Norma Legal Oficial del día 21 de Octubre del año 2011 (21/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

452007

26. MACNI S.A.C., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion del contrato por causa atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, en concordancia con el literal b) del numeral 1 del articulo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; segun Resolucion Nº 1486-2011-TC-S2 del 12.09.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 27. EMPRESA DE TRANSPORTES MORDAZA S.R.L., Inhabilitacion por quince (15) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion del contrato por causa atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, en concordancia con el literal b) del numeral 1 del articulo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; segun Resolucion Nº 1486-2011-TC-S2 del 12.09.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 28. CENTROSUR PERU S.A.C., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la no suscripcion injustificada del contrato, causal tipificada en el literal a) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 1487-2011-TC-S2 del 12.09.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 29. INVERSIONES MULTISERVICIOS JHOLIVE E.I.R.L., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, en concordancia con el literal i) del numeral 1 del articulo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; segun Resolucion Nº 1491-2011-TC-S2 del 13.09.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 30. J.A.C. INGENIERIA SERVICIOS GENERALES S.A.C., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 1492-2011TC-S3 del 14.09.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 31. MORDAZA VILCA; MORDAZA MORDAZA, Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion del contrato por causa atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 1496-2011TC-S2 del 14.09.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 32. ARBULU CONTRATISTAS S.R.L., Inhabilitacion por ocho (08) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos a las Entidades o al OSCE, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; segun Resolucion Nº 1503-2011-TC-S1 del 15.09.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion.

33. SOLFARMA S.A.C., Inhabilitacion por catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por el incumplimiento injustificado de las obligaciones del contrato, luego de haberse otorgado la conformidad, causal tipificada en el literal k) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 1509-2011TC-S2 del 16.09.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 34. MORDAZA DE LAS CASAS; MORDAZA SUE, Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion del contrato por causa atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, en concordancia con el literal b) del numeral 1 del articulo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; segun Resolucion Nº 1510-2011-TC-S2 del 16.09.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 35. CONTRUCTORA, CONSULTORA, TOPOGRAFIA Y SISTEMAS GRUPO MORDAZA S.R.L., Inhabilitacion por ocho (08) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos en procedimiento seguido ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipificada en el numeral 10) del articulo 294° del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 1516-2011-TC-S1 del 19.09.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 36. PRINTER KOPIER DIGITAL SOLUTIONS S.A.C., Inhabilitacion por catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 1522-2011-TC-S3 del 19.09.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 37. MORDAZA DE LA CRUZ; MORDAZA MORDAZA, Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por suscribir el contrato por un monto superior a su capacidad libre de contratacion, causal tipificada en el literal f) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado y literal f) del numeral 1) del articulo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; segun Resolucion Nº 1524-2011-TC-S3 del 19.09.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 38. TECNOLOGIAS RENOVABLES S.A.C., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado y literal i) del numeral 1) del articulo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y por Decreto Supremo Nº 184-2008EF, respectivamente; segun Resolucion Nº 1537-2011TC-S3 del 19.09.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 39. CONTEMAR S.A.C., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado por las causales tipificadas en los literales e), i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 1538-2011-TC-S1 del 19.09.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion.

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