Norma Legal Oficial del día 21 de Octubre del año 2011 (21/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Oficio Nº 835-2011-GR.CAJ-GRDE/ SGPE, de fecha 18 de agosto del ano 2011, el Gerente de Desarrollo Economico Ing. MORDAZA MORDAZA Ullilen MORDAZA, remite al Presidente de la Comision Ordinaria de Planeamiento Sr. Cervando MORDAZA Pena, la Opinion Tecnica favorable senalando, que la asociatividad representa para los productores agropecuarios una oportunidad de alcanzar mercados a mayor escala, de posicionarse en el MORDAZA generando mayor acceso a capacitaciones, informacion, desarrollo de capacidades de negociacion e incidencia en espacios locales, calidad de productos y acceso a mejores mercados; por tanto contribuye al desarrollo de pequenos productores agro diversos de la region. Informo que el 18 de agosto se conformo el Comite Impulsor para la Asociatividad en el corredor Criznejas y Jequetepeque, ademas se esta elaborando las politicas y el Plan Estrategico de Asociatividad Regional; Que, mediante Informe Legal Nº 461-2011-GR.CAJ/ DRAJ, de fecha 19 de MORDAZA del ano 2011, remitido por el Director Regional de Asesoria Juridica, Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al Presidente de la Comision Ordinaria de Asuntos Juridicos Prof. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, senaala que el Pleno del Consejo Regional dentro de sus competencias que le confiere la ley, declare como una de las prioridades del Gobierno Regional la Promocion de la Asociatividad y la Competitividad Agraria, autorizando al Presidente Regional la suscripcion de convenios para la sostenibilidad recursos en calidad de fondos de garantias con entidades financieras, lo que permitira el otorgamiento creditos blandos a los productores agrarios de la region. Dicha autorizacion debera contar con el informe presupuestal favorable de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial para atender estos requerimientos en materia de disponibilidad financiera; Que, mediante Dictamen Nº 0041-2011-GR.CAJ-CR/ COAJ-CODE, evacuado por las Comisiones Ordinarias Asuntos Juridicos y Desarrollo Economico, de fecha 26 de agosto del ano 2011, se emite opinion favorable del Proyecto Ordenanza Regional que declara de Interes Publico Regional la Promocion de la Asociatividad y la Competitividad Agraria, autorizando al Presidente del Gobierno Regional MORDAZA la suscripcion de convenios para la sostenibilidad de recursos en calidad de fondos de garantias con entidades financieras, que cumplan requisitos de acuerdo a la normatividad legal vigente, lo que permitira el otorgamiento creditos blandos a los productores agrarios de la Region MORDAZA, por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA en su Sesion ordinaria de fecha 06 de setiembre del ano 2011; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 010-2011-GRCAJ-CR, por mayoria el Pleno aprobo la siguiente:

Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Institucional del Gobierno Regional MORDAZA, a los seis dias del mes de setiembre del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

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Exoneran de procesos de seleccion la contratacion de servicios de elaboracion de perfiles de diversos proyectos en el Gobierno Regional
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 064-2011-GR.CAJ-CR
MORDAZA, 06 de Octubre del 2011. El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en su sesion ordinaria de fecha 04 de octubre del ano 2011; VISTO Y DEBATIDO el Dictamen Nº 039-2011-GR.CAJCR/COAJ-CODE, evacuado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Juridicos y Desarrollo Economico por el que solicitan aprobar la exoneracion de la "Elaboracion del Perfil Proyecto Construccion e Implementacion Museo Regional de las Culturas de Cajamarca", por mayoria del Pleno, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado, en el articulo 191° establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de Derecho Publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; en el articulo 76º establece que, las obras y la adquisicion de suministros con utilizacion de fondos o recursos publicos se ejecutan obligatoriamente por contrata y licitacion publica, asi como tambien la adquisicion o la enajenacion de bienes. La contratacion de servicios y proyectos cuya importancia y cuyo monto senala la Ley de Presupuesto se hace por concurso publico. La ley establece el procedimiento, las excepciones y las respectivas responsabilidades; Que, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 8° precisa; la autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia; Que, la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su articulo 15º, literal a) prescribe que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. De otro lado, en el articulo 37º literal a) establece que los Gobiernos Regionales, a traves de su Consejo Regional dictan las normas y disposiciones como Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional; Que, el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado en el articulo 20° establece que, estan exoneradas de los procesos de seleccion las contrataciones que se realicen: (...) f) Para los servicios personalisimos con la debida sustentacion objetiva. El Reglamento establecera las formalidades, condiciones y requisitos complementarios que corresponden a cada una de las causales de exoneracion. Asi mismo el Primer Parrafo del articulo 21°establece que "Las contrataciones derivadas de exoneracion de procesos de seleccion se realizaran de manera directa, previa aprobacion mediante Resolucion del Titular de la Entidad, Acuerdo del Directorio, del Consejo Regional o del Concejo Municipal, segun corresponda en funcion a

ORDENANZA REGIONAL
Primero.- DECLARAR de Interes Publico Regional la Promocion de la Asociatividad y la Competitividad Agraria, autorizando al Presidente del Gobierno Regional MORDAZA la suscripcion de los convenios para la sostenibilidad de recursos en calidad de fondos de garantias con entidades financieras, que cumplan requisitos de acuerdo a la normatividad legal vigente, lo que permitira el otorgamiento creditos blandos a los productores agrarios en la Region Cajamarca. Segundo.- ENCARGAR al Presidente del Gobierno Regional MORDAZA, previo a la suscripcion de convenios para la sostenibilidad de recursos en calidad de fondos de garantias con Entidades Financieras, previo informe financiero a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a fin de atender estos requerimientos. Tercero.- DISPONER que la Direccion Regional de Administracion realice los tramites correspondientes para la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley.

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