Norma Legal Oficial del día 09 de Septiembre del año 2011 (09/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

449714

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de setiembre de 2011

d) Ejercer la actividad y/u ofrecimiento ambulatorio del servicio de gasfiteria, albanileria, electricista u otros de similares caracteristicas en la via publica. e) Ejercer la actividad y/u ofrecimiento del MORDAZA de automoviles en la via publica. "Articulo 4º: Las actividades y/u ofrecimientos de venta de tarjetas de telefonia movil, servicio de gasfiteria, albanileria, electricista y MORDAZA de automoviles u otros de similares caracteristicas, deberan realizarse solo en locales comerciales acondicionados, y siempre que el giro este permitido en la zonificacion vigente. Articulo Segundo.- Modificar la Tabla de Infracciones y Sanciones Administrativas (TISA) de la Municipalidad de Lince, incorporando las siguientes infracciones:
DESCRIPCION DE LA INFRACCION SANCION SANCION NO MORDAZA (% UIT o lo PECUNIARIA RANGO LEGAL indicado Y OTRA

EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE PORRES VISTO: El Informe Nº 116-2011-SG/MDSMP de la Oficina de Secretaria General, sobre la realizacion de matrimonios civiles comunitarios en nuestro distrito; y CONSIDERANDO: Que, mediante Informe de Visto, la Oficina de Secretaria General de esta corporacion municipal propone la realizacion de matrimonios civiles comunitarios en el transcurso del ano 2011, aplicando una tarifa social, con la finalidad de formalizar la situacion conyugal de muchas parejas de limitados recursos economicos, toda vez que existe demanda comunal al respecto, de acuerdo al Informe Nº 271-2011-GSPSDRC/MDSMP de la Encargada de Matrimonios Civiles; por lo que corresponde brindar a los contrayentes que se acojan a esta convocatoria las maximas facilidades administrativas y economicas; Que, conforme a lo dispuesto en los articulos 248, 252 y demas concordantes del Codigo Civil vigente, corresponde al MORDAZA celebrar los matrimonios y dispensar la publicacion de los edictos matrimoniales a los contrayentes en casos especiales como el presente; De conformidad con los articulos 20, Inc. 6) y 42 de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades, asi como articulos 248, 252 y demas concordantes del Codigo Civil vigente; DECRETA: Articulo Primero.- CONVOCAR la realizacion de Matrimonios Civiles Comunitarios, en las siguientes fechas y lugares que se indican a continuacion: 17.SETIEMBRE.2011, en el templo de la Parroquia "El Senor de La Paz" 30.OCTUBRE.2011, 27.NOVIEMBRE.2011 18.DICIEMBRE.2011, en el Local Municipal Central Y

CODIGO

COMERCIO EN VIA PUBLICA Por ejercer la actividad y/u ofrecimiento ambulatorio del servicio de alquiler de telefonia movil al paso y venta de tarjetas de telefonia en la via publica Por ejercer la actividad y/u ofrecimiento de venta de lubricantes, prestacion del servicio de cambio de lubricantes u otros servicios en la via publica Por ejercer la actividad y/u ofrecimiento de carpinteria metalica, y/o cualquier actividad similar en la via publica Por ejercer la actividad y/u ofrecimiento ambulatorio del servicio de gasfiteria, albanileria, electricista u otros de similares caracteristicas en la via publica Por ejercer y/o permitir la actividad y/u ofrecimiento ambulatorio del servicio de MORDAZA de automoviles en la via publica

3.21

15%

Retencion

L (cp)

Ley Nº 27972

3.22

20%

Retencion

L

Ley Nº 27972

3.23

30%

Retencion

L

Ley Nº 27972

3.24

30%

Retencion

L

Ley Nº 27972

3.25

30% para el lavador 40% para el usuario

Retencion

L

Ley Nº 27972

Articulo Tercero.- Derogar la Ordenanza Nº 061-MDL, publicada el 19 de marzo de 2003, y otras disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza y a la Ordenanza Nº 220-MDL. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y la Subgerencia de Fiscalizacion y Control Administrativo, el cumplimiento de la presente Ordenanza, verificando y aplicando las sanciones que se aprueban en el Articulo Segundo. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LAINES MORDAZA 687209-1

Articulo Segundo.- DISPONER la reduccion de los requisitos y derechos establecidos en el MORDAZA para contraer matrimonio civil, aplicable solo para los Matrimonios Civiles Comunitarios materia del presente decreto, siendo los siguientes: - Partidas de Nacimiento actualizadas de los contrayentes. - DNI originales y copias autenticadas por fedatario municipal - Declaracion notarial de dos testigos (no familiares) respecto al estado civil de los contrayentes, acompanando documentos de identidad en original y MORDAZA autenticada por fedatario municipal - Declaracion jurada de domicilio de los contrayentes y recibo de luz y/o agua si esta a nombre de los mismos - Fotografia a color, tamano pasaporte, reciente, de cada contrayente - Certificado medico prenupcial y consejeria de SIDA - En caso de menores, divorciados, viudos y/o extranjeros, adjuntar requisitos exigidos por ley. - Pago Unico: S/. 70.00 Nuevos Soles Articulo Tercero.- Conforme al articulo 252 del Codigo Civil vigente, dispensar de la publicacion de los Edictos Matrimoniales a los contrayentes de los Matrimonios Civiles Comunitarios convocados a traves del presente decreto. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. FREDDY S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 688200-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Establecen disposiciones para la realizacion de Matrimonios Civiles Comunitarios
DECRETO DE ALCALDIA Nº 017-2011/MDSMP San MORDAZA de Porres, 5 de setiembre del 2011

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