Norma Legal Oficial del día 21 de Octubre del año 2011 (21/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- Alcance La presente MORDAZA sera de aplicacion a todas las entidades integrantes del Sistema Nacional de Informatica. Articulo 3º.- Uso obligatorio de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado La Plataforma de Interoperabilidad del Estado - PIDE, es de uso obligatorio a las entidades de la Administracion Publica a que se refiere el Articulo 2º de la presente MORDAZA, que implementen servicios publicos por medios electronicos y/o el intercambio electronico de datos, que requieran de la participacion de una o mas entidades del Estado. Articulo 4º.- Uso de las Firmas y Certificados Digitales Las entidades a que se refiere el Articulo 2º de la presente MORDAZA, utilizaran firmas y certificados digitales de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales y su Reglamento vigente. Articulo 5º.- Funcionario responsable El titular de cada entidad a que se refiere el Articulo 2º del presente Decreto, designara al funcionario responsable, quien se encargara de adoptar las acciones necesarias para el cumplimiento y ejecucion de las disposiciones contenidas en la presente norma. Articulo 6º.- Gratuidad del uso de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado - PIDE El uso de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado PIDE, por parte de las entidades a que se refiere el Articulo 2º de la presente MORDAZA, sera gratuita. El acceso a los servicios publicos por medios electronicos a traves de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado PIDE, no demandara costo adicional al administrado. Articulo 7º.- Procedimiento Las entidades a que se refiere el Articulo 2º, deberan realizar el siguiente procedimiento, para el uso de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado - PIDE: 1) Enviar el requerimiento de uso mediante documento oficial a la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica - ONGEI, de la Presidencia del Consejo de Ministros. 2) Adjuntar un Informe Tecnico que detalle los objetivos, antecedentes, descripcion de procesos, recursos y propuesta de cronograma de los servicios publicos por medios electronicos y/o intercambio electronico de datos entre entidades del Estado, a ser implementados por medio de la PIDE. Dicho informe debera ser desarrollado en coherencia con el MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado. 3) La Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica - ONGEI, de la Presidencia del Consejo de Ministros, en un plazo que no excedera los siete (7) dias habiles, comunicara la recepcion de la documentacion a la entidad solicitante y convocara a las entidades participantes, asi como, a las entidades relacionadas, para la implementacion del servicio publico y/o intercambio electronico de datos, para el inicio de actividades y/o implementacion de la solucion, garantizando la articulacion coherente y efectiva de la interoperabilidad entre los mismos, en el MORDAZA del MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado. 4) Todos los servicios publicos por medios electronicos implementados a traves de la PIDE deberan ser publicados a traves del MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.tramites.gob.pe) El costo de la implementacion de los servicios publicos en la PIDE seran asumidos por cada entidad participante, con cargo a sus presupuestos institucionales asignados anualmente. Articulo 8º.- Efecto de la publicacion La informacion contenida en la Plataforma de Interoperabilidad del Estado - PIDE, tiene caracter oficial. Articulo 9º.- Normas Complementarias La Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica - ONGEI, de la Presidencia del Consejo de Ministros, en su calidad de Ente Rector del Sistema Nacional de Informatica, dictara las directivas y/o lineamientos necesarios que permitan la aplicacion y el funcionamiento adecuado de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado - PIDE.

Articulo 10º.- Vigencia La presente MORDAZA entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo 11º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de octubre del ano dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros

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Autorizan viaje del Presidente del Consejo de Ministros a los EE.UU. y encargan su Despacho al Ministro de Justicia y al Ministro de Relaciones Exteriores
RESOLUCION SUPREMA Nº 306-2011-PCM
MORDAZA, 20 de octubre de 2011 CONSIDERANDO: Que, del 23 al 27 de octubre de 2011, el senor Presidente del Consejo de Ministros llevara a cabo reuniones de trabajo con las autoridades del Gobierno Norteamericano y representantes de diversas Organizaciones Internacionales, en las ciudades de MORDAZA D.C. y Nueva MORDAZA, Estados Unidos de America; Que, en las indicadas reuniones de trabajo se abordaran diversos temas para atraer la inversion extranjera, lo cual permitira, a su vez, estrechar las relaciones entre ambos paises; Que, por tanto, es conveniente autorizar el viaje del senor Presidente del Consejo de Ministros cuyos gastos por concepto de pasajes y viaticos seran asumidos por el presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en tal sentido, es necesario encargar el Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros, a fin de garantizar el normal funcionamiento del mismo; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru; la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; y, su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA SIOMI LERNER GHITIS, Presidente del Consejo de Ministros, a las ciudades de MORDAZA D.C. y Nueva MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, del 23 al 27 de octubre de 2011, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran efectuados con cargo al presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (Incluye TUUA) Viaticos : : US$ US$ 1 779,74 1 100,00

Articulo 3º.- Encargar la Cartera de la Presidencia del Consejo de Ministros al senor MORDAZA MORDAZA EGUIGUREN PRAELI, Ministro de Justicia el dia 23 de octubre de 2011 y al senor MORDAZA MORDAZA RONCAGLIOLO DE ORBEGOZO, Ministro de Relaciones Exteriores, a partir del 24 de octubre de 2011 y en tanto dure la ausencia del Titular. Articulo 4º.- La presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion.

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