Norma Legal Oficial del día 21 de Octubre del año 2011 (21/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

452029

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de Ejecutor del Componente Investigacion y Conservacion "Proyecto Puesta en Valor y Acondicionamiento Turistico de la Ruta del Agua - Cumbemayo"
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 068-2011-GR.CAJ-CR
MORDAZA, 06 de Octubre del 2011 El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en su sesion ordinaria de fecha 04 de octubre del ano 2011; VISTO Y DEBATIDO el Dictamen Nº 052-2011-GR.CAJCR/COAJ-CODE, evacuado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Juridicos y Desarrollo Economico por el que solicitan Aprobar la exoneracion para la contratacion del Ejecutor del Componente Investigacion y Conservacion: "Proyecto Puesta en Valor y Acondicionamiento Turistico de la Ruta del Agua - Cumbemayo"; por mayoria del Pleno, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado, en el articulo 191° establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de Derecho Publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; en el articulo 192° establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo. Que, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 8° precisa; la autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia. Que, la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su articulo 15º, literal a) prescribe que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. De otro lado, en el articulo 37º literal a) establece que los Gobiernos Regionales, a traves de su Consejo Regional dictan las normas y disposiciones como Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional; Que, el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado en el articulo 20° literal f del Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado establece que, estan exoneradas de los procesos de seleccion las contrataciones que se realice para los servicios personalisimos con la debida sustentacion objetiva; Que, el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas aprobado mediante Resolucion Suprema N° 004-2000ED, en el articulo 12º establece que "La autorizacion se gestiona a traves de la Direccion Nacional del Instituto de Cultura y se obtiene mediante Resolucion Directoral Nacional, en la que se precisaran: sitios, objetivos y duracion de los trabajos. La Direccion General de Patrimonio Arqueologico debera expedir, una vez aprobado el proyecto por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, la credencial respectiva que permita el inicio de los trabajos, en tanto se formalice el permiso a traves de la correspondiente Resolucion Directoral Nacional. La Resolucion Directoral Nacional debera expedirse en un plazo no mayor de sesenta dias"; y en el articulo 17° del Reglamento indicado, establece que: "Los Proyectos de Investigacion Arqueologica seran ejecutados por quien lo solicite y obtenga la autorizacion". Estos seran supervisados por el Instituto Nacional de Cultura; Que, en el MORDAZA de la Agenda Economica Regional y del Presupuesto Institucional de Apertura - PIA 2008, se ha elaborado el Perfil del Proyecto "Puesta en valor y acondicionamiento turistico de la ruta del agua Cumbemayo", el cual tiene la aprobacion y viabilidad correspondiente, por la Oficina de Programacion e Inversiones del Gobierno Regional MORDAZA, y a fin de ejecutar dicho proyecto se ha elaborado el Expediente

Tecnico. La Comision Nacional Tecnica de Arqueologia del Ministerio de Cultura, mediante Acuerdo N° 0312 de fecha 31 de marzo de 2011, recomendo autorizar su ejecucion a cargo del Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con R.N.A. N° AG-9714, bajo la modalidad de proyecto de investigacion arqueologica, para la consolidacion, conservacion y puesta en valor, a realizarse en el monumento arqueologico Cumbemayo; Que, la Resolucion Directoral N° 034-DGPC-VMPCIC/ MC, emitida por la Direccion General de Patrimonio Cultural del Ministerio de Cultura en el articulo 1° dispone: "Autorizar la ejecucion del Proyecto de Investigacion y Conservacion para la puesta en valor de la Ruta del Agua Cumbemayo, a cargo del Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con R.N.A N° AG- 9714, bajo la modalidad de proyecto de investigacion arqueologica, con fines de consolidacion, conservacion y puesta en valor, a realizarse en el monumento arqueologico Cumbemayo, ubicado en el distrito de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por el periodo de seis meses". Que, segun el Informe Tecnico Nº 29-2011GR.CAJ/GRDE, de fecha 15 de agosto del ano 2011, el Gerente Regional de Desarrollo Economico Ing. MORDAZA MORDAZA Ullilen MORDAZA, sugiere contratar al Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA como responsable de la ejecucion de las investigaciones arqueologicas del Proyecto de Inversion Publica "Puesta en Valor y acondicionamiento turistico de la Ruta del Agua - Cumbemayo" mediante contratacion exonerada; Que, mediante Oficio Nº 418-2011-GR.CAJ.DRAJ, de fecha 05 de MORDAZA de 2011, el Director Regional de Asesoria Juridica Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, emite opinion legal favorable, expresa que es un supuesto de Exoneracion de MORDAZA de Seleccion previsto en el articulo 20º literal f de la Ley de Contrataciones del Estado (Decreto Legislativo 1017) concordado con los articulos 131º y 132º de su Reglamento, supuesto que posibilita que las entidades publicas contraten de forma directa con un proveedor en los casos en que el bien o servicio ofertado no admitieran sustitutos y fuera unico en el MORDAZA, o el proveedor realizara servicios que podrian calificarse como personalisimos. Los efectos de la exoneracion comprende al objeto de la convocatoria que resulta ser la ejecucion del Componente I titulado "Proyecto de Investigacion y Conservacion para la Puesta en Valor de la Ruta del Agua - Cumbemayo" en el MORDAZA del proyecto "Puesta en valor y acondicionamiento turistico de la Ruta del Agua - Cumbemayo", el cual se MORDAZA a traves de la contratacion del ejecutor de obra quien realizara los siguientes trabajos de prospeccion de la MORDAZA arqueologica, realizacion de trabajos preliminares, excavaciones arqueologicas, MORDAZA codificacion del material cultural, analisis y clasificacion del material cultural, trabajos de conservacion y limpieza del MORDAZA, segun expediente tecnico aprobado. La exoneracion se extenderia al equipo de trabajo que indisolublemente constituye una extension tangible de trabajo del ejecutor de obra, en razon al caracter personalisima de la prestacion; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralizacion N° 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nos 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado por Ordenanza Regional Nº 0102011-GRCAJ-CR; el Pleno del Consejo Regional acordo: Primero: APROBAR la exoneracion para la contratacion del Ejecutor del Componente Investigacion y Conservacion: "Proyecto Puesta en Valor y Acondicionamiento Turistico de la Ruta del Agua Cumbemayo" aprobada mediante Adjudicacion Directa Publica N° 010-2011-GR.CAJ, el Sistema de Contratacion a Suma Alzada, cuyo Valor Referencial asciende al monto de S/.224,500.00 (Doscientos Veinticuatro Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles), siendo la fuente financiamiento Recursos Determinados, por un plazo de 210 dias calendarios, mediante la causal de servicios personalisimos con la debida sustentacion objetiva establecida en el articulo 20º literal f de la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Legislativo 1017. Segundo: DISPONER que la Direccion Regional de Administracion realice los tramites correspondientes para la publicacion del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley.

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