Norma Legal Oficial del día 21 de Octubre del año 2011 (21/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de octubre de 2011

de la Republica Bolivariana de Venezuela para el Mantenimiento de las Preferencias Arancelarias, fue formalizada a traves de intercambio de Notas, Nota RE (GAB) Nro. 6-24/55 de 14 de octubre de 2011 del senor Ministro de Relaciones Exteriores del Peru y Nota RE-155 de 14 de octubre de 2011 del senor Ministro del Poder Popular para Relaciones Exteriores de Venezuela; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento juridico internacional. Que, de conformidad con lo dispuesto por los articulos 57 y 118 inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2 de la Ley N° 26647, que facultan al senor Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherirse a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso. DECRETA: Articulo 1°.- Ratificase la MORDAZA Prorroga al Entendimiento entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Bolivariana de Venezuela para el Mantenimiento de las Preferencias Arancelarias, formalizada a traves de intercambio de Notas, Nota RE (GAB) Nro. 6-24/55 de 14 de octubre de 2011 del senor Ministro de Relaciones Exteriores del Peru y Nota RE-155 de 14 de octubre de 2011 del senor Ministro del Poder Popular para Relaciones Exteriores de Venezuela. Articulo 2°.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de octubre del ano dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores

de Concurso para Directores de Institutos Nacionales y Hospitales del Sector Salud; De conformidad con lo previsto en el literal l) del articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud y en el articulo 7° del Reglamento de Concurso para Directores de Institutos Nacionales y Hospitales del Sector Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2002-SA; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesor de la Alta Direccion del Despacho Viceministerial de Salud, como representante del Senor Ministro de Salud, ante la Comision Nacional de Concurso para Directores de Institutos Nacionales y Hospitales del Sector Salud, quien la presidira; dandose termino a la designacion dispuesta por la Resolucion Ministerial N° 870-2008/MINSA. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud

706645-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a Maycar Inversiones S.A.C. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales y disponen su inscripcion en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 3660-2011-MTC/15
MORDAZA, 28 de septiembre de 2011

706717-4

SALUD
Designan representante del Ministro de Salud ante Comision Nacional de Concurso para Directores de Institutos Nacionales y Hospitales del Sector Salud
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 761-2011/MINSA
MORDAZA, 17 de octubre del 2011 CONSIDERANDO: Que, con Decreto Supremo N° 011-2002-SA, se aprobo el Reglamento de Concurso para Directores de Institutos Nacionales y Hospitales del Sector Salud y que el MORDAZA de concurso esta a cargo de una Comision Nacional, y estara bajo la Presidencia de un representante del Senor Ministro de Salud; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 870-2008/ MINSA, de fecha 16 de diciembre de 2008, se designo al Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante del Ministro de Salud, ante la Comision Nacional de Concurso para Directores de Institutos Nacionales y Hospitales del Sector Salud; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 632-2011/ MINSA, de fecha 22 de agosto de 2011, se designo al Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Asesor de la Alta Direccion, Nivel F-5, del Despacho Viceministerial de Salud; Que, a fin de continuar con el MORDAZA de concurso de cargos de Directores de Institutos Nacionales y Hospitales del Sector Salud, resulta necesario dar termino a la designacion citada en el MORDAZA parrafo en la parte considerativa y designar en su reemplazo al representante del Senor Ministro de Salud ante la Comision Nacional

VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 089312 y 107696, presentados por la empresa MAYCAR INVERSIONES S.A.C., que solicita autorizacion como Escuela de Conductores Integrales, y; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º de El Reglamento que establece las condiciones de acceso, concordado con el articulo 51º del referido texto legal, que senala los requisitos documentales; Que, mediante Parte Diario Nº 089312 de fecha 03 de agosto de 2011 y Parte Diario Nº 107696 de fecha 14 de setiembre de 2011, la empresa MAYCAR INVERSIONES S.A.C., en adelante La Empresa, presenta solicitud sobre autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos y practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes a una licencia de conducir de la clase A categorias II y III y Clase B categoria II- c; Que, con Oficio Nº 7439-2011-MTC/15.03 de fecha 31 de agosto de 2011, notificado el 02 de setiembre de 2011, esta administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Escuela, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles, y con Parte Diario Nº 107696 de fecha 14 de setiembre de 2011, La Empresa presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio indicado en el numeral precedente;

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