Norma Legal Oficial del día 21 de Octubre del año 2011 (21/10/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

452017

Articulo Quinto.- RECOMENDAR al Presidente de la Comision de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la Republica, de conformidad con el articulo 34º y el literal a) del articulo 35º del Reglamento del Congreso de la Republica, proponer al Pleno del Congreso de la Republica retomar el Proyecto de Ley N° 4561/2010PE, que modifica la Ley de Extranjeria a fin de facilitar el retorno de las personas extranjeras privadas de MORDAZA a sus paises de origen. Articulo Sexto.- RECOMENDAR al Presidente del Poder Judicial, de conformidad con los articulos 72º, 73º, 81º y 82º del Decreto Supremo Nº 017-93-JUS - Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, restablecer la figura del Juez de Ejecucion Penal y Vigilancia Penitenciaria a fin de introducir el control judicial en la ejecucion de la pena y medidas de seguridad. Articulo Septimo.- RECOMENDAR al Fiscal de la Nacion, de conformidad con los articulos 1º, 11º, 64º y 66º del Decreto Legislativo Nº 052 ­ Ley Organica del Ministerio Publico, evaluar la posibilidad de elaborar una directiva que contemple la metodologia, planeamiento, competencias y atribuciones de los senores fiscales provinciales en lo penal, en el ejercicio de la funcion de intervencion, control y requisa en los operativos de seguridad interna de los establecimientos penitenciarios. Articulo Octavo.- RECOMENDAR al Ministro de Economia y Finanzas para que, de conformidad con el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas, adopte las medidas necesarias que permitan gradualmente, el incremento del presupuesto destinado a la administracion penitenciaria. Articulo Noveno.- RECOMENDAR al Ministro del Interior para que, de conformidad con los articulos 1º y 6º del Decreto de Urgencia Nº 052-2011 ­ Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana, transfiera la partida de 32'000,000 nuevos soles, anunciados publicamente, al pliego del Instituto Nacional Penitenciario, a fin de que se puedan atender los requerimientos logisticos, de control, de seguridad y de recursos humanos requeridos. Articulo Decimo.- RECOMENDAR a la Ministra de Educacion para que, de conformidad con los articulos 4º y 5º de la Ley Organica del Ministerio de Educacion ­ Decreto Ley Nº 25762, evalue, en el MORDAZA del "Proyecto Educativo Nacional al 2021", los modelos de ensenanza y los curriculos que se emplean para la educacion de personas privadas de MORDAZA a fin de determinar si son adecuados, en virtud de las recomendaciones formuladas por el Relator de Naciones Unidas sobre "El derecho a la educacion de las personas privadas de libertad", aprobado por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Articulo Decimo Primero.- RECOMENDAR al Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo para que, de conformidad con los articulos 5º y 7º de la Ley Nº 29381 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, disponga la realizacion de un estudio socio-laboral sobre todos los programas de trabajo que se realizan en los Establecimientos Penitenciarios, en coordinacion con el Instituto Nacional Penitenciario, a fin de involucrarlos en los Programas Nacionales de formacion laboral y capacitacion para el trabajo que promueve el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo Articulo Decimo Segundo.- RECOMENDAR al Ministro de Salud para que, de conformidad con el articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 584 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, evalue la necesidad de integrar dentro de las politicas de Salud Nacional el componente de salud penitenciaria en coordinacion con los respectivos gobiernos regionales, reconociendo de forma oficial las labores que desarrolla el area de salud del INPE. Asimismo, se reconozca al Instituto Nacional Penitenciario como unidad receptora del Servicio Rural y MORDAZA Marginal de Salud ­ SERUMS. Articulo Decimo Tercero.- RECOMENDAR al Ministro de Relaciones Exteriores, de conformidad con los articulos 4º y 8º de la Ley Nº 29357 ­ Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, crear una unidad de coordinacion con las representaciones diplomaticas

acreditadas en el Peru y el INPE, para analizar y resolver la problematica de las personas extranjeras privadas de MORDAZA, a fin de facilitar el retorno a sus paises de origen. Articulo Decimo Cuarto.- RECOMENDAR al Director de la Policia Nacional para que, de conformidad con el articulo 7º de la Ley Nº 27238, Ley Organica de la Policia Nacional designe a la Direccion de Seguridad de Penales - DIRSEPEN y a la Division de Diligencias Judiciales un numero razonable y proporcional de efectivos policiales a fin de poder cumplir con eficiencia y seguridad las diligencias de traslados. Articulo Decimo Quinto.- RECOMENDAR a la Alcaldesa de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para que, de conformidad con los articulos 158º y 161º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, evalue la posibilidad de exonerar el cobro de peaje a las unidades moviles de la Policia Nacional y del Instituto Nacional Penitenciario que realizan, diariamente, las diligencias de traslados de personas condenadas y sometidas a MORDAZA penal. Articulo Decimo Sexto.- INVOCAR a los Directores Regionalesdel INPE y directores de los establecimientos penitenciarios del MORDAZA promover mecanismos de dialogo entre las autoridades penitenciarias, representantes de la sociedad civil y los representantes de la poblacion penitenciaria, como una practica democratica que permita analizar la problematica del penal, facilitar la convivencia pacifica, canalizar y atender las demandas, quejas y necesidades de las personas privadas de libertad. Articulo Decimo Septimo.- ENCARGAR el seguimiento del presente informe a la Adjuntia para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad. Articulo Decimo Octavo.- REMITIR el presente Informe Defensorial, para los fines correspondientes, al Senor Presidente de la Republica; al senor Ministro de Justicia, al senor Ministro de Economia y Finanzas, al senor Ministro del Interior, a la senora Ministra de Educacion, al senor Ministro de Salud, al senor Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo; al senor Presidente del Congreso de la Republica; al senor Presidente de la Comision de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la Republica; al senor Presidente del Poder Judicial; a la senora Alcaldesa de la Municipalidad Metropolitana de Lima; al senor Director General de la Policia Nacional del Peru; al senor Presidente del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), a los Directores Regionales del INPE y directores de establecimientos penitenciarios. Articulo Decimo Noveno.- INCLUIR la presente Resolucion Defensorial en el Informe Anual de la Defensoria del Pueblo al Congreso de la Republica, de acuerdo con lo establecido en el articulo 27° de la Ley N° 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensor del Pueblo (e)

706074-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan inscripcion de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 10534-2011
MORDAZA, 11 de octubre de 2011

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.