Norma Legal Oficial del día 09 de Septiembre del año 2011 (09/09/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

449643

especificas en materia de Administracion y Adjudicacion de Terrenos de propiedad del Estado; Que, mediante la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 046-2007-PCM/SD, se aprobaron los Requisitos Especificos, Indicadores y Procedimientos de Verificacion para la transferencia de las funciones del articulo 62 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en materia de Administracion y Adjudicacion de Terrenos de propiedad del Estado agraria, a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a ser aplicados en la etapa de Certificacion del MORDAZA de transferencia; Que, en Sesion Ordinaria de la Comision Bipartita, realizada el dia veintiocho de diciembre del 2009, se aprobo el Plan de Accion Sectorial para la transferencia de las funciones del articulo 62 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, el Informe de Concordancia Nº 015-2011-PCM/ SD concluye que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA esta APTA para que le MORDAZA acreditadas las funciones del articulo 62 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2011-PCM se establecieron medidas para culminar las transferencias de funciones, fondos, programas, proyectos, empresas, activos y otros organismos a los Gobiernos Regionales y Locales, que se encontraban pendientes de transferencia, en un plazo que no iba a exceder los cuarenta y cinco dias (45) calendario. De conformidad con las disposiciones establecidas en las Leyes Nº 27783, 27867, 28273 y 29158, el Decreto Supremo Nº 044-2011-PCM y, en uso de las atribuciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1.- Acreditacion de las funciones del articulo 62 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en materia de Administracion y Adjudicacion de Terrenos de propiedad del Estado, a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Certificar que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a traves de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, y la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, han presentado sus respectivos informes situacionales de aptitud y cumplimiento de requisitos especificos para la transferencia de las funciones del articulo 62 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en materia de Administracion y Adjudicacion de Terrenos de propiedad del Estado; declarando, en ambos casos, que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA se encuentra APTA para la transferencia de dichas funciones, segun el Informe de Concordancia Nº 015-2011-PCM/SD-OTME, elaborado por la Secretaria de Descentralizacion, de acuerdo a lo establecido en la Directiva Nº 007-2007-PCM/SD; y, en tal razon, se le ACREDITA para la transferencia de dichas funciones. Articulo 2.- Notificacion de la Acreditacion Notificar la presente Resolucion al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y a SBN asi como a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, la cual ha sido acreditada para la transferencia de las funciones del articulo 62 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en materia de Administracion y Adjudicacion de Terrenos de propiedad del Estado; para que procedan con la suscripcion del Acta de Entrega y Recepcion correspondiente, prevista en la etapa de Efectivizacion del MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales, de conformidad a lo dispuesto en la Directiva Nº 007-2007PCM/SD, aprobada por Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 032-2007-PCM/SD. Articulo 3.- Publicacion La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; y, el Informe de Concordancia Nº 015-2011-PCM/SD-OTME, MORDAZA referido, debera ser publicado en la pagina Web de la Secretaria de Descentralizacion de PCM: www.pcm.gob.pe/sd. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DAMMERT MORDAZA MORDAZA Secretario de Descentralizacion 688077-1

AGRICULTURA
Aprueban las Guias de Buenas Practicas de Produccion e Higiene
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 154-2011-AG-SENASA-DIAIA La MORDAZA, 6 de setiembre del 2011 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 16º del Decreto Legislativo Nº 1062 ­ Ley de Inocuidad de los Alimentos, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA es la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria y tiene competencia exclusiva en el aspecto tecnico, normativo y de vigilancia en materia de inocuidad de los alimentos agropecuarios de produccion y procesamiento primario destinados al consumo humano y piensos, de produccion nacional o extranjera; ademas senala que la Autoridad Nacional de Sanidad Agraria ejercera sus competencias contribuyendo a la proteccion de la salud de los consumidores y promoviendo la competitividad de la agricultura nacional, a traves de la inocuidad de la produccion agropecuaria; Que, el Articulo 17º del Decreto Legislativo Nº 1062 - Ley de Inocuidad de los Alimentos, establece que son funciones de la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria en materia de inocuidad alimentaria en alimentos agropecuarios de produccion y procesamiento primario, entre otros: 1) Promover y facilitar la implementacion y ejecucion de un sistema de aseguramiento de la calidad sanitaria basado en analisis de peligros y control de puntos criticos (HACCP) y sus pre requisitos, con la finalidad de asegurar productos inocuos y fomentar la competitividad de la agricultura nacional; y, 2) establece la emision de protocolos tecnicos relacionados con el cumplimiento de las normas de inocuidad alimentaria de produccion y procesamiento primario; Que, el Articulo 47º del Decreto Supremo Nº 004-2011AG, Reglamento de Inocuidad Agroalimentaria, establece que el SENASA y los Gobiernos Regionales y Locales, mantendran informacion actualizada sobre inocuidad agroalimentaria en sus portales institucionales y, de ser posible, en algun otro medio de difusion o divulgacion. Asi mismo, mantendran comunicacion estrecha con otras autoridades y asociaciones de consumidores, coordinando y ejerciendo actividades que conlleven a la proteccion de la salud de los consumidores; Que, en dicho contexto, es necesario brindar a los actores de la cadena agroalimentaria primaria, informacion que les sirva de guia para ejecutar las actividades relacionadas a las Buenas Practicas de Produccion e Higiene en alimentos agropecuarios primarios y piensos; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1062 - Ley de Inocuidad de los Alimentos, Decreto Supremo Nº 004-2011-AG y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del SENASA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; y con el visado de la Subdireccion de Inocuidad Agroalimentaria y de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las Guias de Buenas Practicas de Produccion e Higiene indicadas en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Las Guias de Buenas Practicas de Produccion e Higiene podran ser modificadas por Resolucion Directoral, cuando se considere necesario a fin de actualizar la informacion proporcionada a los actores de la cadena agroalimentaria primaria y piensos. Articulo 3º.- Se podran elaborar otras Guias en funcion de las caracteristicas y complejidad detectadas en la aplicacion de las Buenas Practicas de Produccion e Higiene por los actores de la cadena

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.