran cubiertos por los miembros Suplentes en el orden senalado. CAPITULO II: DE LOS REQUISITOS E INSCRIPCION DE CANDIDATOS Articulo 14º.- De la Lista de Candidatos: Para poder participar como candidatos, las listas deben presentarse completas, estando conformadas por seis (06) miembros, los que postularan para cada periodo de un (01) ano. La lista debera, asimismo, contar con un (01) miembro suplente para cada cargo, siendo en total seis (06) suplentes, los que tambien deberan cumplir con los requisitos para ser candidatos. Las Listas estan compuestas por: Un Presidente Un Secretario

Un Vocal de Servicios Sociales y Seguridad Ciudadana Un Vocal de Medio Ambiente Un Vocal de Desarrollo MORDAZA y Desarrollo Economico Local Un Vocal de Juventudes y Asuntos Culturales y Deportivos Un (01) miembro suplente para cada cargo, siendo en total seis (06) suplentes Articulo 15º.- Requisitos para ser Candidato Para ser candidato a integrante de la JVC se requiere: 15.1 Ser mayor de edad y gozar de sus derechos civiles. 15.2 Que el candidato resida efectivamente en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, y en el subsector por el cual postula. 15.3. Estar agrupado en una lista de seis (06) personas titulares y seis (06) suplentes que cumplan con todas y cada uno de los requisitos para ser candidato. 15.4. Presentar un padron con un minimo de cincuenta (50) firmas de vecinos adherentes que vivan en su subsector, de acuerdo al Anexo Nº 1 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 16º.- Requisitos para inscribir la lista de Candidatos El plazo y lugar de inscripcion de las Listas de Candidatos se establece en el cronograma electoral, deberan presentar: 16.1.Solicitud de inscripcion de lista dirigida al Comite Electoral, presentada ante la Subgerencia de Getion Documental, quien lo derivara al Presidente del Comite Electoral. 16.2.Lista con la indicacion de los cargos a los que postulan los seis (06) candidatos titulares y los seis (06) suplentes, debiendo considerarse los apellidos, nombres y firmas tal cual figuran en su Documento Nacional de Identidad (DNI) y/o Carne de Extranjeria, asi como el numero del mismo y la direccion de sus respectivos domicilios reales, que debe ser el mismo que figura en su Documento Nacional de Identidad (DNI) y/o Carne de Extranjeria. Cada suplente asumira las funciones de su titular en caso de vacancia declarada o suspension de funciones. 16.3. Plan de Trabajo a desarrollar a favor de su subsector. Este plan debe contemplar de manera objetiva los problemas reales de la misma, asi como soluciones viables, y los medios concretos para lograrlas. 16.4. Adjuntar dos fotos tamano carnet de los miembros de la lista (titulares y suplentes) Articulo 17°.- Impedimentos para postular Son impedimentos para ser integrante de una JVC: 17.1 Laborar en cualquiera de las dependencias de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, bajo cualquier forma de contratacion de personal. 17.2 Tener antecedentes penales, plasmados en una sentencia judicial consentida y ejecutoriada, por delito doloso. 17.3 Ser vecino que integre el Consejo de Coordinacion Local Distrital, Comite Distrital de Seguridad Ciudadana, Comite de Vigilancia y Control u otro en funciones, para el periodo al cual postulan. 17.4 Tener vinculo de consanguinidad hasta el 4º grado y/o afinidad hasta el 2º, con uno o mas miembros de la misma lista de candidatos para JVC. Articulo 18°.- De la inscripcion de las listas La inscripcion de las listas completas se efectuara de la siguiente manera: 18.1. Los candidatos que integran la lista completa solicitaran su inscripcion ante el Comite Electoral, presentando la respectiva solicitud de inscripcion cumpliendo los requisitos establecidos en los articulos 16 y 17º de la presente ordenanza. 18.2. Una vez presentada la solicitud de inscripcion, el Comite Electoral efectuara las verificaciones

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