Norma Legal Oficial del día 12 de Septiembre del año 2011 (12/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 12 de setiembre de 2011

Aprueban transferencia de autorizacion otorgada a persona natural para operar el servicio de radiodifusion por television comercial en UHF en el departamento de La MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 855-2011-MTC/03 MORDAZA, 25 de agosto de 2011 VISTA, la solicitud de registro Nº 2011-012554 del 21 de marzo de 2011, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre aprobacion para transferir una autorizacion del servicio de radiodifusion por Television comercial en UHF, en la localidad de Chocope-Ascope-PaijanChicama-Cao, departamento de La MORDAZA, a favor del senor MORDAZA MORDAZA CRUZ; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 2732007-MTC/03 del 04 de MORDAZA de 2007, notificado con fecha 06 de MORDAZA de 2007, y publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 08 de MORDAZA de 2007, se otorgo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, autorizacion y permiso de instalacion por el plazo de diez (10) anos, para operar una estacion del servicio de radiodifusion por Television comercial en UHF, en la localidad de Chocope-Ascope-Paijan-Chicama-Cao, departamento de La MORDAZA, cuya vigencia vencera el 07 de MORDAZA de 2017; Que, con solicitud de registro Nº 2011-012554 del 21 de marzo de 2011, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el administrado solicita aprobacion para transferir una autorizacion del servicio de radiodifusion por Television comercial en UHF, en la localidad de Chocope-AscopePaijan-Chicama-Cao, departamento de La MORDAZA, a favor del senor MORDAZA MORDAZA CRUZ; Que, el articulo 73º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establece que la autorizacion, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, podran ser transferidos, previa aprobacion del Ministerio, mediante Resolucion Viceministerial conteniendo ademas el reconocimiento del MORDAZA titular; Que, el articulo 27º de la Ley de Radio y Television-Ley Nº 28278, entre otros, dispone que para la procedencia de la transferencia de una autorizacion, debe haber transcurrido por lo menos dos (02) anos contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la autorizacion, y que el adquirente no se encuentre incurso en alguna de las causales establecidas en el articulo 23º de la Ley de Radio y Television; Que, se ha verificado que la autorizacion otorgada al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cumple las condiciones establecidas en el articulo 27º de la Ley de Radio y Television, para que opere la transferencia de la autorizacion; y que el adquirente, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no incurre en las causales de denegatoria establecidas en el articulo 23º de la Ley de Radio y Television, para que se deniegue la aprobacion de la transferencia solicitada a su favor; y no se encuentra comprendido en los impedimentos establecidos en el articulo 25º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, de acuerdo a sus declaraciones juradas presentadas. Asimismo, se ha verificado que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no mantiene adeudos con este Ministerio; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 2286-2011MTC/28, e Informe ampliatorio N° 3503-2011-MTC/28, considera que corresponde aprobar la transferencia de la autorizacion solicitada, en favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y reconocer a este ultimo como titular de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 273-2007-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, asi como de los derechos y obligaciones derivadas de la misma; De conformidad con la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos

Administrativos- MORDAZA, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082002-MTC y modificado por Resoluciones Ministeriales Nº 644-2007-MTC/01 y Nº 846-2009-MTC/01, Decretos Supremos N° 003-2010-MTC y N° 005-2011-MTC y la Resolucion Ministerial N° 298-2011-MTC/01, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 0382006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 2732007-MTC/03, a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar el servicio de radiodifusion por Television comercial en UHF en la localidad de Chocope-AscopePaijan-Chicama-Cao, departamento de La MORDAZA, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion. Articulo 2º.- Reconocer al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como titular de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 273-2007-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivados de las mismas. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 688760-1

Autorizan a Escuela de Brevetes Profesionales Inversiones Damcohua S.A. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2745-2011-MTC/15 MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2011 VISTOS: Los Expedientes N°s. 2010-0022477, 2011-0002562, 2011-015692, 2011-015692-A de fechas 19 de diciembre del 2010, 05 de febrero, 07 de MORDAZA y 14 de MORDAZA del 2011 respectivamente, la empresa denominada ESCUELA DE BREVETES PROFESIONALES INVERSIONES DAMCOHUA S.A.C., en adelante La Empresa, solicita autorizacion como Escuela de Conductores Integrales; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º que establece las condiciones de acceso, asi como el articulo 51º que senala los requisitos documentales; Que, mediante Expediente N° 2010-0022477 de fecha 19 de diciembre del 2010, La Empresa, presenta solicitud sobre autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en la MORDAZA de Lima; con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos y practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes a una licencia de conducir de la Clase A Categorias II y III y Clase B Categoria II- c;

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