Norma Legal Oficial del día 02 de Septiembre del año 2011 (02/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, viernes 2 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

449363

Aprueban difusion del Proyecto de "Reglamento de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios" presentado por Ferrocarril Transandino S.A. - FTSA
RESOLUCION DE GERENCIA DE SUPERVISION Nº 016-2011-GS/OSITRAN MORDAZA, 31 de agosto del 2011 ENTIDAD PRESTADORA : FERROCARRIL TRANSANDINO S.A. - FTSA MATERIA : Aprobacion de difusion del proyecto de adecuacion del "Reglamento de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios" presentado por Ferrocarril Transandino S.A. - FTSA VISTOS: La Carta 162-GL-2011/FETRANS de fecha 23 de agosto del 2011, la misma que fue recibida por el OSITRAN el dia 26 de agosto del 2011, mediante la cual el Concesionario FTSA remitio su proyecto de adecuacion del "Reglamento de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios" (en adelante Reglamento de Reclamos). CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 0192011-CD-OSITRAN, se aprobo el MORDAZA "Reglamento de Atencion de Reclamos y Solucion de Controversias" del OSITRAN (en adelante Reglamento del OSITRAN), y sus normas modificatorias; Que, la implementacion de los respectivos Reglamentos de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios de las Entidades Prestadoras esta regulada por la normatividad siguiente: a) La Ley y demas dispositivos legales y reglamentarias pertinentes; b) Los Contratos de Concesion; c) El "Reglamento de Atencion de Reclamos y Solucion de Controversias" del OSITRAN; d) El "Reglamento de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios" de cada Entidad Prestadora aprobado por el OSITRAN; g) Las demas disposiciones que dicte el OSITRAN sobre el particular; Que, la Cuarta Disposicion Transitoria y Complementaria del "Reglamento de Atencion de Reclamos y Solucion de Controversias" del OSITRAN establece los procedimientos para que las Entidades Prestadoras cumplan con presentar, ante el OSITRAN, sus proyectos de adecuacion del "Reglamento de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios" para su respectiva aprobacion; Que, mediante la Carta 162-GL-2011/FETRANS de fecha 23 de agosto del 2011 remitida por FTSA, la misma que fue recibida por OSITRAN el dia 26 de agosto del 2011, el Concesionario alcanza para su aprobacion un proyecto de adecuacion de su "Reglamento de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios"; Que, mediante Informe Nº 038-11-GAL-OSITRAN del 09 de Agosto 2011, la Gerencia de Asesoria Legal concluye sobre el MORDAZA que deben seguir la difusion y aprobacion de diversas normas en aplicacion del D.S. Nº 001-2009-JUS, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 15-01-2009. Que, en virtud de lo expuesto, corresponde a la Gerencia de Supervision del OSITRAN pronunciarse sobre la aprobacion de la difusion del "Reglamento de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios" del FTSA, de acuerdo a las disposiciones vigentes; RESUELVE: Primero.- Aprobar la difusion del Proyecto de "Reglamento de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios" presentado por Ferrocarril Transandino S.A. ­ FTSA. Segundo.- Autorizar la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano". Asimismo, disponer que la presente Resolucion y el contenido

del Proyecto de "Reglamento de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios" de la Entidad Prestadora Ferrocarril Transandino S.A. MORDAZA publicados y difundidos en la pagina Web del OSITRAN y de FTSA. Tercero.- El plazo para que los Usuarios Intermedios y Finales puedan remitir al OSITRAN sus comentarios y observaciones sobre dicho Proyecto de Reglamento de Reclamos presentado por el FTSA es de quince (15) dias contados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion, de la presente Resolucion, en el Diario Oficial El Peruano. Cuarto.- Los comentarios y observaciones a los que se hace referencia en el articulo anterior, podran ser remitidos a OSITRAN, a nombre del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de Vias Ferreas de la Gerencia de Supervision, sito en Av. Republica de Panama 3659 ­ San MORDAZA ­ Lima. Quinto.- Notificar la presente Resolucion a Ferrocarril Transandino S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Adjunto de Supervision (e) 684547-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Aprueban Factores de Liquidacion "F" para el calculo de Compensacion por Tiempo de Servicios de los trabajadores de construccion civil para las seis Areas Geograficas, correspondiente a los meses comprendidos desde junio de 2010 hasta MORDAZA de 2011
RESOLUCION JEFATRURAL Nº 205-2011-INEI MORDAZA, 1 de setiembre de 2011 Visto, el Oficio Nº 131-2011-INEI/DTIE, de la Direccion Tecnica de Indicadores Economicos, con el cual remite MORDAZA del Acta Final de Negociacion Colectiva en Construccion Civil 2011-2012, Expediente Nº 41512-2011MTPE/1/20.21. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposicion Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de 18 de noviembre de 1992, se declara en desactivacion y disolucion al Consejo de Reajuste de Precios de la Construccion (CREPCO); Que, la Undecima Disposicion Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) las funciones de elaboracion de los Indices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, mediante Resolucion N° 033-90-VC-9200 de fecha 26 de MORDAZA de 1990, el Consejo de Reajuste de los Precios de la Construccion ­ CREPCO, creo el Factor de Liquidacion "F" y aprobo la formula del calculo de reintegro por concepto de pago de Compensacion por Tiempo de Servicios, disponiendo que cada vez que se produzca una variacion en los jornales de Construccion Civil que afecte el monto de la Compensacion por Tiempo de Servicios, debera publicarse dicho factor de Liquidacion; Que, como conclusion de la Convencion Colectiva de Trabajo por MORDAZA de Actividad, con fecha 14 de MORDAZA de 2011, se ha suscrito el Acta Final de Negociacion Colectiva en Construccion Civil 2011-2012, registrada con

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